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Absuelto del doble crimen de Calicanto en 1997 por falta de pruebas

El asesinato de dos hombres en un chalé de Chiva se cierra sin condenas

La magistrada que presidió el lunes en Valencia el juicio por jurado contra un ciudadano ruso al que se acusaba del doble crimen que acabó con la vida de dos alemanes en 1997 en la urbanización de Calicanto, en Chiva, decidió disolver el tribunal y dictar sentencia absolutoria por la ausencia de pruebas. La fiscalía pedía para el acusado cinco años por un delito de robo con violencia, otros cinco por un delito de lesiones, y 20 años de prisión por cada uno de los delitos de asesinato. Finalmente, S. I., que fue extraditado hace tres meses desde Estados Unidos, ha quedado en libertad.

Y así, 15 años después del doble crimen, el caso sigue sin ser esclarecido y los dos únicos imputados por la causa están libres, ya que años después del suceso, en 1999, otro acusado fue absuelto en otro juicio por jurado.

Según el relato de la fiscalía, los dos acusados conocieron a Hans Erich Repp, ciudadano alemán entonces de 70 años, en la Casa de la Caridad de Valencia. Y este les invitó a su casa en Chiva. El 9 o 10 de enero de 1997 se celebró el encuentro, al que además asistió Daniel Oppladen, también alemán y de 23 años. En un momento dado, cuando este último fue a buscar bebidas, los acusados trataron de obligar a base de golpes al anciano a que les diera el dinero. Y después le ataron de pies y manos y le asestaron cinco puñaladas. Más tarde, calentaron hojas de varios cuchillos de cocina y los aplicaron sobre su piel. También le clavaron destornilladores hasta en 21 ocasiones. Finalmente, lo mataron con tres incisiones de destornillador en el cráneo.

Cuando llegó Oppladen le asestaron hasta 12 puñaladas con cuatro cuchillos distintos. Después registraron la casa y huyeron en un vehículo de Repp, que abandonaron en Valencia.

El artículo 49 de la ley del Jurado contempla la posibilidad de que el magistrado presidente pueda disolver el jurado “si estima que del juicio no resulta la existencia de prueba de cargo que pueda fundar una condena del acusado”.

De hecho, no ha podido localizarse a un testigo que fue el que oyó una conversación en la que los acusados hablaban del crimen y que sí participó en el juicio de 1999. Además, las pruebas de convicción se destruyeron en 2000 (efectos sobre los que se han hecho los análisis oportunos), aunque los informes siguen disponibles.

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