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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

“El carrer és meu”

El problema de la violencia urbana no se resuelve aumentando la severidad del Código Penal, sino con más eficacia policial

José María Mena

“¡La calle es mía!”, dicen que bramaba Fraga Iribarne, ministro de la policía de Franco. Lo hacía en castellano, y no en gallego, porque no se refería a una calle de su Galicia natal, sino a todas las calles de España. Expresaba así su convicción de que le pertenecía el control de la convivencia urbana, cívica, de manera exclusiva y excluyente, y, obviamente, antidemocrática. Han pasado muchos años. Hoy la convivencia cívica urbana es democrática. Por eso chirría la voz de quien parece querer decir “el carrer és meu”, en la convicción de que le corresponde el control exclusivo y excluyente de las calles de su tierra natal, que son nuestras calles.

Chirrió agudamente la orden de cargar contra las personas indignadas, pacíficas e indefensas, que ocupaban la plaza de Catalunya el 27 de mayo de 2011, aporreándoles con las defensas (¿por qué se les llamará defensas a las porras cuando apalean a gente indefensa y pacífica?). El 15 de junio, ante el Parlament de Cataluña, a manos de grupos agresivos, se produjo un penoso espectáculo de humillación de muchos diputados, y de inaceptable desprotección, lo cual, no siendo achacable a ineptitud policial, solo cabe atribuirlo a provocación fríamente orquestada, o al menos tolerada. Así se había conseguido presentar ante una determinada opinión pública un totum revolutum de violentos e indignados, para desprestigio de las protestas pacíficas, aunque insistentes, y para justificación de esperadas medidas “de orden”. El pasado 29 de marzo, día de la huelga general, una grandiosa manifestación fue obstruida por grupos violentos en choque con la policía, que actuó sin miramientos para los manifestantes pacíficos, produciendo heridos entre ellos.

Había llegado el momento de proponer las severas medidas esperadas.

La primera, y consabida, era aumentar la plantilla de antidisturbios, agravar las penas y endurecer la prisión provisional. Restricción de derechos, aumento de la represión y disminución de garantías. Debe quedar claro que el problema de la violencia urbana del que estamos hablando no procede de ninguna benevolencia del Código Penal. La resistencia activa grave contra agentes de la autoridad está penada hasta con tres años de prisión. Por los daños en el mobiliario urbano pueden condenar hasta a tres años. Por los desórdenes públicos con ocasión de eventos que reúnan a gran cantidad de personas (como la manifestación del pasado 29 de marzo), pueden ser hasta seis años. Por el incendio de un local con peligro para las personas, hasta 20 años. Como se verá, no es cuestión de más severidad. Es cuestión de más eficacia policial.

Es frecuentísimo que tras grandes incidentes de orden público, se da la noticia de un número muy elevado de detenciones policiales, y, a continuación, se informa de que muy pocos han sido enviados a prisión por el juez. El juez necesita pruebas. La prueba principal, y generalmente la única, es el testimonio del policía que recibió la presunta agresión, que suele ser distinto del que le detuvo. Y, además, cuando hay filmación policial del incidente, no es posible identificar al policía que dice ser el testigo, porque los antidisturbios siguen sin llevar, como debieran, un número de identificación visible. Por eso no hay testigo acreditable. No hay prueba.

Y cuando no hay prueba no es posible la condena, ni, por lo tanto, la prisión provisional. La prisión antes del juicio está sometida a reglas muy precisas que constituyen una línea roja de las garantías democráticas del sistema penal. Nunca podrá ser un castigo anticipado, ni un instrumento policial, ni político, de disuasión. Y menos aún, si la disuasión de las eventuales conductas violentas minoritarias lleva aparejada, como en un totum revolutum, la de las mayoritarias conductas democráticas y pacíficas. El propósito, mal disimulado, de endurecer los criterios de aplicación de la prisión provisional, es, por ello, escandaloso. E inútil, como las demás desmesuras represivas.

José María Mena fue fiscal jefe de Cataluña.

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