El TSJPV avala en la huelga del Metro un 40% de servicios mínimos
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha denegado la suspensión cautelar del 40% de los servicios mínimos para la huelga convocada para hoy. De esta manera se descarta la aspiración del sindicato ESK. En este caso, los argumentos del tribunal son que el parón de ocho horas no tiene en cuenta los tramos de mayor afluencia de usuarios, lo que justifica que se incremente la frecuencia de circulación de trenes sin perjuicio del derecho a huelga.
El departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno vasco estableció que en esta ocasión los servicios mínimos de la huelga prevista para hoy alcanzasen el 40%. ESK consideró que el decreto era “injustificado”, dado que en anteriores paros, el del pasado 16 de febrero sin ir más lejos, la misma orden había establecido porcentaje del 30%.
El TSJPV considera que la orden del Ejecutivo vasco está “motivada por la especial incidencia de la huelga, que coincide con la hora punta al principio y al final de la jornada, lo que convierte el incremento del 10% en una medida razonable y proporcionada”. El paro de hoy afecta a los tramos horarios entre las 5.30 y las 9.00 de la mañana y de 18 a 22 horas. A su vez, Metro no va a recurrir la sentencia sobre incumplimiento del derecho de huelga fallado el pasado martes.
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