El Supremo obliga a Costas a revisar un deslinde "arbitrario" en Ares
La línea divisoria parte de modo errático patios y terrazas del vecindario
Es poco habitual pero el Tribunal Supremo le ha dado la razón a seis vecinos de Redes (Ares) que llevan ocho años pleiteando contra el Estado a cuenta de un deslinde que dividía sus propiedades en dos. El límite marítimo terrestre que la Demarcación de Costas en Galicia fijó el 14 de marzo del 2004 provocó situación absurdas que ahora tendrán que rectificarse.
A un vecino, el deslinde le cruza el patio de casa en diagonal. Una mitad es pública y la otra no. No es el único caso. Media docena de patios y terrazas de fincas privadas en las calles Nueva y Ribera quedaron divididas de forma errática por una línea imaginaria que marcaba la frontera entre lo estatal y lo privado. A otro vecino, casi le expropian una esquina de la casa que sirve de plató al rodaje de la serie de la TVG Padre Casares, que ha transformado Redes en un Louredo imaginario.
La particularidad de esta parroquia pesquera del litoral coruñés, con cerca de 300 vecinos censados, es que las casas están directamente colgadas sobre el agua. La frontera entre el mar y la tierra la marcan los muros. El tramo que seis vecinos se atrevieron a cuestionar en los tribunales comprende 16.557 metros de litoral, entre punta Avarenta y punta Curveiro, que será revisado para trazar un nuevo linde.
El fallo anula el mapa
La sentencia del Supremo, fechada el pasado 12 de diciembre, es muy clara y solo puede recurrirse ante el Constitucional. Dictamina que el deslinde impugnado es una “línea arbitraria” que inexplicablemente ha dejado fuera del mapa público láminas de agua para incluir zonas de terraza y patios “que secciona al discurrir por su interior de forma quebrada”. El alto tribunal llama la atención sobre las peculiaridades de un pueblo marinero y “pintoresco”, protegido por Patrimonio y premiado en 2007 por los arquitectos gallegos como ejemplo de arquitectura sostenible.
Medio Ambiente justificó el errático trazado de 2004 con el de 1984, que a su vez se remitía al fijado en 1969. El Supremo rechaza este argumento porque el deslinde del franquismo “carecía de motivación” y fue arrastrando a los siguientes, que incurrieron en los mismos errores.
El alto tribunal le dice al Gobierno central que tendrá que razonar con mejores argumentos que los expuestos hasta ahora por qué le parece tan imprescindible para la protección del litoral incluir en el deslinde de Redes trozos de edificios, esquinas de viviendas o medio metro de terraza. Si Costas no justifica sus pretensiones con estudios técnicos, el Supremo entiende que los metros que los vecinos de Ares reclaman como parte de sus fincas privadas deben quedar fuera del nuevo deslinde.
Los afectados llegaron
Los vecinos le han ganado la partida a la Administración por sorpresa y en el último suspiro, con la única herramienta legal que les quedaba. La sentencia del Supremo es la respuesta al recurso de casación que interpusieron a la desesperada en 2008, tras una larga batalla judicial en la que han ido coleccionado muchos fallos desfavorables.
Además de anular el mapa de 2004 en el tramo impugnado y obligar a Costas a rehacer 16 kilómetros de deslinde en Redes, la última sentencia del Supremo tiene un valor añadido porque sienta jurisprudencia. El fallo desdice a la Audiencia Nacional, que hasta la fecha había respaldado jurídicamente los argumentos del Ministerio de Medio Ambiente para justificar un deslinde descabellado que partía en dos mitades fincas particulares que llevan siglos enraizadas en la marea. Tanto es así, que los propietarios afectados llegaron a desempolvar sus viejas escrituras del siglo XVII, donde literalmente se fijaba el mar como lindero.
“La aplicación práctica de la Ley de Costas es bastante abusiva, más con los pequeños propietarios que con los grandes complejos”, opina Carlos Seoane. El letrado coruñés, que ha defendido a los afectados de Redes, destaca que la sentencia del alto tribunal es novedosa porque contradice a la propia Administración. “Hasta ahora, siempre se santificaba lo que decía Costas”, señala.
La importancia del fallo radica en que puede abrir puertas a las reclamaciones de los vecinos de otras localidades gallegas que mantienen disputas parecidas con la Administración por deslindes que parecen poco razonables en Marín, Fisterra y A Pobra.
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