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El acento
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Mario Conde o el saqueo como cálculo actuarial

El delito económico debería considerarse imprescriptible en tanto el condenado no devuelva el dinero que timó

Jesús Mota
Mario Conde abandona su domicilio tras ser detenido por la Guardia Civil
Mario Conde abandona su domicilio tras ser detenido por la Guardia CivilEFE

Mario Conde debería protagonizar los romances de ciego, junto con Ruiz Mateos, por enfangar a conciencia el negocio bancario y la ética empresarial. Igual que don José María (el jerezano, no el aragonés) y, como él, contando con la mirada distraída de una parte de la clase política, montó un entramado financiero repleto de delitos encubiertos, trampas legales y saqueos; y, cuando fue sorprendido por el Banco de España, culpó al sistema, algo tan impreciso como culpar a la alineación astral de la inflexibilidad monetaria del Bundesbank. Conde fue detenido en abril (intentaba repatriar 13 millones desde varias cuentas en paraísos fiscales) y está acusado de alzamiento de bienes, blanqueo de capital, ocho delitos contra la Hacienda pública y organización criminal. Pues bien, Conde saldrá de la prisión de Soto del Real porque el juez Pedraz, en contra de la opinión de la Fiscalía Anticorrupción, dice que no hay riesgo de fuga ni de que obstruya la investigación. La fianza (300.000 euros) está avalada por dos hermanos con altos cargos en la Fundación Francisco Franco.

La decisión judicial es criticable e incuestionable, si se permite el juego de palabras. Es criticable porque sí existe riesgo de fuga y de obstrucción; de hecho, Conde es experto consumado en gestionar desinformación y frenar investigaciones de cualquier naturaleza. De la fuga, poco puede aventurarse, salvo que, volviendo al juego de palabras, es arriesgado descartar ese riesgo. Y es incuestionable por principio (hay que acatar la decisión), porque hay que suponer que el juez Pedraz obra según los límites que impone la ley y tiene información suficiente para correr el riesgo.

Las inquietudes que suscita el caso Conde son de otra naturaleza. Algunas son de carácter ético-jurídico y se refieren a la evidencia creciente y molesta de que una protección legal cara obra el milagro de situar una decisión judicial en algo parecido a una vía muerta. Conde es reincidente (fue declarado culpable por los casos de Banesto y Argentia Trust y penó la sentencia en Alcalá Meco), pero seguro que su notoria abundancia de recursos —que desmiente su supuesta insolvencia, hasta convertirla en potencialmente punible— le permite dilatar ad calendas graecas la resolución judicial sobre los nuevos delitos investigados.

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La posición en falso de la justicia española ante la corrupción y el delito económico se explica (en parte) por normas rancias e inadecuadas. A efectos de que no se repitan casos como el de Mario Conde o las repetidas recaídas en los fraudes rumasinos, el delito económico debería considerarse imprescriptible en tanto el condenado no devuelva el dinero que alzó, saqueó o timó a sus legítimos propietarios, más una sanción proporcional. El cálculo del saqueador responde a un criterio actuarial, a saber: si resulta o no rentable cumplir con la peor de las hipotéticas penas aplicables —con la expectativa de reducción de pena por buen comportamiento— a cambio de disfrutar después del dinero distraído y evadido. Las penas deberían tener el rigor suficiente para impedir la rentabilidad del saqueo.

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