Las vergüenzas del Reglamento de los CIE
Centro de Internamiento de Extranjeros de Aluche (Madrid). /ULY MARTÍN
"Seguramente, muchos de tus vecinos de bloque ni siquiera saben lo que es un CIE". Decía esto el pasado martes Esperanza de Pinedo, de la ONG Ferrocarril clandestino, durante una rueda de prensa organizada por miembros de la Campaña Estatal por el Cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros. De Pinedo explicaba qué puede aportar un ciudadano cualquiera para conseguir el cierre de estas cárceles encubiertas. Y lo primero de todo, es la información, ya que muchas personas, aseguraba, no son conscientes ni siquiera de que existe una ley en España que permite encerrar a personas en situación irregular.
Si la población no es consciente de esto, tampoco lo será de que el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un reglamento para regularizar el funcionamiento de estos centros. Para quien no lo sepa tampoco: son ocho en España (Madrid, Barcelona, Algeciras, Murcia, Valencia y tres en Canarias) y el Estado gasta al año 8,89 millones de euros para su funcionamiento mas otros 400.000 euros de subvención que otorga a Cruz Roja Española por sus labores de asistencia. En 2012, 11.325 personas fueron privadas de libertad en estas instalaciones, de las cuales solo 5.924 fueron finalmente deportadas, según lamemoria anual del Fiscal Coordinador de Sala de Extranjería.
El nuevo reglamento no ha satisfecho a las organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos de la población inmigrante. Parten de la base de que el objetivo es el desmantelamiento de estos centros porque consideran inaceptable encerrar a personas que no han cometido ningún delito. No obstante, cuando entran a valorar el reglamento consideran que ha sido "una oportunidad perdida" porque consolida el modelo policial actual y no vela por los derechos de los internos y supone un retroceso en su situación actual, marcada por la opacidad de estos establecimientos.
Estas son las principales quejas sobre el texto:
1. Reclusión de personas vulnerables: El texto contempla una atención especializada de “menores, personas discapacitadas, ancianos, mujeres embarazadas, padres solos con hijos menores y personas que hayan padecido tortura, violación u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual”, por lo que se entiende que se prevé el encierro de estas personas. Algunas organizaciones como Andalucía Acoge consideran positivo que, al menos, se prevea su atención especializada y que no se les vaya a aislar.
2. Ambigua separación de los condenados. Se procurará que las instalaciones permitan la separación de condenados por algún delito de quienes se encuentran internos solo por tener una situación irregular en España. Aunque es positivo que se reconozca, en la práctica no se asegura ni se garantiza.
3. Feudos policiales: Los centros continúan estando en manos del Cuerpo Nacional de Policía, que será encargado de preservar la seguridad pero también de gestionar todo lo relativo a la permanencia del extranjero en el CIE. La "faceta asistencial" es asumida por funcionarios ajenos a la policía, pero sus labores son muchas menos.
4. Inexistencia de un régimen legal de infracciones y sanciones. El consejo de Estado indica en su dictamen que, lejos de ser una ventaja para los internos, representa un serio perjuicio.Una norma sancionadora implica garantías de procedimiento y de tutela judicial, pero su ausencia dificulta el mantenimiento del orden y conlleva un riesgo de aplicar “sanciones por la vía de hecho”, es decir, de abusos.
5. Se normaliza el uso de armas de fuego: La ley penitenciaria limita su uso a situaciones excepcionales, pero el Reglamento de unos centros que ni siquiera tienen carácter penitenciario generaliza su uso. "El Reglamento debería contener la prohibición expresa de que las funciones de vigilancia interna del CIE se realicen con armas de fuego", indican desde Andalucía Acoge.
6. Se autoriza la creación de otros centros "de ingreso temporal o provisional": Esta medida, muy ambigua por otra parte, revela la previsión de que se vayan a incrementar las personas encerradas. Ahora que el CETI de Melilla cuadriplica su capacidad, ¿se creará el primero de estos centros temporales?
7. Sanidad restringida: El Gobierno aseguró que mantendría sin límites la asistencia médica, pero lo cierto es que en el texto solo se especifica que los centros deberán contar con, al menos, un médico, un Ayudante Técnico Sanitario y un enfermero, pero no aclara cuántas horas al día o cuántos días a la semana. No es lo mismo gozar de atención sanitaria 24 horas al día que seis. Esta decisión quedará fijada en la normativa interna de cada centro. Tampoco se contempla que el traslado de un CETI a un CIE de una persona vaya acompañado de su historial médico, cuando precisamente esta fue una de las causas que provocó la muerte a Samba Martine en 2011. Organizaciones como Cáritas Española, no obstante, consideran positivo que se reconozca el derecho a una sanidad permanente aunque no se especifique cómo será en la práctica.
8. Restricción de las visitas: No se garantiza un espacio de privacidad, serán solo algunos días a la semana y podrá limitarse el número de personas y la duración -solo se marcan 30 minutos como mínimo pese a que el Consejo de Estado consideraba que no debía establecerse ninguna limitación temporal ni de días de visita de familiares, abogados y representantes diplomáticos.
9. Los teléfonos móviles, limitados:En el borrador del reglamento estaban prohibidos, así que se ha progresado porque ahora sí se permiten pero bajo ciertas condiciones que garanticen la intimidad del resto de internos y solo en el espacio en que se desarrolle una visita; en las celdas están prohibidos. Se prevé que en caso de que se viole el derecho a la intimidad de otro interno o del personal del centro, se pedirá al interesado que borre las imágenes. Esto, en la práctica, es inasumible, pues con la tecnología de hoy en día, una imagen ya ha podido dar la vuelta al mundo antes de que se borre del móvil del autor.
10. No habrá videocámaras: Pese a que las ONG las han reclamado en muchas ocasiones su instalación por ser un medio esencial para aclarar situaciones conflictivas, se han quedado fuera del reglamento. Si el CIE de Barcelona hubiera contado con una cámara de vigilancia en su zona de aislamiento, se hubieran podido averiguar las circunstancias de la muerte de unciudadano armenio que supuestamente se suicidó cuando se encontraba solo en esta habitación esperando a que se ejecutase su orden de expulsión.
11. Se autorizan los cacheos con desnudo integral:numerosos organismos y entidades han criticado esta medida. Y no solo ONG. Según el informe del Consejo de Estado, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial indicó que el examen personal, incluso con desnudo integral, no estaba contemplado en la ley, con lo que suponía una restricción de los derechos de los internos sin control judicial suficiente.La Secretaria General Técnica del Ministerio de Justicia consideró, según el informe, que esta medida "carecía de cobertura legal e incurría en nulidad".
12. No se identifica a los policías encargados de los traslados. Nada se dice en el reglamento de identificar a los funcionarios policiales que acompañen a los internos en su ingreso, traslado o salida del CIE, ni sobre los motivos del desplazamiento, horas de salida o de entrada y hora de comunicación al juzgado.
13.Las ONG no ven reconocido ningún derecho de acceder a los centros. Sólo es un derecho individual de cada interno. Adicionalmente, queda al arbitrio de la dirección del centro la posibilidad de firmar un acuerdo o convenio que posibilite las visitas de estas organizaciones.
14. Falta de control del respeto a los derechos humanos.Esta labor de vigilancia solo será “facilitada” a los organismos nacionales e internacionales “con competencias propias en la visita e inspección de los centros”, que es tanto como decir que ninguna entidad no institucional podrá acceder a dicho control.
15. Los paquetes que reciban los internos, a examen.Los paquetes deberán ser sometidos a los oportunos controles externos, así como a su apertura en presencia del portador o del destinatario, para lo que se recabará su autorización. Se devolverán en caso de no concederse.
16. Reconocimientos médicos indiscriminados. Los únicos reconocimientos previstos en la Ley de Extranjería son los de entrada, salida y cuando se vea afectada la salud colectiva. Este reglamento prevé que también se hagan cuando se produzca un "hecho excepcional" o "determinadas eventualidades", algo que es muy ambiguo.
17. Restricción de las comunicaciones. El director tendrá capacidad para suspender las comunicaciones en caso de no observar las necesarias normas de comportamiento, las cuales no se especifican. La Ley de Extranjeríaestablece que esta medida solo se puede adoptar mediante resolución judicial.
18.Lassalas de inadmisión de los puertos fronterizos,excluidas.Según las ONG,son lugaresdonde las personas extranjeras gozarán de inferiores garantías y derechos.
¿Hay algo positivo en este Reglamento?
Algunas ONG como Andalucía Acoge o Cáritas Española reconocen que hay aspectos positivos ya que, aunque el principal objetivo es la clausura definitiva de estos centros, todo lo que ayude a clarificar situaciones mientras estén abiertos es bueno. Podemos nombrar las siguientes:
*Tener antecedentes policiales deja de ser un criterio de separación de internos. Con el solo hecho de que la policía te identifique en una redada, ya tienes antecedentes policiales, pero eso no significa que hayas cometido ningún delito. Antes, se preveía que personas con antecedentes policiales y penales conviviesen en el mismo espacio. Ahora se intentará que estén separadas. Este punto es muy significativo porque niega uno de los argumentos de Interior sobre el perfil de los internos. "Siempre han dicho que tienen antecedentes pero, si los policiales no existen, el perfil cambia y ya no son el peligro público que dice ser", explica Mikel Araguás, de Andalucía Acoge.
*Los centros contarán con un servicio de asistencia jurídica y dependencias que aseguren la confidencialidad de lo que hablen abogado y defendido.
*Los internos tendrán derecho a obtener una copia sellada de los documentos que presenten y podrán consultar su expediente o autorizar a un representante para ello.
*El paseo diurno pasa de dos a cuatro horas. Esta era una de las recomendaciones del Consejo de Estado y de las ONG, que se preguntaban por qué en los CIE solo se daba este tiempo cuando en las prisiones el mínimo son tres.
*Se garantiza que el aislamiento preventivo de un interno no puede deberse a un castigo encubierto y qeu esta meida no se podrá aplicar a personas en situación vulnerable como embarazadas o que hayan dado a luz en los nueve meses siguientes, madres lactantes, mujeres que tengan hijos consigo o enfermos convalecientes. Además, lashabitaciones de las salas de aislamiento deberán ser iguales que las ordinarias.
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