A vueltas con la ‘doctrina Parot’
Sobre la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ha anulado la retroactividad de la llamada doctrina Parot, quiero ante todo mostrar mi solidaridad con las víctimas y sus familiares. Creo que ellos y la sociedad en general tienen derecho a que los delincuentes que han cometido delitos gravísimos, como terroristas, asesinos o violadores, cumplan las penas más duras posibles, siempre que haya una ley que lo justifique.
Pero también quiero decir que esta doctrina (que pasó a aplicar la reducción de penas por el trabajo, no sobre el límite máximo de 30 años de cumplimiento, sino sobre el total impuesto), supuso cambiar “las reglas del juego” una vez “iniciado el partido”, o sea, una vez condenado el delincuente, lo que en un país democrático no puede permitirse ya que a esa arbitrariedad podremos estar expuestos cualquiera de nosotros en otro momento de nuestra vida.
En mi opinión, si se quiere ser más severo con ciertos delitos o delincuentes, debe hacerse cambiando la ley por el poder legislativo y no por una interpretación nueva de una norma cuando se veía que ciertos presos estaban a punto de salir de la cárcel.— Alberto Martínez del Hoyo Tera.
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