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La Junta aparca el decreto específico sobre campos de golf al considerarlo ya innecesario

Obras Públicas entiende que la ley en vigor es suficiente para impedir las urbanizaciones

Finalmente no habrá una regulación específica para los campos de golf en Andalucía. Después de más de dos años de trabajo en un borrador de decreto en el que han participado tres consejerías de la Junta, la de Obras Públicas, que actuaba de coordinadora, ha entendido que ya no es necesario promulgarlo porque la legislación urbanística es suficiente para impedir la proliferación de urbanizaciones en suelo no urbanizable, que era la aspiración principal que se perseguía con una normativa específica. Los planes de ordenación territorial marcarán dónde pueden construirse nuevos campos.

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Según la consejera de Obras Públicas, Concha Gutiérrez del Castillo, "ya no hay un vacío legal", por lo que no es necesaria una nueva normativa. Las consejería entiende que con las últimas modificaciones introducidas a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que eliminan de hecho las diferencias de consideración en el planeamiento entre viviendas de primera y segunda residencia, ha desaparecido el riesgo que se pretendía evitar con el decreto, cual era los asentamientos de núcleos de población en suelo no urbanizable sin los equipamientos necesarios que sí se exigen en los desarrollos de los núcleos urbanos.

Frecuentemente, el golf ha sido una escusa para el desarrollo de promociones inmobiliarias. Al tratarse de viviendas turísticas, los promotores estaban exentos de dotarlas de equipamientos, pero la realidad ha sido que tales urbanizaciones han sido en realidad lugares de residencia habitual para una población que acababa demandando servicios públicos como el transporte y equipamientos básicos escolar, sanitario, social y cultural. "La gente se compra una casa para vivir y no para jugar al golf", recuerda la consejera, quien insiste en que la actual legislación andaluza sobre urbanismo "no permite crecimientos ni asentamientos urbanos en medio del campo".

El decreto en el que durante casi tres años han trabajado las consejerías de Medio Ambiente, Turismo y Deportes, y Obras Públicas, iba a prohibir los usos residenciales junto a los campos de golf, que sólo se permitirían en casos muy excepcionales, a cierta distancia de ellos, y en todo caso de muy baja densidad, y sólo autorizaría algún equipamiento hotelero.

Andalucía es la comunidad autónoma española con más campos de golf, 91 en funcionamiento. La Junta estima que existen más de 200 nuevos proyectos, de los que la inmensa mayoría están vinculados a promociones inmobiliarias. El desarrollo del golf, iniciado en la costa, se ha extendido al interior, y hay pequeños municipios que tienen planteados proyectos con urbanizaciones que harían multiplicar hasta en más de dos veces su población actual.

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Diferencias de criterio

Además de la propia legislación urbanística, los planes subrregionales de ordenación del territorio serán los que determinen en donde y en qué condiciones se pueden construir nuevos campos de golf, que preferentemente se localizarán en suelos urbanos.

El recientemente aprobado Plan de Ordenación del Territorio de La Axarquía, por ejemplo,ha prohibido un campo de golf proyectado por el ayuntamiento en un paraje en el entorno de la cueva de Nerja que ocupaba zona de protección del Parque Natural de las Sierras Tejeda y Almijara y en fuerte pendiente.

En los casi tres años de trabajo de elaboración del decreto -han llegado a existir seis versiones de borrador-, se pusieron en evidencia ciertas diferencias de criterio entre las tres consejerías implicadas. Una vez que la de Obras Públicas ya ha dado por satisfechas sus pretensiones en el orden urbanístico sin la necesidad de un decreto específico, ahora quedan cuestiones pendientes en el ámbito medioambiental y deportivo.

La otra gran novedad del decreto, por ejemplo, iba a ser la obligatoriedad de regar los campos con agua reciclada no potable. Esta es una práctica que exigen ya los informes de impacto ambiental que actualmente son preceptivos para autorizar un campo de golf en suelo no urbanizable, pero no es una precepto que esté recogido explícitamente en ninguna normativa. También iba a regular el decreto las especies florales susceptibles de utilizar en los campos y el uso de productos fertilizantes y fitosanitarios.

También iba a introducir el decreto parámetros sobre superficie mínima de los campos, o anchura de las calles y de los greenes, cuestiones que ahora quedarán a expensas de lo que se decida en materia deportiva, junto a otros aspectos relativos a la calidad de las instalaciones.

El golf es además un importante reclamo turístico, aspecto que procura una estimable actividad económica, pero según Concha Gutiérrez, para ello son necesarios campos de calidad y algunas dotaciones de equipamiento hotelero: "Estamos por el desarrollo del golf, pero con campos auténticos, y no urbanizaciones".

Construcción de viviendas cerca de un campo de golf en Benahavís.
Construcción de viviendas cerca de un campo de golf en Benahavís.EFE

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