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La celebración de la vistilla para De Juana Chaos anticipa que seguirá en prisión

El tribunal revocará previsiblemente la conclusión del sumario dictada por el juez Pedraz

El etarra José Ignacio de Juana Chaos, condenado a más de 3.000 años de prisión por su participación en 25 asesinatos y que extinguirá su condena el próximo 2 de agosto, seguirá previsiblemente en prisión. Así se deduce de la celebración de una vistilla para resolver precisamente si procede su libertad o su prisión por la publicación de dos artículos en el diario Gara, próximo a la izquierda abertzale. De Juana aseguró ayer en el acto que su prisión es "una cuestión política" y que "la resolución está dictada antes de la celebración de la vistilla". La decisión de los jueces se conocerá hoy.

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En enero de este año, los fiscales de la Audiencia Nacional se dieron cuenta de que De Juana quedaría en libertad en breve plazo -en aquel momento se pensaba que en febrero- al haber cumplido legalmente su condena. El etarra se había beneficiado de numerosas redenciones ordinarias y extraordinarias de pena -ya eliminadas del Código Penal- por lo que saldría de prisión tras haber pasado 18 años encarcelado.

Pero De Juana, que según sus propias cuentas, debería haber salido de la cárcel en septiembre de 2004, escribió dos artículos que fueron publicados en Gara los días 1 y 30 de diciembre de 2004.

El primero, titulado El Escudo, constituía un duro alegato contra el sistema político, jurídico y penitenciario español y fue interpretado como una rabieta del etarra porque no salía de la cárcel. El segundo se titulaba Gallizo, en referencia a la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, fue publicado el 30 de diciembre de 2004 y en el mismo, De Juana criticaba a los nuevos responsables de los centros penitenciarios, a los que, según el fiscal, señalaba como potenciales objetivos de ETA.

El fiscal Jesús Alonso consideró que los artículos demuestran la pertenencia a ETA de De Juana, que son hechos distintos de aquellos por los que en su día fue condenado y que suponen una exaltación de la lucha armada, delito que, a su vez, quedaría subsumido en el de pertenencia a la organización terrorista. Por ello, presentó una querella contra el etarra y pidió al juez su ingreso en prisión por la gravedad de los delitos imputados y el elevado riesgo de fuga del terrorista.

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El juez Fernando Grande-Marlaska, que estaba de titular en funciones del Juzgado Central de Instrucción número 1, accedió a la petición del fiscal y acordó su prisión.

Pero en junio de este año, el juez Santiago Pedraz fue nombrado titular del juzgado. El fiscal Jesús Alonso reclamó el procesamiento de De Juana, pero Pedraz rechazó la adopción de la medida y tras considerar que no había indicios de delito en su actuación, optó por dejarlo en libertad provisional por esa causa (aunque siguió en prisión cumpliendo la condena principal). Además, concluyó el sumario por entender que los hechos estaban ya suficientemente investigados.

Pedraz, en una resolución muy contestada, argumentó que los dos artículos no demostraban que De Juana perteneciera a ETA y que el hecho de que fuera miembro del frente de makos (prisiones) de la banda no supone que sea terrorista, puesto que el citado frente no está calificado como banda terrorista. Por ello, concluía que si no había banda armada, difícilmente podría haber delito de amenazas terroristas, porque no puede considerarse que existe un señalamiento de personas como objetivos para una banda terrorista.

A partir de aquí se entraba en un batiburrillo procesal, porque el recurso contra la puesta en libertad y la denegación del procesamiento lo debía resolver una sección distinta de la que debería resolver la conclusión del sumario.

Finalmente, por economía procesal será la Sección Primera la que resolverá todo, pero también por el mismo principio, si quisiera confirmar la actuación de Pedraz, podría haber dado por concluso el sumario y ya está. O haber revocado la conclusión del sumario y haber ordenado a Pedraz que procese al etarra.

Por el contrario, el tribunal, antes de nada, ha celebrado una vistilla para decidir sobre la prisión de De Juana, lo que anticipa que ve indicios de delito, porque en caso contrario no se hubiera celebrado.

El abogado defensor de De Juana, Álvaro Reizábal, recusó a una de las magistradas, pero la recusación fue rechazada de plano por extemporánea.

En la vistilla, el fiscal Alonso y el abogado de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, Juan Carlos Rodríguez, instaron la prisión de De Juana, que se revoque la conclusión de la causa y que se ordene el procesamiento del etarra.

El defensor afirmó que no hay indicios de delito y pidió la libertad de su cliente.

De Juana insistió en que su prisión es "una cuestión política" y que "la resolución está dictada antes de la celebración de la vistilla". El etarra argumentó que a las siete de la mañana había oído por la radio que le llevaban a la Audiencia para que siguiera en prisión.

El juez Santiago Pedraz, en las inmediaciones de la Audiencia.
El juez Santiago Pedraz, en las inmediaciones de la Audiencia.EFE

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