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El TSJ obliga a los juzgados de Lo Social a agrupar los expedientes de empleo

La saturación de los juzgados de Lo Social en Valencia tras la decisión tomada a finales de 2002 por la Junta de Jueces de Valencia, presidida por el entonces decano y actual secretario autonómico de Justicia, Fernando de Rosa, para disgregar expedientes de regulación de empleo colectivos ha hecho que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se replantee la organización del trabajo. La Sala de Gobierno del TSJ ha decidido suspender la individualización de los expedientes y obligar a los 17 juzgados de Lo Social de Valencia a acumularlos cuando provienen de la misma regulación. La disgregación ha supuesto retrasos en la resolución de los expedientes de hasta un año, sentencias contrarias para afectados por un mismo plan de ajuste o incluso diferencias temporales entre casos idénticos: unos quedan resueltos y otros pendientes según la carga del juzgado en el que hayan caído por reparto.

La práctica de no aplicar la acumulación nació, entre otras cosas, a consecuencia de introducir un complemento de producción a los jueces por número de sentencias. Hasta ese momento nadie discutió la acumulación. A pesar de que un expediente de regulación se presenta con todos y cada uno de los casos como individuales, la causa se agrupa para tramitarse al mismo tiempo. Dividirla suponía disfunciones que ya denunciaron hace un año los sindicatos para corregirlo.

Desde entonces, los problemas se han multiplicado -circunstancia agravada por el incremento de expedientes autorizados en 2003, según datos del Ministerio de Trabajo-. Profesionales y sindicatos trasladaron en varias ocasiones a Juan Luis de la Rúa, presidente del TSJ, el retrato de la situación.

Retrasos importantes

Las primeras decisiones datan de otoño. Pero fueron tomadas en el seno de la Junta de Jueces -cuyos pronunciamientos no son de obligado cumplimiento porque no incluyen sanción para un caso como éste en el que la ley, en sentido estricto, permite acumular y disgregar-. Un escenario de señalamientos (fecha de celebración de juicio) para dentro de un año, retrasos importantes en resoluciones como las que abordar las invalideces y diferente comportamiento de los jueces de Lo Social -unos sí corrigieron y otros no- ha obligado, tras varias quejas, al TSJ a dictaminar la práctica de la acumulación, como se hacía antes, y a advertir que de no ser así la inspección emitirá informe de la oficina judicial.

La decisión se tomó el pasado día 26. En cuatro folios, la Sala de Gobierno enumera hasta 20 circunstancias amparadas por la acumulación y tres aclaraciones para que el sistema de reparto no disgregue. La entrada en vigor se produce cuando, por ejemplo, hay 279 señalamientos para mayo, 125 para julio, 33 para diciembre y varios ya fijados para dentro de un año.

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Comisiones Obreras ha hecho gestiones para resolver este problema porque los sindicatos mayoritarios son los más perjudicados por la situación.

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