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Los rectores rechazan el anteproyecto definitivo de la Ley de Universidades

Los profesores pasarán un examen estatal de habilitación, incluido el 25% de las privadas

El Gobierno reduce la representación política en el órgano de gobierno de las universidades (el consejo de gobierno) respecto a su borrador inicial (en el que señalaba que suponía un tercio), limitándola a la presencia del presidente y dos miembros del consejo social (con voz pero sin voto).

Esta medida recoge en parte una petición de los rectores. Éstos pedían que no se incluyera en el gobierno a ningún miembro que no fuera de la universidad. Ahora no están conformes con esta 'solución confusa', según el presidente de la Conferencia de Rectores (CRUE), Saturnino de la Plaza. Este rector añadió que no detallarán su postura 'hasta conocer el texto del anteproyecto', que no fue entregado al Consejo de Universidades.

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El ministerio ha reforzado las funciones del consejo social (órgano de control universitario) y ha eliminado la presencia de la comunidad universitaria (que ahora representa el 40%). Participarán en él sin voto el rector, el gerente y el secretario general de la universidad. Éstas son las principales modificaciones:

- Consejo de Gobierno

Anteproyecto. Tendrá como máximo 40 miembros: 30% elegidos por el rector, 40% por el claustro y 30% de entre decanos o directores de escuela o departamento, según indiquen los estatutos de cada universidad. También están presentes en él con voz y sin voto tres miembros del consejo social: su presidente y otros dos representantes.

Borrador anterior. No tendrá más de 30 miembros: un tercio será elegido por el rector, otro por el clautro y otro de personas no académicas (representantes políticos) del consejo social. - Consejo Social

Anteproyecto. No tendrá ningún miembro que pertenezca a la universidad. Sus componentes serán representates sociales (de sindicatos, patronales, organizaciones sociales y políticas) nombrados según establezca la ley de la comunidad autónoma. El rector, el secretario general y el gerente de la universidad estarán presentes con voz pero sin voto. Se refuerzan sus funciones de fiscalización de la universidad. Aparte de las funciones actuales de supervisión de las actividades económicas y aprobación del presupuesto y programación plurianual se incluyen: supervisar el desarrollo y ejecución de los presupuestos, proponer a las comunidades la creación de centros y la supresión de carreras, aprobar la creación de fundaciones, ratificar el nombramiento del gerente y acordar complementos retributivos para el profesorado.

Borrador anterior. Formado en un 40% por miembros de la parte académica y un 60% por representantes de la sociedad.

- Junta consultiva

Anteproyecto. Formada por profesores e investigadores de prestigio, con méritos docentes y de investigación acreditados con evaluaciones positivas. Son elegidos por el consejo de gobierno.

Borrador anterior. Integrado por decanos y directores de facultades y departamentos.

- Claustro

Anteproyecto. Compuesto por un 51% de profesores funcionarios doctores y el 49% restante como decidan los estatutos de cada universidad.

Borrador anterior. Formado por un 51% de profesores funcionarios doctores, un 19% de personal docentes investigador y un 30% personal de administración y servicios y estudiantes.

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