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Una esterilizada por error recibirá la pensión de incapacidad

Rafaela Martínez Ruiz, una mujer de 38 años que fue confundida con otra paciente de 71 y resultó esterilizada por error, recibirá una pensión de incapacidad, según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El tribunal considera que la operación puede ser catalogada como accidente no laboral.

El fallo de la sala de lo social del TSJA dice que la mujer sufre una 'menopausia precoz, con los trastornos consiguientes' y que la pérdida del feto que gestaba le ha provocado 'un estrés postraumático con síndrome depresivo'. Estas secuelas 'pueden entenderse impeditivas de su profesión habitual' como peón, debido a 'la dificultad de someterse a la disciplina de un trabajo necesitado de esfuerzos de cierta intensidad'.

Rafaela Martínez fue confundida en agosto de 1997 en el hospital Reina Sofía de Córdoba con otra mujer de 71 años que tenía su mismo nombre y apellidos, y que debía ser intervenida para extirparle el útero y los ovarios. La denunciante sólo debía ser operada de un pólipo endocervical benigno y de un adenocarcinoma de endometrio, pero al serle extirpado todo el útero perdió el embarazo de algunas semanas que gestaba.

La sentencia anula otra de un juzgado social que denegó a la mujer la pensión de invalidez por considerar que no presentaba un cuadro de suficiente intensidad. El fallo entiende que Rafaela tiene derecho a una pensión de incapacidad por accidente no laboral, ya que las secuelas se deben a 'una actuación de terceros, imprudente o fortuita distinta a las características patológicas degenerativas'. La sentencia rechaza la pretensión de la demandante de ser declarada inválida total.

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