El fiscal Anticorrupción detecta un "fraude generalizado" en las subvenciones al lino
La Fiscalía Anticorrupción notificó ayer a la Oficina Europea de Lucha Antifraude "la existencia de un fraude generalizado" en la aplicación en España de las ayudas comunitarias al sector del lino textil en las comunidades de Castilla-La Mancha, Extremadura y Castilla y León. La Fiscalía explica que el fraude se produjo en los casos en los que el agricultor percibía toda la subvención comunitaria tras haber contratado la transformación de la varilla de lino con una empresa especializada. Anticorrupción ha anunciado que va a ejercitar las acciones penales que correspondan.
Elevado número de incendios
La Fiscalía Anticorrupción notificó ayer a la Comisión Europea, a través de la Oficina Europea de Lucha Antifraude (OLAF) que "más que meras irregularidades" en el régimen de las subvenciones comunitarias, lo que hubo fue un "fraude generalizado" que dará lugar a acciones penales. Minimizado en su día por la entonces ministra de Agricultura y hoy comisaria europea Loyola de Palacio, el escándalo se saldó con las dimisiones del presidente del fondo Español de Garantía Agraria, Nicolás López de Coca, y el director financiero de la empresa pública Mercasa, Gonzalo Ruiz Paz, cuyos negocios privados estaban relacionados con el lino (uno lo cultivaba y otro lo transformaba).El informe de Anticorrupción resume 44.507 folios en 138 tomos de diligencias y explica que la subvención al lino se fija en función de la superficie sembrada. El agricultor puede vender su cosecha a un transformador, transformar él directamente la varilla de lino o contratar con una empresa la transformación. Según Anticorrupción, el fraude se habría producido en los casos en que el productor percibía la totalidad de la subvención por haber contratado la transformación con una empresa especializada. Ésta expedía una declaración de entrega como requisito para percibir el 100% de la ayuda.
La Fiscalía considera que las modificaciones en la normativa de las campañas 97/98 y 98/99 pudieron proporcionar la cobertura necesaria para propiciar el elevado número de incendios que destruyeron el lino almacenado, como forma de ocultación del presunto fraude. Sin embargo, destaca que la posible relación causa-efecto de los incendios es una "mera conjetura" contraria a la taxatividad que el derecho penal exige para tener por probado un hecho, y en los procedimientos judiciales por los incendios no se ha llegado a establecer tal conclusión.Anticorrupción se centró en elaborar un protocolo de investigación aplicable a los transformadores autorizados en cada comunidad, tomando como muestra lo sucedido en la empresa Compañía Linera del Centro (Colino) y en la sociedad transformadora Colisur 2000, ambas en Castilla-La Mancha. Las indagaciones se centraron en analizar la superficie de producción; el peso de lino de varilla necesario para obtener un kilo de fibra y las cantidades entregadas y transformadas. Además, se obtuvieron los datos sobre rendimientos de la maquinaria de dichas empresas, se recabó de la Seguridad Social la relación y categoría de los trabajadores y las horas trabajadas y de las empresas suministradoras, el consumo de electricidad y de gasóleo de las máquinas.
Contrastando todos los datos con la contabilidad de las empresas, para la Fiscalía está claro que en Colino "no se transformó la totalidad de la producción que figura en las declaraciones de entrega". En la temporada 98/99, en que se estableció un rendimiento mínimo de una tonelada por hectárea, los agricultores pasaron "sorprendentemente" de rendimientos en torno a los 300 kilos a cantidades que sobrepasaban los 1.000, justamente el mínimo establecido por la Unión Europea.
La Fiscalía calculó además que la maquinaria estuvo en funcionamiento "1.800 horas menos que las necesarias" para transformar el lino que figura en las declaraciones de entrega. También se comprobó que cuando un agricultor declaraba un rendimiento más bajo, se le aplicaba un precio superior al de rendimiento más elevado. De ahí, la Fiscalía Anticorrupción infiere "la posibilidad de que se cobrara por la expedición del documento de transformación, más que por la transformación en sí, pues resulta dudoso que la misma llegara a realizarse en su totalidad". Además, existen "195 días en los que se necesitarían más de 24 horas de funcionamiento óptimo de la máquina para transformar la cantidad" que se dice transformada.
Sin embargo, el fiscal señala que los datos disponibles no permiten concretar qué agricultores no realizaron la transformación, ni el importe concreto de la subvención concedida por la cantidad que no fue efectivamente transformada. "En consecuencia, es sólo el productor quien podría ser considerado como autor del delito de fraude de subvenciones, en tanto que a los responsables de la empresa transformadora sólo cabría tenerlos en derecho penal español por cooperadores necesarios en la ejecución de dicho delito".
Anticorrupción apunta a que si la Administración hubiese controlado qué agricultores no llegaron a sembrar o si era imposible que en sus tierras brotase lino, las empresas no habrían podido certificar la transformación, por lo que no descarta "las responsabilidades administrativas que en derecho correspondan".
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