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Una sentencia otorga la pensión de viudedad sólo a la última esposa

La asociación de viudas recibe la decisión como una victoria legal

Gabriela Cañas

Un matrimonio anulado cobra vida cuando uno de los cónyuges muere. Tras un fallecimiento, la Seguridad Social reparte la pensión de viudedad de forma proporcional al tiempo de convivencia entre los cónyuges del finado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha otorgado el 100% de la pensión a la última viuda en una rara sentencia que una asociación de reciente creación ha recibido con alborozo.

La Asociación de Viudas y Esposas Legales (AVIEL) lleva cuatro años luchando para que en España se reconozca como único viudo legal al que está casado con el fallecido en el momento de la muerte, y esta sentencia, dictada el 28 de septiembre pasado, la reciben como una primera victoria legal. Luis Zarraluqui, presidente de Abogados de Familia, no se atreve a afirmar que sea la primera sentencia, aunque sí sostiene que es "de avanzadilla".El caso concierne a una mujer que, tras ocho años de matrimonio y otros tantos de convivencia, vio cómo, tras la muerte de su marido, en 1995, la Seguridad Social sólo le otorgó el 33% de la pensión de viudedad. El 67% restante le fue adjudicado a la primera esposa, que dejó de serlo en 1985 por una sentencia de divorcio. La resolución de la Seguridad Social fue impugnada y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Madrid ha dado ahora la razón a la última esposa.

La Ley del Divorcio de 1981 dictó "con carácter provisional" que los cónyuges recibieran "en cuantía proporcional al tiempo vivido con el fallecido", con independencia de que hubiera habido divorcio.Los juristas consultados están de acuerdo con AVIEL en que España tiene pendiente la labor de legislar a este respecto, lo que también apoya el PSOE, pero defender la pensión completa sólo para el último cónyuge no cuenta con unanimidad.

Convertido en bígamo

Para Zarraluqui es, sin duda, injusto que la Seguridad Social reparta de forma sistemática la pensión de viudedad, aunque puede haber situaciones en las que sea recomendable. Para otra abogada especialista en derecho de familia, María José Varela, lo injusto es defender que sea el último cónyuge el que reciba sistemáticamente la pensión de viudedad, pues habitualmente es la primera esposa la que queda en situación más precaria tras un divorcio. "La primera suele ser la que se casa con el estudiante de Medicina y soporta la peor etapa. La segunda se casa ya con el jefe de servicio".

La tesis de AVIEL es que la situación actual convierte en bígamo al cónyuge que muere y respecto a anteriores vínculos matrimoniales alega que aquéllos están anulados, que por sentencia judicial ya se fijaron en su día pensiones de manutención o compensatorias si hubo lugar a ellas y que la única viuda es la que queda en tal situación, es decir, la esposa legal del que fallece.

"Lo ideal", dice María José Varela, "sería que nadie recibiera una pensión basada en una relación amorosa, sino que todas las prestaciones se recibieran por uno mismo, en relación con la situación personal. No es tan difícil de legislar al respecto. En asuntos más complicados se ha hecho. Basta tener voluntad política".

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Sobre la firma

Gabriela Cañas
Llegó a EL PAIS en 1981 y ha sido jefa de Madrid y Sociedad y corresponsal en Bruselas y París. Ha presidido la Agencia EFE entre 2020 y 2023. El periodismo y la igualdad son sus prioridades.

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