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Profesores con un contrato de residencia

La reunión entre musulmanes y autoridades educativas, el pasado día 27 de septiembre, encontró una fórmula aceptable para ambas partes sobre cómo contratar a los centenares de profesores de islamismo que, en un futuro próximo, serán necesarios para atender a los miles de niños que, según la Comisión Islámica, reclamarán clases de su religión. Será la citada Comisión Islámica de España la responsable de presentar una lista única de profesores, que habrán de disponer de la titulación adecuada, es decir un título de magisterio o de diplomado en cualquier carrera para poder ser contratados para dar clases de religión islámica en los centros de la enseñanza primaria, y de licenciado para los de secundaria. Los profesores extranjeros han de disponer de un certificado de residencia por trabajo (no por otro motivo). La celebración del contrato de profesor de religión islámica no podrá en ningún caso servir para que el aspirante adquiera dicho certificado. Para formalizar el contrato, el profesor deberá presentar el documento nacional de identidad o el certificado de residencia por trabajo, en el caso de ser extranjero, así como la titulación acreditativa compulsada. El Ministerio de Educación ha expresado su disposición a ser flexible con respecto a los cupos de alumnos que son necesarios para la asignación de un profesor de religión islámica, así como para el cobro de los correspondientes salarios. Los centros deberán proporcionar, si se les solicita, una lista de alumnos interesados en recibir la clase de Islam. Antes de fin de año una subcomisión de la Comisión Paritaria, formada por dos miembros del Ministerio de Educación y dos de la Comisión Islámica, tendrá redactado el proyecto definitivo de convenio, que deberá ser aprobado por el Ministerio de Educación y Ciencia. La primera reunión de esa subcomisión ya está fijada: el próximo día 18.

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