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Cardenal pide que se aplace la suspensión del magistrado

El Consejo General del Poder Judicial debatirá hoy en sesión plenaria si suspende en sus funciones al juez Javier Gómez de Liaño, que el pasado miércoles fue procesado por el Tribunal Supremo como presunto autor de tres delitos de prevaricación. El fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, remitió ayer tarde un informe, preceptivo pero no vinculante, en el que pide al Consejo que aplace la suspensión hasta tanto el auto de procesamiento no sea firme.La Fiscalía del Estado hizo público un comunicado en el que señalaba que el informe presentado afirma que "lo procedente por razones de seguridad jurídica es aplazar la decisión hasta que el auto de procesamiento sea firme, ya que en caso contrario se podrían producir perjuicios irreparables para el juez Gómez de Liaño. El informe agrega que la suspensión sería inevitable y obligada si el auto adquiriese firmeza.

La Fiscalía no hizo público si tiene intención de recurrir el auto de procesamiento o adherirse al recurso que el propio Liaño presente.

Liaño pide una demora

El juez Gómez de Liaño, por su parte, presentó ayer un escrito en el Consejo del Poder Judicial en el que solicita que la decisión sobre su suspensión se demore hasta tanto el auto de procesamiento no sea firme.El magistrado anunciaba en su escrito la presentación de recursos de reforma y de apelación contra el auto de procesamiento dictado por el instructor de la causa, Joaquín Martín Canivell.

El Consejo debatirá el tema de la suspensión esta mañana en el primer punto del orden del día -de los 86 puntos de que consta- del pleno.

La ley Orgánica del Poder Judicial señala que la suspensión de los jueces tendrá lugar "cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones" o "cuando por cualquier otro delito doloso [intencionado] se hubiere dictado contra ellos auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento".

En esos casos, precisa la ley, "el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al Consejo General del Poder Judicial, quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Fiscal".

Fuentes del citado organismo interpretaron ayer que la ley es clara. Agregaron que el delito por el que Liaño está procesado lo es en el ejercicio del cargo y que no es necesaria la firmeza del procesamiento para suspender al magistrado. Estas fuentes aludieron a que si en lugar de procesamiento hubiera sido auto de prisión, el juez hubiera ingresado en la cárcel aunque el auto no fuera firme.

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