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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El Supremo pone la ley sobre la Mesa

EL TRIBUNAL Supremo ha condenado a siete años de cárcel a cada uno de los 23 miembros de la Mesa Nacional de Herri Batasuna (HB) por considerarlos culpables de un delito de colaboración con banda armada. La sentencia estima que los dirigentes de HB cometieron ese delito al ceder sus espacios electorales a ETA en la campaña de 1996. Rechaza, en cambio, que haya materia penal en la difusión de sendos comunicados en los que justificaban implícitamente los asesinatos por ETA de Fernando Múgica y Francisco Tomás y Valiente. La condena es, desde luego, dura y se prestará a polémica en la medida en que las personas juzgadas constituyen, en su conjunto, la dirección de una organización política legal. Pero la sentencia está sólidamente fundada, y, además, la alternativa no sería más que la impunidad: que un colectivo, alegando identidad de fines, pudiera ayudar a una organización terrorista a imponerse a la sociedad sin que hubiera consecuencias penales.La sentencia es compleja, llena de matices. No rehúye entrar en el fondo de las cuestiones. La argumentación, impecablemente jurídica, es clara y acorde con los valores democráticos. El Tribunal parte de la consideración de que, si bien el sistema democrático permite la disidencia, incluso la más radical, la ley no puede amparar la utilización de los instrumentos de participación política para la difusión de actividades ilegales. Al ceder sus espacios electorales a ETA, los dirigentes de HB estaban cooperando al cumplimiento de los objetivos de los terroristas.

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Contra la visión reduccionista que limitaría la cooperación con banda armada a la ayuda prestada para la realización de actos violentos, la sentencia considera que también se colabora al ofrecer a los terroristas la posibilidad de dirigir su mensaje a la población: del mismo modo, por ejemplo, que coopera quien da dinero a los terroristas. Por ello, la responsabilidad penal no derivaría propiamente del contenido del vídeo -la exposición de la llamada alternativa democrática de ETA-, sino de su difusión en un espacio electoral. Pero el contenido no puede considerarse una excusa, pues, pese a presentarse como alternativa de paz, el mensaje central consiste en advertir cuál será la "alternativa a la alternativa": si no se acepta ésta, habrá más violencia; la presencia de pistolas sobre la mesa subraya, en opinión de los magistrados, ese mensaje. Según la sentencia, HB ha "cooperado con ETA en su objetivo de imponer sus ideas o reivindicaciones por medio del terror".

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El Supremo desestima, en cambio, la posibilidad de que la difusión de los comunicados de HB tras los asesinatos de Múgica y Tomás y Valiente pueda considerarse delito de apología del terrorismo. No porque la libertad de expresión ampare cualquier manifestación, sino porque el nuevo Código Penal exige para que se produzca este delito que las expresiones apologéticas constituyan "una incitación directa a cometer un delito". Para incurrir en responsabilidad penal no bastaría, pues, defender la actividad delictiva ya realizada, sino que se precisa que las concretas manifestaciones estén encaminadas a provocar nuevos delitos. El Tribunal desestima que esto sea aplicable a tales comunicados, pero los toma en consideración para ilustrar la línea de comportamiento de HB" en relación a las acciones de ETA.

Para llegar a la sentencia condenatoria, el Tribunal ha tenido que desactivar la principal estratagema procesal planteada por los abogados de HB: la de la eventual inconstitucionalidad del precepto del nuevo código sobre cooperación con banda armada, dada su indeteminación en la descripción de los comportamientos delictivos. El Supremo argumenta que ni siquiera es planteable el asunto, dado que no se aplica el nuevo, sino el viejo código, por resultar más favorable a los procesados.

Algunas de las reacciones producidas ayer tras conocerse la sentencia son deplorables. Cuestionarla con el argumento de que puede "encrespar los ánimos" equivale a otorgar a HB una bula para incumplir la ley. Los criterios de oportunidad política tantas veces invocados sólo han servido para que, a cada desafío sin respuesta, HB corresponda aumentando la dosis de la provocación. Frente a la estrategia de intimidación de ese mundo, nada resulta tan desmoralizador como la impunidad de que han venido disfrutando los dirigentes de HB. Esa formación prestó sus espacios electorales a unos pistoleros que colocaron sus armas sobre la mesa para ilustrar el sentido de su oferta: o la mayoría se pliega a sus exigencias o seguirán matando y secuestrando. La justicia ha colocado la ley sobre esa mesa, y el resultado ha sido una condena de siete años para cada uno de los integrantes de la dirección de HB. Una sentencia dura, pero ajustada a la ley.

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