_
_
_
_
_

El juez absuelve al ex alcalde de Torres de tres supuestos delitos

Vicente González Olaya

La Audiencia Nacional ha absuelto de un presunto de delito de malversación de fondos, otro de falsedad y un tercero de fraude al ex alcalde socialista de Torres de la Alameda (3.950 habitantes), Antonio Rodríguez del Barrio. El ex alcalde, que gobernó el municipio hasta las últimas elecciones de 1995, había sido acusado por la Agrupación de Vecinos Independientes (AVI), grupo político de la oposición, de haber malversado 5,2 millones de pesetas recibidos de la Comunidad. En vez de destinarlos a adecuar 150 acometidas de agua a la normativa del Canal de Isabel II, Rodríguez del Barrio destinó parte de este dinero a reparar el alcantarillado del pueblo. Una empresa municipal llamada Emtasa realizó los trabajos. Un economista de esta empresa realizó la factura.En la sentencia, los jueces absuelven de todas las acusaciones a Rodríguez del Barrio. Y aunque reconocen que el alcalde no destinó el dinero a arreglar las acometidas, recuerdan que el dinero de la Comunidad "no fue destinado al patrimonio del acusado". Los jueces fallan que "no se puede considerar desviación de la subvención el destinarla a obras de saneamiento, reforma y reparación de la red de aguas, dado que en el concepto técnico de acometidas domiciliarias se incluye tanto el alcantarillado como los tramos de tuberías y las redes de distribución".

AVI pedía para el ex regidor un total de siete años de cárcel y una indemnización de 5,2 millones de pesetas. Los jueces se muestran muy duros contra los denunciantes. AVI se querelló contra el alcalde, pero no contra el funcionario municipal que realizó las facturas. "Lo primero que sorprende es que se impute falsedad al alcalde y, en cambio, no se formule imputación contra la persona que confeccionó la factura. Parece que a la acusación no le interesan las imputaciones que se apartan del ámbito político. Y es que carece de explicación razonable que se acuse al presunto inductor de la falsedad y no al presunto autor material del documento que tildan de falso". La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Vicente González Olaya
Redactor de EL PAÍS especializado en Arqueología, Patrimonio Cultural e Historia. Ha desarrollado su carrera profesional en Antena 3, RNE, Cadena SER, Onda Madrid y EL PAÍS. Es licenciado en Periodismo por la Universidad CEU-San Pablo.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_