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Los insumisos podrán ser inhabilitados de 10 a 14 años

El futuro Código Penal excluye la pena de cárcel para quienes se nieguen a la prestación social sustitutoria del servicio militar. En cambio, tales ciudadanos podrán ser condenados, por delito de insumisión, a penas de multa y a inhabilitación de 10 a 14 años y exclusión durante ese tiempo de cualquier ayuda, beca o subvención. Edad penal a los 18 años. Se acoge la petición parlamentaría de elevar la mayoría de edad penal de 16 a 18 años, lo que conlleva elaborar una ley Penal Juvenil.

Agresión sexual. Las penas se agravan, pero en función del atentado contra la libertad sexual, no de las conductas clásicas de violación y estupro, que se eliminan. Las conductas más graves se llamaran agresiones sexuales y las menos graves abusos.

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Malos tratos familiares. Se incluyen como víctimas a los ascendientes que conviven con el autor del delito. También se establece la persecución de oficio cuando la víctima del delito se encuentre en situación de absoluto desamparo o sea un menor.

Escuchas telefónicas. Se elevan las penas para estos delitos y se incluye una modalidad inédita: la conducta que lleva a cabo el tercero que, no habiendo tomado parte en la interceptación de las comunicaciones, revela su contenido, conociendo su ilícito origen.

Medio ambiente. Se protege el medio ambiente, al considerar delito conductas hasta ahora impunes como la edificación no autorizada. La novedad es que "se autoriza al juez a adoptar las medidas necesarias para restaurar el equilibrio ecológico alterado por las actividades prohibidas". Belloch explicó que quiere evitar que las meras multas se conviertan en "un coste calculado y asumible para las grandes empresas".

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Discriminación. Se introduce una agravante para los delitos contra las personas por el origen étnico o nacional de la víctima. Se crea también el delito de provocación directa a la discriminación, especialmente cuando se lleve a cabo a través de los medios de comunicación. Entre los protegidos contra la discriminación laboral o pública se incorpora a los homosexuales y a los minusválidos.

Penas a periodistas. Los excesos periodísticos sólo le sancionan económicamente y nunca con cárcel. Para Belloch, las denuncias contra autoridades o funcionarios, si son veraces, "es decir, contrastadas, son penalmente irrelevantes". La calumnia o injuria "mediante precio, recompensa o promesa" permitirá inhabilitar al periodista de seis meses a dos años.

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