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TRIBUNALES

Revocada la pena a una abogada que denunció y malos tratos a detenidos

El Tribunal Supremo ha revocado la condena a seis meses de prisión por un delito de calumnias impuesta a la abogada Blanca Ferrer García, que denunció en un diario regional malos tratos a cuatro detenidos en la Jefatura Superior de Policía de Pamplona.

La abogada, que asistió de oficio a los cuatro detenidos, "sientiéndose una convidada de piedra", remitió una carta al diario Navarra Hoy en la que denunciaba "malos tratos policiales" a sus espaldas durante interrogatorios que se prolongaron "durante cuatro y seis horas" y en los que "hubo tortas a granel, y no precisamente de dulce".Por estas afirmaciones, Blanca Ferrer fue condenada por la Audiencia Provincial de Navarra a seis meses y un día de prisión y a 30.000 pesetas de multa como autora de un delito de calumnias. (falsa imputación de un delito).

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Segunda, Enrique Ruiz Vadillo, señala que no hay calumnia "cuando el sujeto actuó de buena fe, a través de un contenido mínimo, ético social, incluso cuando en ello haya excesos". El alto tribunal entiende que no se produjeron los malos tratos denunciados por la letrada, ya que el forense que reconoció a los detenidos no observó ninguna patología y la "garantía extrema" que supone la intervención del juez concluyó con el archivo de las diligencias.

No obstante, la sentencia dice que si los detenidos "denuncian malos tratos a su abogada, aunque se archiven las correspondientes diligencias y si algunos mantuvieron esta postura en el juicio oral, aunque otro no lo hiciera, todo ello no priva de credibilidad a las manifestaciones de la procesada".

Añade que la abogada "no pretendía difamar, sino informar y denunciar", aunque "la exteriorización de estas inquietudes pudo canalizarse con más eficacia a través de la autoridad judicial o del fiscal".

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