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Los médicos temen perder competencias ante los enfermeros

El actual texto de anteproyecto de ley sobre competencias profesionales del personal de enfermería ha sido mal acogido por los colegios profesionales médicos y de enfermería, hasta el punto de que su discusión ha sufrido un momentáneo parón. La Organización Médica Colegial (OMC) estima que la "ambigüedad" del texto -10 colegios han mostrado ya su oposición- podría permitir que se "invadan competencias de los facultativos", y desaprueba que el borrador hable de una relación de "colaboración" entre profesionales de enfermería y médicos, en lugar de "subordinacióno dependencia".

Por el contrario, el Consejo General de Enfermería rechaza el anteproyecto por el papel que da al médico de coordinador de estos profesionales. La OMC, en cambio, prefiere hablar de "dirección médica y no coordinación". Portavoces del Ministerio de Sanidad niegan que el texto, al que no dan un valor definitivo, genere invasión de competencias y defienden la necesidad de que estos 150.000 enfermeros/as y 60.000 auxiliares de enfermería se hallen siempre bajo la coordinación de médicos.Por otro lado, Ricardo Ferré, presidente de la OMC, ha recordado a la Administración que el pasado 26 febrero se puso de relieve en la reunión en Berlín del Comité Permanente de médicos de la Comunidad Europea la necesidad de que se elabore una directiva comunitaria en la que se recojan los perfiles de las profesiones paramédicas y se definan sus campos de actividad profesional.

Esta iniciativa partió de los médicos españoles y fue favorablemente acogida por los demás países, segun Ferré, autor de la definición de acto médico propuesta: "Acto médico es aquella actividad autónoma sobre la persona humana a efectos preventivos, curativos o paliativos en orden a la investigación, detección, diagnóstico, prescripción, tratamiento y rehabilitación de la salud, cuya realización está reservada por la ley a los profesionales con aptitud científica y corporativa acreditada por la posesión del título universitario procedente y por la inscripción en el colegio profesional correspondiente".

"Imprecisiones del texto"

En consecuencia, Ferré entiende que "pretender ahora hacer una definición ambigüa de alguna carrera paramédica como la de enfermería implica el grave riesgo de que una directiva comunitaria, con categoría de ley supranacional, la eche posteriormente por tierra". "Por otra parte", estima el presidente de la OMC, "el proyecto español está cargado de imprecisiones, cuando en Europa se pretende que se hagan definiciones con cretas y minuciosas de cada profesión sanitaria".Tras expresar la OMC y el Consejo General de Enfermería sus reticencias ante el citado borrador se desconvocó la reunión prevista para el pasado día 18 entre las partes afectadas y Sanidad, según fuentes de ambas organizaciones. En Sanidad se admite sin ambages el parón sufrido por el anteproyecto, cuya entrega a las partes interesadas se juzga "prematura", y se afirma la voluntad de discutir y consensuar el texto con las partes afectadas. El anteproyecto reconoce que desde principios de siglo las funciones y titulaciones de los profesionales de enfermería han ido evolucionando para "dar cabida a la transformación de su cometido en relación con el progreso de la atención a la salud".

"La profesión de enfermería tiene por objeto la prestación de cuidados a los individuos y comunidad mediante acciones dirigidas al fomento de la salud, prevención de las enfermedades y accidentes y asistencia y rehabilitación de las personas en los supuestos de enfermedad y accidente. Todo ello en estrecha colaboración con el resto de los profesionales de la salud y básicamente como parte del equipo asistencial coordinado por el médico", reza el anteproyecto. "¿Y si no quieren colaborar, qué pasa?", se pregunta un directivo de la OMC, que estima que si sale tal cual la ley crearía "150.000 minimédicos".

Directivos de la OMC también desaprueban las funciones docentes que el borrador atribuye a este colectivo para "la formación de personal de enfermería y la de otros profesionales integrantes del equipo de salud". "Se quieren enseñar a sí mismos, en lugar de que les enseñe los facultativos, que tienen mayor competencia", dice un directivo de la OMC. También se otorga a los profesionales de enfermería labores de investigación para perfeccionar los cuidados al paciente y se les faculta para realizar funciones de gestión y administración sanitaria con miras a racionalizar la atención al enfermo.

Luis Ricardo Rodríguez Díaz, secretario general del Consejo General de Enfermería, desaprueba el anteproyecto porque sitúa la labor de este colectivo bajo la coordinación de los médicos. "No queremos arrebatar competencias al médico. Somos una profesión con funciones propias. Debe haber colaboración y no coordinación. El médico tiene un labor de diagnosticar y curar y nosotros la de cuidar al enfermo", explica.

Requisitos de titulación

El anteproyecto establece que para ejercer de enfermero/a se requiere ser diplomado en enfermería o ayudante técnico sanitario, enfermera, matrona o practicante. El texto, según los médicos, desfinda con mayor rigor las fronteras de competencias entre auxiliares de enfermería y enfermeros/as que entre éstos y los facultativos.Para ejercer de auxiliar de enfermería se exigirá el título de formación profesional de primer grado (rama sanitaria) y se homologará como tales a quienes al entrar en vigor la ley vengan desempeñando estas funciones. Estos auxiliares tienen como labor el cuidado de los pacientes en lo relativo a su higiene, alimentación, actividad y reposo en colaboración con el enfermero, cuyas decisiones han de cumplir y al que han de mantener informado sobre las incidencias que surjan.

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