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TRIBUNALES

Piden que el Gobierno indemnice por una muerte causada por disparos de un policía

El próximo jueves, 30 de junio, ante la sala tercera del Tribunal Supremo, se planteará la reclamación de Pilar Torres García y de sus siete hijos contra el Ministerio del Interior y la Administración central del Estado, por considerar que son responsables de la conducta supuestamente imprudente de un policía que el 8 de junio de 1974, en Barcelona, disparó contra el marido de la demandante provocándole la muerte. Pilar Torres solicita una indemnización de 10 millones de pesetas.

La historia de este caso judicial se remonta al 8 de junio de 1974, cuando tres funcionarios de la Jefatura Superior de Policía fueron comisionados a Badalona para proceder a la detención de un hombre al que conocían bajo el nombre de Pepe-Luis.Tras seis horas de vigilancia ante su domicilio, se desencadenaron unos confusos incidentes, que tuvieron como escenario la soledad de un descampado, a causa de los cuales falleció José Luis Herrero Ruiz, de un disparo en el corazón, que le había sido efectuado por la espalda a poco menos de un metro de distancia.

El 19 de junio, 11 días después del suceso, el subinspector de segunda Sebastián Trapote Gutiérrez, autor de los disparos que provocaron la muerte del ciudadano, se presentaba ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona para explicar el suceso y asegurar que la muerte de José Luis Herrero se produjo de manera accidental, cuando después de una carrera lograron detener al presunto delincuente y le estaban colocando las esposas. Aseguró el policía que el detenido estaba de cara a la pared, mientras le estaban poniendo las esposas, cuando, de súbito, se volvió esgrimiendo en su mano una navaja. En ese instante, según su propia declaración, el policía disparó por efecto reflejo.

La versión, cuando menos, fue calificada de inverosímil por los familiares de la víctima, que consideraban que en el mejor de los casos se había cometido una negligencia profesional. Por ello decidieron poner el caso en manos de un abogado.

Indultado y sobreseído

Las acciones judiciales emprendidas por los familiares de José Luis Herrero ante los tribunales penales fueron sobreseídas el 6 de diciembre de 1977 por la Audiencia Provincial de Barcelona, al considerar que los hechos quedaban acogidos a los indultos de 1975 y 1977.Al abogado querellante le quedaba la posibilidad de plantear una demanda por la vía civil, demanda que quedó desestimada en una sentencia dictada el 25 de junio de 1980.

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Barcelona, al, desestimar la demanda del abogado reclamante, señalaba que el caso era competencia del Tribunal Contencioso Administrativo. Aducía como antecedentes más próximos las sentencias del 4 y 31 de octubre de 1981 en las que se contemplaban las reclamaciones planteadas por las muertes provocadas por los disparos de un policía nacional y un guardia civil, respectivamente, resoluciones que habían sido dictadas por la jurisdicción contencioso-administrativa.

En un intento de agotar la vía civil, y antes de emprender la contencioso-administrativa, el letrado Marc Viader Pericás ha decidido llevar el caso ante la sala de lo civil del Tribunal Supremo.

Cuando, el próximo jueves el abogado plantee el caso ante los magistrados y reclame el derecho de ejercer la reclamación, por la vía civil e insista en que se otorgue la indemnización de 10 millones, habrán pasado nueve años desde la muerte de aquel ciudadano, y César, su primogénito, contará 18 años de edad.

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