Una sentencia anula los criterios que regulan lo que pagan los beneficiarios de una ayuda de la Dependencia
La Audiencia Nacional entiende que los acuerdos que fijaron el copago debían haberse recogido en un decreto
La Audiencia Nacional ha anulado los criterios por los que se regula la participación económica de los ciudadanos en el coste de los servicios y prestaciones que reciben por la Ley de Dependencia, es decir, los porcentajes que han de pagar los dependientes (mediante el copago) en función de la ayuda que reciben, sea una plaza en una residencia geriátrica o en un centro de día, por ejemplo. Y se anula por una cuestión de forma. La Audiencia entiende que falta un decreto en el que se recojan aquellos acuerdos a los que llegaron el Gobierno y las comunidades en 2008.
La sentencia, ante un recurso del Cermi, la plataforma que agrupa a las asociaciones de los discapacitados, deja sin efecto esos porcentajes acordados, pero no estima el recurso que pretendía anular el resto de criterios que se fijaron en aquellas reuniones para establecer el copago, es decir, la renta de las personas, si tienen vivienda en propiedad, etcétera.
Ante esta sentencia cabe recurso. El Gobierno debería redactar ese decreto, que habría de pasar primero, según los servicios jurídicos del Cermi, por el Consejo Nacional de la Discapacidad y por el Consejo Territorial de la Dependencia. Podría hacerlo cuanto antes o recurrir y esperar. Los expertos consultados entienden que esta sentencia no tendrá una repercusión práctica inmediata sobre los ciudadanos, pero habrá que modificar documentos, porque las comunidades implementaron el copago en sus territorios a partir de aquel acuerdo que no se formalizó en un decreto.
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