Las líneas rojas para los presos
Si la banda terrorista desapareciera, sus reclusos podrían acceder a permisos y libertades condicionales, pero de forma individual y previa petición de perdón
ETA está moribunda, caminando probablemente hacia su desaparición. En las cárceles españolas hay cinco centenares de internos de la organización terrorista expectantes. El colectivo oficial de presos suscribió mayoritariamente el pasado 23 de septiembre el Acuerdo de Gernika, que pide a ETA un alto el fuego irreversible y solicita a la vez al Estado "el cese de la política penitenciaria" contra los reclusos etarras. El lehendakari, Patxi López, ha hablado de un "acercamiento progresivo de los presos a Euskadi si ETA desaparece de forma definitiva", declaraciones sobre las que el ministro del Interior, Antonio Camacho, dijo que eran "una opinión a tener en cuenta". El fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, fue más allá. Dijo que si la banda se disuelve, "la justicia será generosa".
Pero los jueces no pueden ser generosos, sino que deben limitarse a aplicar la ley, como enseguida matizaron el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, y el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido. Y las normas para condenados por terrorismo son claras -salvo que el Parlamento decida aprobar reformas legales si ETA desaparece-. ¿Cambiaría en algo la situación legal y penitenciaria de estos presos en caso de que ETA anunciara su fin definitivo e irreversible?
- Amnistía e indultos. Una amnistía general no cabe en el ordenamiento jurídico español. "Están prohibidas por la Constitución", indica el juez central de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis de Castro. "Es una pretensión imposible. La ley solo recoge la posibilidad de que el juez o tribunal proponga indultos individualizados, que deben ser después concedidos por el Ministerio de Justicia. En delitos de esta gravedad, como mucho, y en algunos casos, pueden proponerse indultos parciales [que afectan solo a una parte de la condena] de forma individualizada y limitada, cuando se ha cumplido al menos la mitad de la pena y se considera oportuno por la evolución del delincuente. El indulto, en todo caso, no podrá exceder de 120 días por año de condena".
- Acercamiento. La dispersión de los presos de ETA es una decisión política, no legal. Por lo tanto, este Gobierno, o el que se forme tras las elecciones generales del próximo 20 de noviembre, podría tomar la decisión que entienda más adecuada en función de las circunstancias. Ahora mismo hay 24 presos de ETA en cárceles del País Vasco. Son los que han seguido la llamada vía Nanclares (localidad en la que está situada la prisión de Álava), que incluye apartarse de la banda, rechazar la violencia, pedir perdón a las víctimas y asumir las responsabilidades civiles derivadas de sus delitos. Extinta ETA, y una vez haya entregado las armas, el Ejecutivo de turno podría llevar a cabo los acercamientos en las nuevas cárceles de Nanclares de Oca -inaugurada el pasado 21 de septiembre, con 720 celdas- y en la de Pamplona, con 504 celdas, cuya apertura está prevista para enero de 2012. Son los centros penitenciarios Norte I y Norte II. En Gipuzkoa se está construyendo un centro nuevo con 500 celdas, que sustituirá a la vieja cárcel de Martutene.
- Progresiones de grado y permisos. Los presos de la banda apenas acceden a segundos grados -con la posibilidad de salir de permiso ordinario cuando se cumplen los requisitos-. La disciplina interna del colectivo les lleva a seguir las directrices de la banda y cumplir los txapeos -encierros en la celda-, colgar carteles o negarse a comer. Estos comportamientos les llevan a ser clasificados en primer grado, a cumplir la pena en régimen cerrado y a no salir de la prisión hasta la extinción total de la condena. Este tipo de conductas se han reducido durante los últimos meses. Los expedientes disciplinarios que han llegado al juzgado de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional -de etarras en un 95%- se han rebajado ostensiblemente a lo largo del año. Fueron 3.820 el año pasado. En 2011, hasta septiembre, apenas rondan los 1.000. Por lo tanto, con un comportamiento normalizado, los presos podrían progresar al segundo grado y llevar un régimen de vida ordinario en la cárcel, con más horas fuera de la celda, y podrían salir de permiso tras haber cumplido una cuarta parte de la condena.
- Libertad condicional. La legislación española permite a los reclusos acceder a la libertad condicional tras haber cumplido dos terceras partes de la pena. Incluso se puede adelantar el plazo si el preso ha participado en ciertas actividades. Los terroristas, en cambio, deben haber cumplido al menos tres cuartas partes de la condena, haber repudiado la violencia y pedido perdón a las víctimas. Desaparecida ETA, ¿qué ocurriría? "Estos requisitos están pensados para miembros de una organización terrorista que sigue activa. Si no lo está, quizá el legislador tendría que establecer requisitos comunes y homogéneos para todos los delitos", opina Antonio Cuerda, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos, que dirige un proyecto de investigación en el que jueces y penalistas estudian las distintas opciones legales para encarar el fin de ETA.
- Artículo 100.2. Como vía intermedia antes de conseguir el tercer grado y la libertad condicional, queda el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite aplicar aspectos del tercer grado -salidas de prisión- a reclusos que están en segundo. Es la vía que se ha aplicado en Nanclares. Pero cada 100.2 tendrá que ser individualizado. En la cárcel alavesa solo 8 de los 24 presos de ETA tienen este régimen, que se aplica de forma restrictiva. El 63% de los presos que lo tienen cumplen en realidad las condiciones para la libertad condicional.
- El perdón. Si ETA desapareciera, ¿seguiría siendo necesaria la petición de perdón a las víctimas para acceder a la libertad condicional? Porque, aunque la mayor parte de los presos aboga por el fin de la violencia, no todos hacen una revisión crítica de los 50 años de existencia de ETA. El artículo 90 del Código Penal solo dice que la colaboración del recluso con el fin de la violencia "podrá" acreditarse mediante este reconocimiento del daño causado. "Pero la petición de perdón individual creo que es y será necesaria en todo caso", opina el juez José Luis de Castro. "A cualquier preso se le exige, para la concesión de beneficios penitenciarios, que asuma el hecho delictivo. La única diferencia es que a los terroristas se les pide que el perdón sea expreso. Difícilmente habrá un buen pronóstico de reinserción si no se arrepienten".
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