La Fiscalía rebaja de tres a dos años la petición de pena a La Manada por el presunto abuso sexual de Pozoblanco
El ministerio público mantiene la reclamación de cuatro años de cárcel por un delito contra la intimidad por la grabación de los hechos y su difusión en dos grupos de WhatsApp
“Si una llamada de auxilio se hubiera producido por estas fechas, seguramente la hubieran creído, porque desde entonces hasta ahora han proliferado este tipo de delitos, pero entonces, no”. Esta frase de Blas Arévalo, el abogado de la víctima de Pozoblanco de La Manada, ilustra la soledad y el desconcierto al que tuvo que enfrentarse la joven cuando el 1 de mayo de 2016 tuvo la certeza de que algo malo le había ocurrido durante el viaje de vuelta desde la feria de Torrecampo a su ciudad natal, pero del que nada recordaba. También desde entonces ha evolucionado la respuesta social a la hora de tratar con el estigma de quienes han sufrido delitos contra la libertad sexual. Este cambio se produjo a raíz de la violación cometida por La Manada en los sanfermines de 2016. Poco podía imaginarse la joven cordobesa entonces que ella también fue su víctima.
Este jueves ha concluido el juicio por aquellos hechos: los tocamientos en los pechos que le realizaron cuatro de los cinco miembros del grupo a la joven de Pozoblanco mientras estaba inconsciente en su coche. La última cita con la justicia de La Manada ha terminado con un giro en la petición de penas en las conclusiones finales de las partes. La Fiscalía ha reducido de tres a dos los años de prisión por abuso sexual que pide para los cuatro integrantes del grupo. El ministerio público sí ha mantenido los cuatro años de cárcel por un delito contra la intimidad por la grabación de esos hechos y su difusión en dos grupos de WhatsApp y la pena de multa a Alfonso Jesús Cabezuelo, el militar del grupo, por lesiones leves, al haber golpeado a la víctima tras negarse a hacerle una felación. La acusación popular ejercida por la Asociación Clara Campoamor ha reclamado para este último cinco años de cárcel por un delito de agresión sexual al entender que en sus actos sí existe “violencia e intimidación”.
El abogado de la defensa ha insistido en solicitar la libre absolución para sus clientes por entender que la prueba en la que se basa toda la acusación –el vídeo– es nula. En el caso de que el juez la declarara válida, ha solicitado dos años de prisión para José Ángel Prenda por un delito de maltrato de obra en concurso con otro contra la intimidad (Prenda es quien grabó y difundió las imágenes), una multa de un mes para Jesús Escudero, el peluquero de La Manada, por un delito de maltrato; y para Cabezuelo y el guardia civil Antonio Manuel Guerrero, seis meses de cárcel por un delito contra la integridad moral en concurso con otro de vejaciones. El letrado de la víctima ha sido el único que no ha modificado su petición inicial y ha reclamado dos años y seis meses por los abusos sexuales; cuatro años y tres meses por el delito contra la intimidad y la multa contra Cabezuelo por lesiones leves.
El fiscal Jesús Aparicio –que ha manifestado su sorpresa ante la decisión de la acusación particular de acusar de agresión sexual a Cabezuelo– ha argumentado, para justificar la rebaja de la pena de prisión por el delito de abusos que la agravante de vulnerabilidad del artículo 180.3 del Código Penal se encuentra incluido en el propio tipo penal de abusos del 181 por el que se juzga a los acusados. “Contemplarlo sería vulnerar el principio de non bis in ídem y juzgar dos veces el mismo hecho”, ha señalado. Para la abogada de la Asociación Clara Campoamor, Patricia Catalina, “el testimonio de la víctima tiene mayor valor probatorio” en los delitos contra la libertad sexual, según ha señalado citando la jurisprudencia del Tribunal Supremo y es en sus declaraciones en lo que se ha fundamentado para elevar la petición de abuso a agresión para Cabezuelo, puesto que no ha modificado el relato de los hechos.
En el caso de Pozoblanco, aunque solo hay grabaciones de 26 segundos de un trayecto de 30 minutos –la distancia entre la feria de Torrecampo donde la mujer conoció a sus presuntos agresores y la localidad cordobesa en la que vivía– pudo haber sucedido algo más, de acuerdo con la letrada. “La víctima confesó a la psicóloga forense que el moratón con el que se encontró a la mañana siguiente era similar a los que le salen cuando tiene relaciones sexuales”, ha señalado Catalina, recordando el testimonio de la profesional. También ha hecho alusión al testimonio de otro de los amigos de la joven que testificó el martes y aseguró que cuando ella lo llamó por la mañana le dijo: “Me han violado”.
La última sesión ha resumido las cuatro jornadas del juicio: una pugna entre la defensa y la acusación por la validez de las grabaciones, el pilar fundamental sobre el que se apoyan los cargos contra La Manada y de las que se deduce buena parte de los hechos que han sido juzgados. Desde el primer día, la defensa ha buscado remarcar la ausencia de una autorización judicial expresa para poder investigar en los móviles de La Manada en fechas anteriores al 7 de julio de 2016, cuando violaron a la joven de Madrid en un portal de Pamplona, argumentando que la intención final de los policías forales de Navarra que dieron con los vídeos de Pozoblanco era “confirmar las sospechas de que podían haber cometido otros delitos con anterioridad”, según ha sostenido su abogado, Agustín Martínez Becerra. El defensor también ha buscado restar intencionalidad sexual a los tocamientos de sus clientes y desvirtuar el delito de lesiones contra Cabezuelo, apoyándose en las declaraciones del médico forense. En la sesión del miércoles, el profesional determinó que el color del hematoma al que la víctima le tomó una foto la mañana posterior a su agresión determinaba que se habría producido con más antelación que las horas que transcurrieron desde que dejó al militar y capturó la imagen.
"Usted tiene que enfrentarse a lo que pase fuera"
En sus alegatos finales, el letrado ha aludido el rechazo social que genera La Manada para victimizarla y apremiar al juez. “Estamos ante una justicia vengativa y popular. Cualquier sentencia que difiera de lo que ya está decidido socialmente se encontrará con el rechazo de la opinión pública. El juez que resuelva contra los grupos de presión puede ser tildado de loco, de insensible o de tener un problema particular”, ha asegurado. “Usted, su toga y sus puñetas tienen que dictar una sentencia y enfrentarse a lo que pase fuera. Me da la sensación de que el fiscal no va a ser ajeno a las hordas externas”, ha advertido en referencia a la decisión del ministerio público de rebajar la pena por abusos sexuales.
Del otro lado, la Fiscalía y las acusaciones, además de defender el procedimiento para obtener las grabaciones –apelando a que el consentimiento de los acusados a que se revisaran sus móviles en sanfermines avalaba que se indagara en todo su contenido, y que, ante el hallazgo de un hecho delictivo, existe la obligación legal de investigar– han puesto el énfasis en el desasosiego de la víctima durante los meses en los que sabía que algo le había pasado, pero no podía probar el qué, y en su determinación a la hora de interponer la denuncia en cuanto tuvo constancia de lo que había sucedido. También en el trauma posterior, agravado por la exposición mediática en un pequeño pueblo de la sierra norte cordobesa, donde todos se conocen y donde la denunciante ha atravesado por el proceso de desnaturalización que implica pasar de ser una joven de 21 años a convertirse en “la víctima de La Manada”.
La credibilidad de la víctima, en la que la acusación popular sustancia sus argumentos para elevar el tipo penal de abuso sexual a agresión para Cabezuelo, también ha sido tenida en cuenta por el fiscal para mantener el delito de lesiones leves contra el militar. “Aquí la única prueba es el testimonio de la víctima y yo la creo”, ha señalado Aparicio. La defensa ha puesto en duda la verosimilitud de la joven, recordando que varió sus versiones sobre la llegada a su casa con Cabezuelo y en que es su falta de credibilidad la que provocó el rechazo de su pueblo. “No fueron los vídeos, no fueron ellos [en alusión a los acusados], fue que no dijo la verdad”, ha señalado el letrado.
En todos estos días, a los acusados solo se les ha escuchado en el arranque del juicio para declararse inocentes. Se acogieron a su derecho a no declarar al no dar validez a la prueba del vídeo que los incrimina. Hoy, sin embargo, ha sido Prenda quien ha cerrado el juicio: “Reconozco haber grabado en el móvil de Antonio Manuel [Guerrero] y haberlo pasado sin el conocimiento de ninguno de ellos”. Con sus palabras, buscaba exculpar al resto de sus compañeros del delito contra el derecho a la intimidad. El resto, los tocamientos en el pecho, las risas bajas mientras lo hacía, su abogado ha considerado que están exentos de intención sexual y solo pueden circunscribirse a un maltrato de obra y a vejaciones. Le toca al juez decidir.
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