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Estrasburgo condena a España a indemnizar a una saharaui cuya hija no volvió a Tinduf tras un verano en Murcia

La Corte de Derechos Humanos estima que se vulneró el derecho al respeto de la vida familiar.- La chica, que fue dada en acogida a una familia y lleva nueve años en España, no volverá al Sáhara

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dictaminado hoy que España vulneró los derechos de Knana Saleck Bardi, una mujer saharaui cuya hija no volvió a los campos de Tinduf (Argelia) tras un viaje a España para pasar el verano. La Corte estima que se violó el artículo 8 de la Convención de Derechos Humanos, que garantiza que toda persona tiene derecho a que se respete su vida privada y familiar. Por eso condena a España a pagar 30.000 euros en concepto de "perjuicio moral".

La chica, que se quedó en Cartagena (Murcia) con una familia de acogida a la que finalmente un juez otorgó su tutela en 2007, no volverá a los campos de Tinduf. Su madre, que al principio reclamaba que le fuera devuelta, reconoce que la chica está "perfectamente integrada" en España y que su repatriación implicaría separarla de su entorno actual "para hacerla vivir en condiciones de vida muy duras".

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En 2002, Saltana, de nueve años, llegó a Cartagena para pasar dos meses con una familia de acogida en uno de los programas de vacaciones de la Asociación de Amigos del Pueblo Saharaui. Su estancia, sin embargo, se fue prolongando porque sufría una enfermedad hepática y necesitaba cuidados médicos. Dos años después, su madre solicitó su regreso. Poco después, el Gobierno de Murcia asumió su tutela porque se estimó que la menor estaba en situación de abandono.

Se inició así un largo periplo judicial que terminó en 2007, cuando un juez de Murcia otorgó la custodia de Saltana a la familia que la acogía desde 2002. Un largo camino que el Tribunal de Estrasburgo considera en su sentencia "excesivo". "El paso del tiempo, consecuencia de la inercia de la Administración y de la falta de coordinación entre los servicios competentes, ha contribuido de manera decisiva a la integración de la menor en su familia de acogida y en su vida cotidiana en Murcia", dice el fallo, que reconoce que el paso de los años ha dificultado mucho la vuelta de la chica con su madre. "Las autoridades españolas no han hecho los esfuerzos adecuados y suficientes para hacer valer el derecho de la demandante a que su hija volviera y, por tanto, se violó su derecho al respeto de la vida familiar garantizado por el artículo 8", afirma la sentencia.

La madre de Saltana había solicitado una indemnización de 150.000 euros, una cifra que España y su defensa consideraron "excesiva" por la "ausencia de toda vida familiar" entre madre e hija desde 2001, cuando la mujer entregó a otra persona a la menor en Tinduf, porque la demandante vivía en Mauritania. Así, el Tribunal de Derechos Humanos condena a España finalmente a pagar a Knana Saleck Bardi 30.000 euros por daños morales que ya no pueden ser reparados, y a cubrir los gastos de su defensa.

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