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El juez que luchó por disfrutar del permiso de maternidad de 16 semanas

Xermán Varela ve en la sentencia una “llamada de atención” sobre la situación de las mujeres autónomas, ya que su pareja, que es abogada, no pudo dejar de trabajar

Un padre con su bebé en brazos.
Un padre con su bebé en brazos.GettyImages

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a disfrutar de un permiso de maternidad de 16 semanas por el nacimiento de su hija a un juez gallego casado con una abogada por cuenta propia que no pudo suspender su actividad profesional. Xermán Varela Castejón, titular del juzgado de instrucción 2 de Pontevedra, está convencido de que esta sentencia pionera “abre una puerta importante para empezar a regular los derechos tanto de las madres autónomas, falsas y verdaderas autónomas, que no están suficientemente protegidas” como los de los padres que quieren "participar en los cuidados de sus hijos y que estaban desprotegidos”.

En opinión de este juez, la puerta no se abrirá solo para profesionales del ámbito judicial. Varela sostiene que si se consolida esta línea jurisprudencial “podrían beneficiarse trabajadores de otros sectores, pero hay que esperar a ver cómo lo interpretan los tribunales y la Administración”, puntualiza. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo corrige a la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que concedió a este magistrado un permiso de maternidad de 10 semanas, y no de las 16 que él había solicitado, para centrarse en los cuidados de su hija, después de que el presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le denegase la licencia por maternidad basándose en la ausencia de previsión legal y reglamentaria que amparara ese derecho.

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El magistrado, delegado de Jueces para la Democracia en Galicia, reclamó ante el alto tribunal gallego la baja de maternidad en 2016, cuando nació su hija, toda vez que su pareja, entonces abogada por cuenta propia, no pudo suspender su actividad profesional para atender al bebé. “Mi compañera no renunció a la baja de maternidad”, señala el juez. Sencillamente, ella “no tenía derecho a prestaciones” y, como recoge la sentencia, el pago único de la Mutualidad General de la Abogacía no le permitió suspender la actividad profesional. El Tribunal Supremo deja claro que el pago único por parto y lactancia recibido por la madre no es equiparable a un pago por prestaciones.

La Sala ha aplicado en este caso el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores que establece que en los casos en los que la madre no tiene derecho a suspender su actividad con las prestaciones propias del sector, el otro progenitor tiene derecho a suspender su contrato de trabajo por el periodo que le hubiese correspondido a la madre y siendo compatible con el permiso de cuatro semanas de paternidad.

El tribunal destaca que “resulta obvio que el permiso parental tiene una significación muy distinta para los progenitores, para el cuidado del menor y para el del propio interés general a la del simple percibo de una cantidad que resarza de gastos de maternidad y lactancia”.

Varela Castejón cree que la sentencia marca un punto de partida para el reconocimiento de a regulación de las madres que son autónomas. “Antes de que mi compañera diese a luz estuvimos varios días en el hospital y era increíble verla pegada al móvil y al ordenador atendiendo a sus clientes y enviando escritos ante la imposibilidad de suspender las vistas pendientes”, cuenta el juez una situación que, en su opinión “en buena parte de los casos, aunque evidentemente no en todos, podría solucionarse con el aplazamiento” de esas diligencias judiciales. “Es cuestión de regularlo; hay que buscar fórmulas, porque está claro que no todos los casos tienen la misma urgencia que, por ejemplo, un desahucio”.

Reconoce que su pareja y él son unos privilegiados. Al no prosperar la reclamación que presentó ante el alto tribunal gallego cuando nació su hija, el magistrado pidió una excedencia voluntaria, sin sueldo, para cuidar a la pequeña durante nueve meses. Ahora se le retribuirán las 16 semanas que le reconoce el Tribunal Supremo. “Nosotros pudimos permitirnos esperar y dar la batalla”, sostiene, convencido de que ahora “es imprescindible” regular la situación de las mujeres autónomas ante la maternidad . “Hay que cambiar la Ley, zanja alentado por el anuncio del Consejo Genera de la Abogacía Española (CGAE) de que presentará en los próximos días ante el CGPJ una propuesta de protocolo sobre suspensiones de vistas.

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