_
_
_
_

Condenado el Ayuntamiento de Pamplona por colocar la ikurriña en el chupinazo de San Fermín 2017

El juzgado niega que derogar la Ley Foral de Símbolos avale la colocación de la bandera vasca

Vista desde el balcón del Ayuntamiento de Pamplona antes del chupinazo de 2017. En vídeo, el chupinazo de San Fermín 2017.Vídeo: JESÚS DIGES (EFE) / ATLAS

Por segunda vez durante su mandato, el alcalde de Pamplona, Joseba Asirón (EH Bildu), recibe una decisión judicial que desautoriza la colocación de la ikurriña en la fachada del Ayuntamiento de la capital navarra. Como ya ocurrió con los primeros Sanfermines de Asirón al frente del consistorio, en 2015, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pamplona ha dado la razón al recurso presentado tanto por la Abogacía del Estado y por Unión del Pueblo Navarro, principal partido de la oposición, por la colocación de la bandera vasca en el inicio festivo, el 6 de julio de 2017. La sentencia obliga al Ayuntamiento a hacerse cargo de los costes del proceso, que ascienden a 8.000 euros entre las dos partes recurrentes.

Más información
Colocada la ikurriña en la fachada del Ayuntamiento de Pamplona minutos antes del chupinazo
Los Ayuntamientos navarros podrán colocar la ikurriña a partir de verano
Así ha sido el chupinazo de los Sanfermines 2017

El pasado chupinazo en Pamplona se une a otros actos festivos en los que se colocó la ikurriña el pasado verano y han sido declarados no ajustados a la ley por parte tanto de juzgados y del Tribunal Administrativo de Navarra, al que también recurrió UPN en casos como los de los cohetes festivos de Tafalla, Berriozar, Villava, Olazti, Barañain y Estella. Esos fallos llegan pese a la derogación en marzo de 2017 de la Ley Foral de Símbolos de 2003, que prohibía expresamente la colocación de banderas diferentes de la española, navarra, europea y la de cada localidad.

En el caso de Pamplona, el juez argumenta que esa derogación “no regula ni ampara la exhibición de la bandera de otra comunidad autónoma” ya que esa posibilidad no está recogida en la Ley de 1981 que regula el uso de la bandera de España y otras enseñas. La sentencia señala, como ha hecho en otros casos similares, que es necesario “remitirse a otra ley que a día de hoy no ha sido aprobada” para que se recoja amparo legal a la colocación de esa bandera en los Ayuntamientos que así lo decidan.

La asesoría jurídica del ayuntamiento analiza ahora la sentencia para decidir si presentan recurso de apelación a esta sentencia. El consistorio esgrime el precedente de una sentencia del Supremo de 1993 que avaló la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento navarro de Oteiza de la Solana con la misma norma que rige en Navarra, la ley nacional de 1981. El consistorio, en una nota, apela a la “filosofía incluyente en materia de símbolos” de la Ley Foral 3/2017, por la que se derogó la normativa de símbolos aprobada en 2003 por UPN, CDN y PSN. Sin embargo, esa filosofía está recogida en su exposición de motivos, pero en lo que se refiere al texto normativo refiere únicamente la derogación de la “Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra” y añade una disposición transitoria que reseña que mientras “no se apruebe una nueva Ley de Símbolos se mantendrá como himno de Navarra el denominado Himno de las Cortes”.

El portavoz de UPN, Enrique Maya, ha calificado la condena de “una consecuencia de las obsesiones de Asirón y su agenda nacionalista”. El regionalista ha reseñado que el regidor “ocultó sus intenciones hasta el último momento por pura cobardía política”. Se refiere a que el Gobierno municipal no comunicó la decisión de colocar la bandera vasca en la fachada el 6 de julio pasado hasta dos horas antes del mediodía, cuando se lanza el cohete anunciador de las fiestas, cuando ya estaba colocado incluso un quinto mástil en la fachada desde primera hora de la mañana. En 2015 el Ayuntamiento fue condenado por fraude de ley al colocar la ikurriña en ese mismo acto amparándose en que la ley foral de 2003 permitía el izado de banderas diferentes de las oficiales como detalle protocolario cuando se producen visitas oficiales. Asirón invitó entonces a varias parlamentarias vascas, algo que el Tribunal Superior de Justicia consideró que era un fraude de ley.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_