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La Audiencia de Navarra pidió inspeccionar al juez del voto particular de La Manada

El Poder Judicial niega que le llegaran las quejas sobre Ricardo González

Miles de personas se manifiestan en Pamplona en contra de la sentencia de La Manada.
Miles de personas se manifiestan en Pamplona en contra de la sentencia de La Manada.PABLO LASAOSA

La Audiencia Provincial de Navarra envió recientemente varios informes al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) para que se los transmitiera al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el funcionamiento de la Sección Segunda, donde se integra el magistrado Ricardo González, autor del voto particular de la sentencia contra La Manada en la que pedía la absolución de los acusados. Los dos últimos informes fueron en noviembre de 2017 y en marzo de 2018, e hicieron referencia al retraso en la redacción de sentencias y a sus resoluciones "anómalas", según señalan fuentes jurídicas de la Audiencia de Navarra.

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Esas dos reclamaciones coincidieron con el juicio a La Manada, y la de marzo se debió a la dilación en la redacción de su voto particular, algo especialmente delicado cuando se trata de un caso en el que los acusados se encuentran en prisión provisional.

A pesar de ello, el órgano de gobierno de los jueces ha asegurado que en su actual mandato "no ha tenido entrada en el Servicio de Inspección ninguna comunicación de la Audiencia Provincial de Navarra solicitando seguimientos e inspecciones en relación a la actuación profesional del magistrado Ricardo González". Sin embargo, el CGPJ sí reconoce que en 2018 se ha registrado una petición para que visite las Secciones Segunda y Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, "sin indicación de motivo extraordinario para la visita". Ricardo González pertenece a la Sección Segunda.

Además, el Poder Judicial informó de que no existen expedientes disciplinarios abiertos al magistrado González en los últimos cuatro años. Las únicas informaciones públicas relacionadas con el juez se remontan a marzo de 2008, cuando el TSJN pidió iniciar un expediente de jubilación por incapacidad permanente al magistrado, un automatismo del CGPJ en los casos de baja prolongada por enfermedad de un juez. González llevaba más un año de baja, según ha sabido este periódico.

Fuentes de la Audiencia de Navarra subrayan que el CGPJ y el TSJN debieron actuar "antes": "Teníamos la evidencia de que se trata de un juez con el que tenemos problemas y que esos problemas han generado muchísimo trabajo y muchas demandas de revisión e inspecciones, como sabe el CGPJ".

La magistrada y actual portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados, Margarita Robles, declaró en referencia a esta polémica que "el necesario apoyo que el CGPJ ha de prestar a los jueces no puede hacerse en detrimento ni menoscabo de ninguna víctima de delito y mucho más cuando se trata de mujeres objeto de salvajes agresiones". Robles pidió al CGPJ que "adopte las medidas necesarias de seguimiento".

Suspensión por seis meses

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspendió por seis meses, en julio de 2001 y por retrasos injustificados y reiterados en sus funciones, al magistrado Ricardo Javier González. La sanción, impuesta por falta muy grave, tuvo en cuenta que el magistrado necesitó más de dos años para resolver una causa de separación y divorcio, algo que ya le había sucedido anteriormente. Esa resolución fue confirmada por el Supremo en 2003, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

En esa sentencia del Supremo se recuerda cómo la Comisión Disciplinaria del CGPJ incoó expediente a González en julio de 2000. El magistrado se defendió señalando que los retrasos que habían dado lugar al referido expediente se referían a dos procesos concretos, y por tanto no eran reiterados.

El Supremo rechazó el recurso del juez contra la sanción y recordó que el magistrado había sido "sancionado anteriormente". En 1997 se le impuso una multa de 200.000 pesetas impuesta por retrasos como juez del Juzgado de Primera Instancia de Bilbao y en 1999 se le impuso otra sanción de 55.000 pesetas por retrasos (esta fue sin embargo anulada en 2003 por el Supremo). También se le sancionó con una multa de 50.000 pesetas y una advertencia, además de otra multa que acabó minorada a 600 euros por el alto tribunal, todas ellas por retrasos.

Fuentes del Consejo han informado de que el juez no ha sido expedientado o sancionado en los últimos cuatro años.

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