Condenado a 7.200 euros de multa el organizador de la pitada al himno en la Copa del Rey 2015
El juez considera en su sentencia que Santiago Espot es autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España

La Audiencia Nacional ha condenado este viernes al presidente de la organización independentista Catalunya Acció, Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros como promotor de la pitada al himno, en presencia de Felipe VI, en la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el FC Barcelona y el Athletic de Bilbao, disputada el 30 de mayo de 2015. El juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, considera en su sentencia a Espot autor de un delito de injurias a la Corona y otro de ultrajes a España al considerar que su actuación no estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión.
El magistrado, además de rechazar en la sentencia que el contenido del manifiesto venga amparado por el derecho a la libertad de expresión, le recuerda a Santiago Espot que el bien jurídico protegido es la Institución de la Corona, que integra la estructura constitucional. El magistrado le sitúa como autor "de un plan preconcebido y planificado por el mismo" que ejecutó con el "deliberado y firme propósito de ofender y menospreciar al jefe del Estado español y al himno nacional".
La Fiscalía pedía para Espot una multa de 14.400 euros como autor de los delitos de injurias al Rey y de ultraje a España y señalaba que para la ejecución de su plan publicó el 28 de mayo de 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció, un manifiesto titulado Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón.
Durante la vista celebrada el pasado 12 de diciembre, Espot negó que él o la asociación que preside compraran o distribuyeran silbatos antes de la final y dijo que no asistió al partido celebrado en el Camp Nou en 2015. Sí reconoció que es un "activista político" en favor de la independencia de Cataluña.
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