El Supremo corrige al Poder Judicial y readmite a Francisco Serrano como magistrado
El CGPJ rechazó el reingreso del juez tras ser condenado a dos años de inhabilitación
El Tribunal Supremo ha corregido la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de expulsar de la carrera a Francisco Serrano y lo ha readmitido como magistrado, según el fallo de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Serrano fue condenado por un delito de prevaricación culposa en 2011 a dos años de inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por cambiar el régimen de visitas de un menor para garantizar su salida en una procesión de Semana Santa de Sevilla. En julio de 2012, el Supremo elevó la pena hasta los 10 años, pero el Constitucional la anuló hace ahora poco más de un año.
En su resolución, fechada este miércoles, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por Serrano contra la decisión del Poder Judicial y la anula "por no ser conforme a Derecho". Pese a que el Constitucional hizo firme la sentencia del TSJA, el pasado marzo, el CGPJ rechazó la solicitud de Serrano para reingresar en la carrera al considerar que esa condena bastaba para que "haya perdido su condición de magistrado, al margen de los recursos que, posteriormente, se resolvieron sobre su proceso". Asimismo, estableció que si deseaba ingresar en la carrera judicial tendría que hacerlo mediante la superación de cualquiera de los modos de ingreso, como cualquier otro ciudadano.
Ahora, el Supremo explica que entre las causas de incapacidad se encuentran haber sido condenado, procesado o inculpado por delito doloso, pero no figura la condena por delito culposo, ni la condena a pena de inhabilitación especial que le fueron impuestas al magistrado. Eso sí, el tribunal recuerda que el delito de prevaricación es uno de los más graves que pueda cometer un miembro de la carrera judicial. "Tras tanto tiempo, se ha hecho justicia y vuelvo a la carrera judicial", ha asegurado Serrano tras conocer la sentencia, informa Europa Press. Por otro lado, el tribunal ha rechazado la petición del magistrado para que se le reconozcan todos sus derechos económicos y administrativos.
Los hechos por los que fue condenado ocurrieron en marzo de 2010. Como juez de primera instancia de Sevilla, Serrano prolongó durante dos días las vacaciones de un menor con su padre con el fin de que el niño de 11 años pudiera salir en la madrugada del Viernes Santo como paje de una cofradía. La decisión fue adoptada sin dar audiencia a la madre, al aceptar el juez la medida cautelar solicitada por el abuelo del menor y tras expresar el niño su deseo de participar en la procesión. Como consecuencia de la querella presentada por la madre del niño, Serrano fue condenado a dos años de inhabilitación como autor de un delito de prevaricación culposa, pues el TSJA entendió que había obviado las medidas familiares fijadas por un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y fue absuelto de un delito de prevaricación dolosa. Tras el recurso de casación presentado por la madre, la Sala Segunda del Tribunal Supremo apreció intencionalidad en los hechos, le consideró autor de un delito de prevaricación dolosa y elevó la pena a una década. Esta elevación de la pena fue anulada por el Constitucional en octubre de 2016.
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