Exonerado un teniente que llamó “puta” y “zorra” a una sargento
La juez militar cree que estas expresiones "malsonantes y soeces" no constituyen delito
Los términos “puta” y “zorra” que el teniente D. R. S. empleó para dirigirse a la sargento C. D. A. “no son nunca admisibles, no solo en las Fuerzas Armadas sino en cualquier ámbito de la vida, pero es lo cierto que los mismos no pueden sino catalogarse como meras expresiones malsonantes y soeces, pero que en ningún caso presentan entidad penal”. Así lo concluye la titular del juzgado togado militar territorial 11, que ha dictado el archivo de las diligencias previas abiertas contra el oficial por el trato a su subordinada jerárquica.
El auto explica que, tras una cena de despedida en el Club Militar La Dehesa (Madrid), ambos fueron a tomar copas con otros militares y el teniente intentó que su subordinada le mostrara sus tatuajes, lo que esta rechazó. Cogiéndola por la cintura, dijo que estaba “dura como una puta”. Posteriormente, al negarse la suboficial a invitarle a una copa, el teniente la llamó “zorra”. También arremetió contra un cabo que fue testigo del incidente y avaló la versión de ella, a quien le espetó: “Hijo de puta, te voy a meter el flequillo por el culo”.
La suboficial se quejó igualmente de que su jefe le envió Whatsapps en los que le decía “tu sigue llevando canalillo” o “es que no te vendes bien ese cuerpo”; pronunciaba en su presencia frases del tipo “ojo, cómo está la sargento”; o que le recriminara que otra suboficial le hubiera “meado encima”. En otra ocasión cambió sus órdenes, desacreditándola, y en una celebración le habló de manera despectiva haciéndola llorar.
La juez considera que estas conductas no encajan con los delitos de acoso sexual o laboral, ya que “no hubo ninguna solicitud o insinuación de contenido sexual” por parte del oficial y que la sargento “no daba muestras con su actitud de sufrir esa sensación concreta de humillación o degradación grave [...], antes al contrario, solía seguir el cuento al teniente en sus bromas”. Para la juez, no resulta creíble la explicación de la sargento, quien declaró que había dicho al teniente que viniera a tomar copas con los demás militares “por pena”.
Según la juez, “existía entre ambos una relación que iba más allá de lo estrictamente profesional” y la supuesta amistad “diluye esa connotación ofensiva que podrían tener los términos empleados” por el teniente.
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