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El Gobierno allana el camino para que Pérez de los Cobos entre en el Tribunal de Estrasburgo

Rajoy limita a 61 años la edad de los aspirantes y deja fuera a María Emilia Casas

Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, presidente del Tribunal Constitucional
Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, presidente del Tribunal Constitucional Claudio Alvarez

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes las pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección del juez en representación de España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. El Gobierno tiene un favorito claro: el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, que dejará este órgano en las próximas semanas. 

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Las condiciones aprobadas por el Gobierno para los aspirantes incluyen una novedad respecto a convocatorias anteriores: los aspirantes no pueden tener más de 61 años. Esta condición allana el camino de Pérez de los Cobos porque deja fuera a la que podría ser su principal rival: la también expresidenta del Constitucional María Emilia Casas, que ha cumplido 66 años.

El mandato del actual juez titular en representación de España en el tribunal europeo, Luis López Guerra, designado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ya ha expirado y el Ejecutivo debe abrir un plazo para que se presenten candidaturas y proponer un sustituto. Fuentes del Gobierno han confirmado que es la primera vez que se incluye un límite de edad para aspirar al puesto. Estas fuentes argumentan que se ha tomado esta decisión para propiciar que el elegido pueda mantenerse en el cargo los nueve años que dura el mandato, ya que el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos exige que los jueces del tribunal europeo deben ser menores de 70 años. Al cumplir esta edad, deben abandonar el cargo.

Abstención en los casos de España

Si es elegido juez del TEDH, Francisco Pérez de los Cobos estaría obligado a abstenerse en los casos en los que haya participado como magistrado del Constitucional. En la práctica, tendría que ausentarse en todas las causas que afectan a España excepto en las relativas al derecho a la propiedad, que no pasan por el Constitucional. Esta situación no gusta en el tribunal europeo porque obliga a costear el trabajo de los jueces ad hoc (sustitutos) con una tarifa que supera los 1.000 euros al día.

María Emilia Casas, presidenta del Constitucional entre 2004 y 2011, había expresado a su entorno su decisión de aspirar al puesto. Tanto Casas como Pérez de los Cobos cumplen el resto de condiciones, similares a las de años anteriores: tener nacionalidad española y un elevado conocimiento de uno de los dos idiomas oficiales del tribunal (inglés y francés) y al menos suficiente conocimiento pasivo del otro.

El convenio por el que se rige el tribunal exige que los candidatos sean “personas que gocen de la más alta consideración moral y reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de altas funciones judiciales o ser jurisconsultos de reconocida competencia, no pudiendo ejercer durante su mandato ninguna actividad que sea incompatible con las exigencias de independencia, imparcialidad o disponibilidad necesarias para una actividad ejercida a tiempo completo”. Los dos expresidentes del Constitucional estarían en condiciones de acreditar este requisito, aunque Casas cuenta a su favor con que Europa quiere corregir el déficit de mujeres en sus tribunales (ahora solo hay 16 de 47 miembros en el TEDH).

El PSOE presentará este jueves en el registro de Congreso una pregunta dirigida al Gobierno en la que muestra su sorpresa por la inclusión de esta condición de la edad en la convocatoria para el nombramiento, que “no tiene precedentes ni está justificada”.“Establecer los 61 años como edad máxima deja fuera del procedimiento a toda una generación de juristas de excepcional y reconocida competencia, a los que les queda más de una década de ejercicio profesional, académico o judicial en plenitud de facultades”.

En el texto se recoge la doctrina del propio Tribunal Constitucional de defensa del artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad ante la Ley de todos los españoles, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

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