Una reforma temeraria del proceso penal
La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal se trata de un cambio parcial y expresión de un gran fracaso
Recientemente el Parlamento ha aprobado con los solos votos del Partido Popular una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se dice "para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales".
Se trata de una reforma parcial, expresión de un gran fracaso, el incumplimiento de un compromiso que hizo el Gobierno de Rajoy de hacer la reforma global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, de Alonso Martínez, tan pomposamente anunciada.
Además, una reforma improvisada y llena de contradicciones, pues a la vez que mantiene la figura del juez instructor, atribuyendo a este la dirección, impulso y control de la instrucción, y no al fiscal, en algunas cuestiones clave se le dan a este esas funciones, como si ya estuviéramos en el otro modelo de instrucción, creando una situación que va a ser muy problemática cara al futuro inmediato.
La reforma incluye como medida estrella la reducción del plazo máximo de la instrucción a 6 meses, que de declararse causa compleja sería de 18 meses, prorrogables a instancia de la fiscalía, pero nunca del propio juez instructor, medida que está siendo ampliamente criticada por jueces y fiscales.
A lo largo del debate parlamentario el Grupo Parlamentario Socialista, como otros intervinientes, ya denunciamos que traería la impunidad de muchos delincuentes, sobre todo en delitos complejos como los de corrupción, y que era un signo más de la posición del Gobierno de Rajoy de aparentar luchar contra la corrupción, pero menos.
La rechazamos porque la lectura simplista de que la justicia es lenta porque no existen plazos que impelen al órgano judicial a terminar los procesos es una lectura ridícula y ofensiva hacia los jueces encargados de la instrucción de los procesos. El Gobierno piensa que estos no acaban antes los asuntos porque no quieren, y que simplemente la imposición por ley de unos plazos va a propiciar que lo hagan, aunque la propia ley expresamente afirma que su aplicación no supondrá más medios materiales ni personales.
La lucha contra la corrupción y las formas de criminalidad compleja exigen reformas de más calado e incrementos en las dotaciones personales y de medios materiales, tanto en la administración de justicia como en expertos y policía judicial. Sin más medios la instrucción seguiría siendo lenta, por mucho que se impongan plazos. Se trata, pues, de un brindis al sol, de una mera medida propagandística, que ni va a agilizar la justicia ni a fortalecer las garantías.
Es además una medida temeraria, generadora de inseguridad jurídica para las víctimas, que va a facilitar la impunidad de muchos delincuentes. La reforma no define la verdadera consecuencia del incumplimiento de los plazos, más allá de que por sí sola no dará lugar al archivo de las actuaciones. En muchos procesos penales nos vamos a encontrar con agotamiento de los plazos de prórroga sin finalización efectiva de la fase de instrucción. Lo que va a conducir bien a decisiones precipitadas de cierre sin poder practicar diligencias necesarias, o a calificaciones sin fundamento, siempre en perjuicio de las víctimas, y con el evidente riesgo de que muchos delincuentes queden impunes.
Ya el Consejo Fiscal afirmó que se trataba de un "gran absurdo", aún mayor porque solo se reconoce la posibilidad de solicitud de prórrogas al fiscal y no al propio instructor. Lo que va a generar graves disfunciones que vienen denunciando las asociaciones de jueces y fiscales. Parece que los autores del proyecto de ley desconocen la realidad de las diligencias penales y de las fiscalías, pues en muchos casos los fiscales ni siquiera tienen conocimiento de la existencia de la causa, y , menos aún, de los plazos que lleva abierta.
El Gobierno ha sido insensible a las críticas que se plantearon y ahora deja a los jueces y fiscales esta patata caliente. Un absoluto despropósito.
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