Los españoles que votan en el extranjero pasan del 30% al 5%
El número de electores emigrados que están en el censo CERA crece un 56% en ocho años
Las cifras hablan por sí solas. El 31,88% de los españoles en el extranjero votó en las elecciones generales de 2008. Cuatro años después, en los comicios generales de 2011, el número se redujo al 4,95%. La abrupta caída —de casi 27 puntos porcentuales— refleja el punto de inflexión que ha significado para los electores el llamado voto rogado. El PP y el PSOE cambiaron la ley electoral e implementaron un sistema que desde 2011 obliga a los españoles emigrados a pedir expresamente y en cada proceso ejercer el voto.
El trámite burocrático que el sistema conlleva afecta cada vez a más españoles, básicamente porque el número de electores emigrados y censados ha crecido un 56% en ocho años. La paradoja es que hay más electores españoles en el extranjero, pero, al mismo tiempo, también hay menos votantes. El Censo de Extranjeros Residentes Ausentes (CERA) integra a 1.864.604 de electores españoles emigrados, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), con corte al pasado 1 de agosto. Antes del inicio de la crisis económica, en 2007, el registro incluía a 1.194.350.
A pesar del incremento, solo el 1,98% de los españoles emigrados que podían votar lo hizo en las elecciones al Parlamento Europeo de 2014. La cifra fue del 2,97% en las autonómicas de 2015. ¿La disminución de la participación —o el aumento de la abstención— se debe exclusivamente al voto rogado? No existe una estadística oficial y definitiva que así lo certifique, pero Marea Granate, un colectivo que agrupa a españoles emigrados y que ha documentado casos de personas que no han podido votar por las trabas del sistema, se apoya en cifras como estas para pedir la eliminación del voto rogado.
En principio, el español que reside en el extranjero de manera permanente debe estar registrado en el CERA para poder votar. La inscripción se realiza a través de los consulados, pero Marea Granate critica los "plazos irrisorios" que marca la ley electoral y que inciden en que dicho censo se cierre "sin aviso institucional". La norma estipula que el censo vigente para una elección es el cerrado el primer día del segundo mes anterior al de la fecha de la convocatoria. Es decir, si las elecciones generales del próximo 20 de diciembre se convocan el 27 de octubre, como está previsto, el CERA que se tomará en cuenta es el cerrado el pasado 1 de agosto.
Sin embargo, una vez publicada la convocatoria, la norma también contempla un periodo de ocho días que, en teoría, obliga a los consulados a recibir solicitudes de inscripción en el CERA mediante "reclamación". Una vez presentada dicha reclamación, la oficina diplomática debe enviarla a una delegación de la Oficina del Censo Electoral para incorporar o actualizar los datos del elector. El principal problema: muchos electores no conocen esta información y, sobre todo, los plazos (entre el sexto y el decimotercer día posterior a la convocatoria; en este caso, entre el 2 y el 9 de noviembre).
La española María Rial vive en Berlín desde hace casi un año y aún no decide qué hará: si tomar un vuelo a España o inscribirse en el consulado para intentar votar. Rial pone mucho énfasis en lo de "intentar votar" porque dice que pasar por la "gymkhana electoral" que supone rogar el voto cada vez que hay comicios no garantiza poder hacerlo. "No quiero inscribirme como residente porque conozco demasiados casos de personas a las que las papeletas no les llegaron a tiempo o no les llegaron". ¿Entonces? "Prefiero tomar un avión y votar en España, pero, claro, no todos pueden hacerlo".
Los españoles que no alcanzaron a inscribirse a tiempo en el CERA suelen optar por otra salida: el ERTA (Españoles Residentes Temporalmente Ausentes), un registro que incluye a aquellos electores residentes en España que se encuentran temporalmente en el exterior. Sin embargo, como su nombre dice, no es un registro concebido para residentes permanentes. El elector español que se encuentre en el extranjero y quiera acogerse a esta opción debe acercarse al consulado —entre el 28 de octubre y el 21 de noviembre— para inscribirse en el ERTA y rogar el voto.
Procedimientos distintos
Pero Marea Granate cuestiona que, por la "aleatoriedad" de algunos consulados, los españoles que han querido registrarse en el ERTA en anteriores procesos electorales muchas veces han debido seguir procedimientos distintos. El colectivo ha documentado casos de personas a las que el Consulado de Londres, por ejemplo, les ha pedido una declaración jurada de no llevar más de dos meses en Reino Unido. El periodo se ampliaba a seis meses en consulados de Brasil, según otros casos que llegaron al grupo. En Alemania, en cambio, les habían pedido un certificado de empadronamiento que mostrara el tiempo que llevaban en aquel país. "Ya no sabes con qué te puedes encontrar y lo peor es que, aunque decidas pasar por todos los trámites, puede que las papeletas no te lleguen a tiempo", insiste Rial, portavoz del Grupo de Trabajo Voto de Marea Granate.
Otra vez el tema de los plazos. Al colectivo también le preocupa el tiempo fijado para el envío de las papeletas. Como explican en una guía gráfica que han elaborado basándose en los plazos establecidos en la ley electoral, las papeletas empezarán a distribuirse desde el 30 de noviembre. Sin embargo, la fecha cambia al 8 de diciembre si hay impugnaciones. El elector, a su vez, tendrá que enviar el voto —las papeletas— hasta el 15 de diciembre. Es decir, si hay impugnaciones, solo hay una semana para cumplir el proceso de envío, recepción y de nuevo envío. ¿Una semana será suficiente? La portavoz de Marea Granate responde con un ejemplo concreto: "Si vives en Londres y te envían las papeletas desde Madrid, claro, te pueden llegar a tiempo. ¿Pero qué pasa con aquellos que viven en ciudades o pueblos alejados? El correo llega a Londres y desde la capital va hacia otras ciudades. Si estás en Latinoamérica ya ni te digo".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.