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Rechazada otra demanda de Aznar contra EL PAÍS por los sobresueldos

La Audiencia de Madrid determina que este periódico acuó con "responsabilidad" para publicar una información veraz

La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor que el expresidente del Gobierno José María Aznar interpuso contra EL PAÍS por una información en la que se le identifica como el ideólogo del sistema de sobresueldos en el Partido Popular, además de ser uno de los perceptores de los sobresueldos. La Audiencia, que confirma la sentencia que dictó en mayo de 2014 el Juzgado de Primera Instancia de 3 de Pozuelo de Alarcón (Madrid), determina que este diario actuó con “diligencia y responsabilidad” para publicar una noticia veraz que prevalece sobre el derecho al honor del expresidente. El tribunal condena a Aznar a pagar las costas del proceso.

No es la primera vez que el dirigente del PP pierde en los tribunales en sus reclamaciones contra este periódico. En abril de 2014, el Juzgado de Primera Instancia 4 de Pozuelo desestimó otra demanda interpuesta contra el EL PAÍS  y afirmó que el expresidente no acreditó que el sueldo cobrado del PP cuando ya estaba en el Gobierno era un finiquito

El expresidente del Gobierno demandó a este diario por una información titulada "Las acusaciones de sobresueldos opacos desatan un vendaval en el PP". La noticia explicaba que el sistema de sobresueldos, según fuentes del entorno de los extesoreros del PP, fue ideado por Aznar, que no quería cobrar un sueldo tan abultado como presidente del PP. Entonces se ideó la fórmula de complementar el sueldo oficial con una cantidad mensual para supuestos gastos de representación, pero “que no tributase”.

La Audiencia de Madrid recuerda que la información se publicó en un contexto en el que abundaban las noticias sobre la contabilidad del PP y el “destino o distribución de las donaciones recibidas de particulares entre miembros y dirigentes del partido”. “No obstante, intenta aquilatar la noticia llevando a cabo contactos, por un lado, con personas del partido, además de recoger manifestaciones públicas de dirigentes o miembros relevantes. Y eleva la diligencia y responsabilidad hasta el punto de encargar una prueba pericial caligráfica para intentar contrastar, más aún si cabe, la veracidad de la supuesta contabilidad y la posible distribución de las donaciones recibidas por el Partido Popular”, afirma el tribunal.

Los jueces recuerdan que no es misión de los medios “acreditar” los hechos presuntamente ilícitos o delictivos (“labor que reside en el ámbito de los tribunales”, señalan), “sino informar sobre los mismos con la celeridad, diligencia y respeto de quien asume la responsabilidad de ser titular de un medio de comunicación”.

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