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PP y PSOE votan en contra de impedir la militancia en el Constitucional

Los socialistas alegan que han rechazdo la enmienda por un problema técnico y que la recuperarán en el pleno

El PSOE y el PP sumaron ayer sus votos contra una enmienda que pretende impedir que los magistrados del Tribunal Constitucional puedan militar en algún partido político cuando están ejerciendo sus tareas jurídicas. La enmienda la propuso el grupo catalán ERC y contó con el apoyo de UPyD. Pretendía atajar casos como el de Francisco Pérez de los Cobos, el actual presidente del tribunal, que reveló su militancia en el PP solo cuando ya estuvo en el cargo.

 El PP y el PSOE votaron juntos ayer en la Comisión Constitucional del Congreso en contra de una enmienda que trataba de prohibir la militancia política y sindical a los magistrados del Tribunal Constitucional en el ejercicio de su cargo. La enmienda era del diputado de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Joan Tardà y fue apoyada por UPyD. Los socialistas alegan que no la apoyaron por un problema técnico. Argumentaron que en la ponencia —paso previo a la comisión celebrada ayer— solo estuvieron presentes PP y PSOE y por tanto fue imposible discutirla.

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Fuentes socialistas aseguran que tienen intención de recuperarla e intentar incorporarla en el trámite futuro en el Pleno del Congreso cuando se debata la próxima semana. No saldrá adelante si el PP mantiene su rechazo a la misma.

En 2013, cuando EL PAÍS desveló que el actual presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, había sido militante del PP, la institución hizo pública una nota en la que citaba el auto 226/1988, de 16 de febrero de 1988, que aseguraba que “la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no impide que los magistrados puedan pertenecer a partidos y sólo se les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter directivo”. Es decir, que lo que está prohibido es compatibilizar el cargo de magistrado con la dirección de un partido pero no con la militancia.

La enmienda de ERC pretendía, precisamente, establecer esa prohibición y hacerla equivalente a la de los miembros de la carrera judicial. En ningún caso se refiere a impedir el acceso al Constitucional a aquellas personas que hayan sido militantes de un partido o sindicato. Solo mientras sean miembros del tribunal.

En la polémica que se suscitó en el caso de Pérez de los Cobos, lo que se cuestionó no solo fue la militancia de este —pagó cuotas siendo presidente del Constitucional—, sino que no la comunicara hasta ocupar el cargo, cuando compareció en el Senado como aspirante a magistrado.

El Constitucional siempre ha arrastrado las críticas de estar muy politizado porque los partidos proponen a una parte de sus miembros. Pero cuando se reveló la militancia de Pérez de los Cobos, varios magistrados que han pasado por este tribunal enfatizaron que “jamás han conocido un precedente de un magistrado militante porque no lo permite taxativamente la ley”.

 El PP y el PSOE han acordado en el Congreso cambiar la ley del Constitucional para reestablecer el recurso previo de inconstitucionalidad pero solo para estatutos de autonomía. Es decir, que el tribunal vea los estatutos aprobados en las Cortes antes de que se sometan a referéndum.

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