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Las querellas por humillación a las víctimas, caso a caso

Muchas denuncias acaban archivadas; el derecho a la libertad de expresión prevalece

El artículo 578 del Código Penal castiga con penas de uno a dos años de cárcel a quienes "enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares".

La Asociación Dignidad y Justicia presentó ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional una querella contra Guillermo Zapata, concejal de Ahora Madrid, por un presunto delito de humillación a las víctimas del terrorismo o de sus familiares relacionado con la difusión, hace cuatro años y a través de su cuenta personal de Twitter, de varios mensajes ("Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcaser para que no vaya Irene Villa a por repuestos" o "¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? en el cenicero").

La Fiscalía sostiene que esos tuits escritos por Zapata en el pasado pueden suponer, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, "descrédito (disminución o pérdida de la reputación de las personas o del valor y estima de las cosas), menosprecio (poco aprecio, poca estimación, desprecio o desdén) y humillación (herir el amor propio o dignidad de alguien, siempre referido a las víctimas del terrorismo o sus familiares)".

No es la primera vez que la Audiencia Nacional abre una causa a cuenta de querellas o denuncias contra personas que han difundido mensajes, han hecho declaraciones, escrito canciones o distribuido vídeos que las víctimas del terrorismo han considerado humillantes.

Caso Facu Díaz, archivada la denuncia

Utilizaba escenografía de la banda terrorista ETA para denunciar la corrupción en el PP. El 29 de junio de 2014, Facundo Díaz, guionista y presentador del programa La Tuerka News difundió un vídeo en el que pretendía denunciar la corrupción en el PP mediante una historia que contaba como este partido se disolvía porque se quedaba sin gran parte de sus miembros, encarcelados por corrupción. Un encapuchado anunciaba en el vídeo de Facundo Díaz la disolución del PP con una escenografía similar a la que utilizaba ETA para comunicar el abandono parcial o definitivo de las armas. La denuncia de la Asociación Dignidad y Justicia fue admitida a trámite en la Audiencia Nacional y el autor del vídeo fue citado a declarar como imputado. Díaz explicó al juez instructor, Javier Gómez Bermúdez, que en ningún momento se planteó ofender a las víctimas, que rechazaba rotundamente la actividad criminal de ETA y que la idea motriz de su vídeo era que el PP se disolvía porque sus dirigentes estaban en prisión por casos de corrupción. En la película también se pedía "el acercamiento de presos y presas populares a Andorra o a algún sitio donde se coma bien". Díaz lo justificó porque consideraba que Andorra transmitía mejor la idea de paraíso fiscal donde los corruptos ocultan su dinero. El juez consideró que las explicaciones de Díaz eran coherentes dado que en el mismo vídeo se aludía a la "entrega de las cuentas suizas" o a la "inmediata puesta en libertad de nuestro ideólogo Luis Bárcenas".

El juez Gómez Bermúdez decidió el archivo definitivo de la denuncia tras escuchar a Díaz con los siguientes argumentos: "Sin hacer juicios valorativos sobre el buen o mal gusto de la escenografía usada o sobre el uso de algo tan terrible como el terrorismo para hacer un espacio de humor -lo que puede haber herido la sensibilidad de aquellos que lo han sufrido directamente con enorme dolor-, lo cierto es que objetivamente el scketch no integra el tipo objetivo y subjetivo del artículo 578, debiendo concluir que la conducta objeto de investigación es atípica desde la perspectiva del delito de descrédito, menosprecio o humillación a las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares".

Caso Pablo Hasél. Condena de dos años

El "discurso del odio" frente a la libertad ideológica. El Tribunal Supremo confirmó la condena de dos años de cárcel que impuso la Audiencia Nacional al rapero Pablo Rivadulla Duró, conocido como Pablo Hasél, por un delito de enaltecimiento del terrorismo. El cantante había alojado en la página web de Youtube varias canciones propias en las animaba a atentar contra representantes del PP y del PSOE y ensalzaba los atentados de Grapo, ETA, Al Qaeda y otros grupos terroristas. "No me da pena tu tiro en la nuca, pepero”; “que alguien clave un piolet en la cabeza de José Bono” o “donde muchos comunistas ni conocen a los Grapo, yo sí respeto a quien más de un cerdo mató”, proclamaba Pablo Hasél en alguna de sus canciones..

El rapero confesó en el juicio que era el autor de las canciones y de sus letras, y que las había difundido amparado por su derecho a la libertad de expresión ideológica. El Supremo valoró la importancia de haber distribuido esos mensajes de sus canciones a través de Youtube, donde llegaron a tener 13.722 reproducciones y ratificó la condena al rapero con el siguiente argumento: "El discurso del odio no está protegido por la libertad de expresión ideológica. Este es un ejemplo de la difusión de mensajes inaceptables penalmente y frente a los que la política de prevención del crimen debe ir por delante. La música es el envoltorio, la cáscara, lo relevante penalmente es la letra de tales canciones donde está el mensaje".

Denuncia de Colau contra Cifuentes, que tildó a la PAH de filoetarra

Archivada. La presidenta autonómica Cristina Cifuentes declaró el 25 de marzo de 2013, cuando ejercía de Delegada del Gobierno en Madrid, que en la Plataforma Antidesahucios que lideraba Ada Colau, hoy alcaldesa de Barcelona, había "ciertas inquietudes de apoyos a grupos filoetarras o proetarras". Colau presentó una demanda contra Cifuentes. La Fiscalía y la Abogacía del Estado, ésta en defensa de Cifuentes, defendieron el derecho a la libertad de expresión de la entonces Delegada del Gobierno y pidieron el archivo de la demanda. La juez consideró que "la señora Cifuentes no calificó a la señora Colau o a la Plataforma como 'filoetarras' o 'proetarras', sino que utilizó esta expresión para referirse a los mencionados grupos de la izquierda abertzale y que tampoco se refirió a la demandante como terrorista". "No se utilizaron términos directamente peyorativos, vejatorios o injuriosos, ni tampoco se imputó a la actora la comisión de hechos delictivos, puesto que la vinculación con grupos y partidos políticos de la izquierda abertzale no lo es (...) Las declaraciones de Cifuentes se produjeron en el ámbito de la vida política y sobre hechos de trascendencia social y absoluta actualidad en el momento en que se realizaron".

Las declaraciones de la delegada del Gobierno, según interpretó la juez que instruyó este caso, quedaban amparadas "por un derecho constitucionalmente reconocido, la libertad de expresión, el cual se vería restringido en forma incompatible con la Constitución y el Convenio Europeo de Derechos Humanos si se antepusiese a ella el derecho al honor de la señora Colau".

Caso Albert Pla. 100 euros por declarar: "Mataría a los de Podemos"

El músico catalán Albert Pla ha sido condenado a pagar 100 euros de multa por una falta de amenazas relacionada con declaró en una entrevista: "Mataría a los de Podemos y plataformas ciudadanas. Ahora todavía no llevan guardaespaldas. Es mejor acabar ahora". Una activista vinculado a Podemos en Valencia denunció al cantante por considerar sus declaraciones una amenaza.

El Tribunal Supremo ha interpretado en distintas sentencias que "en esta clase de delitos es importante no solo el tenor literal de las palabras pronunciadas sino también el sentido o la intención con que han sido utilizados". Guillermo Zapata declaró a EL PAÍS un día después de que se conocieran sus tuits antiguos. "Quiero pedir perdón a las personas que se hayan visto afectadas por los tuits que he realizado a lo largo de estos años, el contexto en el que se hicieran no justifica generar dolor ajeno a nadie. Dirigiré cartas personales a las personas que se hayan visto afectadas, y en especial una a la comunidad judía explicando mi absoluta condena a aquello que he ido expresando, para decirles que no soy antisemita y rechazo todo tipo de violencia, no he sentido jamás ninguna simpatía por el terrorismo y mi respeto a las víctimas es absoluto independientemente de los tuits. Estamos hablando de haber generado dolor en otras personas, eso no es un debate sobre la expresión de opiniones políticas, hay una línea muy distinta. Si yo considerara que estamos hablando solo de opiniones políticas, no estaría aquí, pero consideró que se está hablando de generar dolor".

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