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El TSJ de Valencia suspende hasta junio el primer juicio de Gürtel

Los jueces creen que así podrá darse tiempo a las partes para estudiar a la documentación

Pablo Crespo atiende a los medios de comunicación.Foto: atlas | Vídeo: Atlas
Ignacio Zafra

El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha decidido este miércoles suspender hasta el 11 de junio el primer juicio a la trama Gürtel y varios antiguos cargos de la Generalitat valenciana, a quienes la Fiscalía y los socialistas atribuyen el amaño de concursos públicos por importe de cinco millones de euros. El aplazamiento del proceso había sido solicitado por las defensas de los 13 acusados de amañar concursos públicos. El ministerio fiscal y el PSOE, que ejerce la acusación popular, se habían opuesto, recordando que el Tribunal Supremo instó a finales de 2014 a los jueces valencianos a celebrar el juicio "sin dilaciones". Los magistrados han considerado que así podrá darse tiempo a las partes para estudiar a fondo la documentación que procede de la parte troncal de la causa y para que la abogada de oficio de una de las acusadas, Mónica Magariños, pueda ponerse al día respecto a la causa.

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Durante la segunda jornada del juicio la Fiscalía Anticorrupción ha rechazado las “alegaciones masivas de nulidad” planteadas por los acusados y a los excargos de la Generalitat valenciana. El ministerio público ha defendido el trabajo de Baltasar Garzón, que inició la instrucción de la causa en la Audiencia Nacional, y ha atribuido a las defensas de los presuntos cabecillas de la red corrupta haber desplegado una “maniobra dilatoria” e incurrir en un “auténtico fraude procesal”.

Contra lo que dijo el abogado de Francisco Correa en la primera jornada del juicio que se celebra en el Tribunal Superior valenciano, los fiscales han mantenido que no se le detuvo ilegalmente en febrero de 2009, cuando el caso salió a la luz. “Es sorprendente que tras seis años de procedimiento, y pese a haber presentado multitud de recursos en su momento para solicitar la libertad cuando se hallaba en prisión, sea la primera vez que se alegue una vulneración tan grave. Esto demuestra la debilidad del argumento”.

Según la Fiscalía, el supuesto no es similar al ocurrido en el caso Malaya porque Correa fue detenido “para llevar a cabo diligencias indispensables”, como registros en varias dependencias. Durante el periodo de 72 horas desde su arresto fue puesto a disposición judicial, lo que desde el punto de vista del ministerio público implica que volvió a “computarse el plazo” de detención legal. Anticorrupción considera que el Supremo ya avaló una situación parecida hace dos años.

Frente a las alegaciones de politización del proceso y mala fe por parte de los fiscales realizadas por las defensas en la primera jornada del juicio, el ministerio público ha respondido este miércoles que desarrolla su labor “con pleno respeto a los derechos fundamentales” y ajustándose a su función de “defender la legalidad y a la sociedad con absoluta imparcialidad”. “Si tenemos que tomar iniciativas que beneficien a los acusados, lo haremos, como establece nuestro estatuto orgánico”, ha añadido.

No existe, para la Fiscalía, violación de derechos en la intervención de las comunicaciones

El ministerio público ha defendido la "imparcialidad" del tribunal, que considera "fuera de toda duda". "Será la representación de Pablo Crespo quien piense que nos encontramos ante un juicio político, porque nos encontramos ante un juicio penal. No nos corresponde a ninguno de nosotros valorar cuestiones políticas", ha afirmado la Fiscalía. Sobre la recusación de uno de los tres magistrados de la Sala, Juan Climent, por haber trabajado en la Consejería de Presidencia del Ejecutivo valenciano a principios de la década de los años ochenta, cuando gobernaban los socialistas, el ministerio público ha considerado que "por el momento en que se alega" (el primer día de juicio) y por "las imprecisiones" con que se efectuó "debería rechazarse". Crespo "puede tener dudas en su mente" sobre la imparcialidad de Climent, pero para recusarlo, según Anticorrupción, debería especificarse "qué amistad íntima o enemistad manifiesta" lo justifican, como recoge la ley.

Tampoco existe, para la Fiscalía, violación de derechos en la intervención de las comunicaciones autorizadas judicialmente, cuya legalidad fue respaldada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y fueron utilizadas en el juicio del caso de los trajes celebrado en Valencia. El ministerio fiscal se ha opuesto a la petición de los letrados de los jefes de Gürtel de anular el procedimiento debido a la grabación de conversaciones entre Pablo Crespo, considerado número dos de la red, y su abogado en prisión. Unas intervenciones de las comunicaciones que fueron expulsadas del procedimiento e implicaron la condena del juez Garzón por parte del Tribunal Supremo. Según los fiscales, la justicia ya suprimió entonces las pruebas conectadas “íntimamente” con tales grabaciones. Y los acusados, según el ministerio público, “fueron incapaces de concretar ninguna otra prueba que debiera anularse”.

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Sobre la firma

Ignacio Zafra
Es redactor de la sección de Sociedad del diario EL PAÍS y está especializado en temas de política educativa. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS. Es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster de periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid y EL PAÍS.

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