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La APM pide suprimir las reformas más relevantes de la Ley del Poder Judicial

Los magistrados conservadores creen que el texto limita su libertad de expresión

Fernando J. Pérez
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el pasado 22 de mayo.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, el pasado 22 de mayo.Miguel Ángel Molina (EFE)

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), de carácter conservador, ha presentado un informe ante el Ministerio de Justicia en el que pide la supresión o la reforma en profundidad de los aspectos más relevantes de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que presentó el pasado abril el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. La corporación mayoritaria entre los jueces inscritos en asociaciones –aproximadamente la mitad de los casi 5.000 jueces y magistrados españoles- considera que el texto aprobado por el Consejo de Ministros limita de forma “innecesaria” su libertad de expresión y supone una “injerencia del poder legislativo sobre el poder judicial”, entre otras críticas.

El informe del Gabinete de Estudios e Informes de la APM, de 124 folios, analiza los artículos más controvertidos del anteproyecto de Ley Orgánica, en el mismo orden en que aparecen en el texto, pendiente de modificación en las Cortes. El estudio supone un varapalo para el Ejecutivo, precisamente desde la asociación conservadora, sobre el papel la más proclive a aceptar sus reformas.

La APM pide la eliminación de los artículos de la reforma en los que se establece el carácter vinculante y de “obligada aplicación” para los jueces de la jurisprudencia del Tribunal Supremo. El rechazo, más que con el fondo de la cuestión, tiene que ver con la “forma abrupta” en que ha sido introducida esta reforma en el anteproyecto, sin “intentar establecer un mínimo consenso” con la “comunidad científica y jurídica en general”. “Resultaría altamente perjudicial para la credibilidad de nuestro Estado de Derecho, que un elemento tal trascendental para la seguridad jurídica como el sistema de fuentes [del Derecho] que ha de regir nuestra Nación estuviese sometido a vaivenes”, consideran los magistrados conservadores.

El texto elaborado por el Ministerio de Justicia prohíbe a los jueces y magistrados individualmente y a las asociaciones judiciales “hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los Tribunales y sobre las resoluciones judiciales”. La APM considera que esta prevención deriva de un “escenario irreal” –dice que no hay jueces inquietados por las valoraciones de otros compañeros- y sostiene que los excesos que pudieran cometerse, perseguibles en la vía disciplinaria, “nunca justifican la genérica prohibición” que contiene la reforma de Gallardón.

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Una de las innovaciones más llamativas del anteproyecto es la creación de tribunales colegiados, formado por tres magistrados, para la investigación de una serie de causas de especial complejidad, tanto por los tipos de delito como por el volumen. Esta medida busca apartar a los llamados jueces estrella de las causas más relevantes para la opinión pública. La APM arranca su crítica diciendo que la instrucción colegiada responde a un “supuesto excepcional” y debe ser de “utilización restrictiva”, y pide que en estos tribunales las investigaciones sean dirigidas por un magistrado que actúe a modo de “director de instrucción”.

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Los magistrados conservadores rechazan que los presidentes de Sala, los magistrados que dirigen a los jueces de la misma jurisdicción en tribunales superiores de comunidad autónoma, la Audiencia Nacional y el Supremo, puedan, cuando lo crean oportuno, presidir cada una de las secciones. La APM pide retirar este artículo: “El Presidente de la Sala, designado discrecionalmente, no debería intervenir discrecionalmente en cualquier asunto, sin más exigencia que su propia voluntad, porque ello supone alterar el Juez ordinario predeterminado por la ley”, señalan.

Uno de los preceptos que más radicalmente rechazan los jueces y que ya figura en la vigente Ley Orgánica es la posibilidad de que el ministro de Justicia pueda solicitar al Consejo General del Poder Judicial “la práctica de determinadas actuaciones inspectoras en cualquier Tribunal”. Esto supone, según la AMP, “una injerencia del poder legislativo sobre el poder judicial que puede evitarse acudiendo a otras vías” y reclaman que se elimine en el nuevo articulado.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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