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El Constitucional rechaza el recurso de amparo del kamikaze de Valencia

El tribunal considera que no existe la violación de ningún derecho fundamental

María Fabra

El Tribunal Constitucional ha rechazado admitir a trámite el recurso de amparo que el kamikaze de Valencia a quien indultó el Gobierno, Ramón Jorge Ríos Salgado, presentó contra la sentencia del Tribunal Supremo que anuló este indulto.

En su fallo el Constitucional apunta que se produce un 'manifiesta inexistencia de vulneración de un derecho fundamental en amparo'. Es decir, el fallo del alto tribunal no supone que se avale la sentencia del Supremo, sino que el tribunal no llega a analizarla debido a que los derechos que alega el recurrente en su escrito no pueden ser objeto del amparo.

 El Gobierno indultó al kamikaze a 13 años de prisión por matar a un joven de 25 años tras conducir durante cinco kilómetros en dirección contraria por la AP-7, en el tramo Silla-San Juan (Valencia), en diciembre de 2003. En noviembre, el Tribunal anuló la concesión de la medida de gracia en una votación muy ajustada —19 votos a favor y 17 en contra— de los 36 magistrados de la Sala de lo Contencioso.

El Supremo aprovechó un defecto de forma para anular la concesión de una prerrogativa que corresponde al Ejecutivo y que no precisa de una motivación. La decisión del tribunal fue la de reclamar al Gobierno la correción del defecto detectado, para lo que dio un plazo de tres meses. Pero el Ejecutivo de Rajoy optó, tras el clamor y la denuncia social por de indulto, la ejecución de la sentencia, que se dará a conocer en los próximos días, quedará en suspenso durante tres meses. El objetivo de esta demora es que “el Gobierno pueda, en su caso, subsanar los defectos” que han motivado esta decisión, según el Supremo.

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