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Ingeniería jurídica "a la valenciana"

 ¿Existe en la conducta de Francisco Camps y Rita Barberá indicios delictivos en relación al caso Noos?

Uno diría, después de leer los titulares de la noticia según la cual el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha decidido denegar la imputación de los políticos citados, que no existen esos indicios. 

¿Es completamente verdad?

Si se lee el auto, he aquí la conclusión obvia: no, no lo es.

El auto dice que el instructor, juez Castro, ha desarrollado una "amplia y prolija instrucción". 

Añade: "No podemos negar que allí se nos relatan unos hechos que a priori parecen presentar una claros indicios delictivos, ya que de un lado por lo que se refiere a las ediciones del evento conocido como “Valencia Summit”, como resulta de las declaraciones de las personas que intervinieron en su tramitación dentro de la entidad CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS, S.A. (en adelante CACSA), la negociación o el expediente de contratación de las tres ediciones celebradas se limitó a transcribir el borrador de convenio facilitado por el Instituto Noos a papel con membrete de la entidad CACSA, sin realizar ningún estudio previo sobre su repercusión, trascendencia y valor, salvo quizá la incorporación de sendos ambiguos, vagos e imprecisos informes jurídicos, cuyas fechas es incluso discutible que coincidan con una valoración o estudio previo, dando la impresión, como se dice en la exposición razonada, de que sencillamente se elaboraron con el fin de vestir a posteriori el expediente. Lo que desemboca finalmente en que nuestras instituciones públicas efectuaran un importante desembolso económico, superior a un millón de euros por edición, en pago de un servicio cuyo valor real y utilidad es profundamente discutible. De manera similar a lo que ocurre en el marco de la FUNDACION TURISMO VALENCIANA CONVENTION BUREAU (en adelante FTVCB), que ante la propuesta cerrada que efectúa CACSA, haciendo honor a un no bien definido convenio de colaboración lo aprueba su patronato, abonando la mitad de dicho importe.

Conntinúa el auto: "Como igualmente ocurriría con el convenio suscrito con objeto, no solo de lograr la celebración de una competición deportiva ámbito europeo con reconocimiento oficial, sino que además tuviera por sede nuestra comunidad. Para lo cual el Instituto Noos recibe una subvención de 3.000.000 €, que le serian entregados previa justificación del gasto, de los que tras lo que se nos presenta como un control superficial de las facturas aportadas, únicamente se le entrega una cantidad cercana a su 10% , al recibir efectivamente una cantidad ligeramente superior a los 380.000 €, siéndole rechazadas la totalidad de las restantes partidas, por no quedar justificadas, por no corresponder a ese proyecto, o por aparecer duplicadas, entre otros motivos, e incluso tras la más amplia investigación llevada a cabo por el instructor, puede incluso cuestionarse hasta qué punto ese 10% también responda a unos trabajos reales, ya que no podemos dejar de mencionar, como relata la exposición, el nulo valor del expediente o informe elaborado, integrado por lo visto en su mayoría por documentos carentes de cualquier utilidad o trascendencia, el cual incluso pudiera haber quedado perdido en algún despacho o archivo no bien definido sin abrir."

 Y, estas evidencias, sin duda son indicios criminales.

 El auto admite: "Por lo que indudablemente existen una serie de conductas que claramente puedan revestir los caracteres de delito, pero no olvidemos que como hemos señalado en el anterior fundamento, eso no nos puede bastar, sino que a la par ha de quedar justificado un principio de prueba que permita detectar suficientes indicios como para afirmar que, precisamente, los aforados han tenido una participación personal y directa en ellos. No debiendo olvidar tampoco, que no estamos hablando de falta de diligencia, de visión, de precipitación, sino de responsabilidad criminal, que en cuanto tal exige que pueda ser aislada una conducta directamente imputable a cada uno de los hoy puestos en entredicho, que de forma directa y voluntaria haya supuesto la realización de la acción penalmente reprobable, que es lo único que justificaría nuestra intervención, estando en caso contrario especialmente llamados a su persecución los órganos jurisdiccionales ordinarios, y particularmente el que ahora nos remite la exposición razonada ahora valorada".

Por tanto, el tribunal no aprecia en los indicios enviados por el juez Castro una responsabilidad criminal personal. Porque eso, dicen los magistrados, fundamento jurídico primero, es lo que exige en particular cuando se acusa a una persona aforada. Vienen a decir que se acabó la fiesta con esto de imputar sin prueba a personadas aforadas.

Cuando se analiza la conducta del ex president Francisco Camps, el auto señala: "Por lo que puede, y no lo negamos, que la iniciativa fuera del Sr. Camps, como una decisión política más, siguiendo a partir de su aprobación su curso administrativo correspondiente. Pudiendo ser esa decisión quizá criticable, pero desde luego con los indicios que se expresan en la exposición razonada no podemos, al menos en este momento, entenderla penalmente reprobable, y menos aun podremos afirmar que existiera algún tipo de pacto o acuerdo, o siquiera propósito deliberado, de enriquecer de forma totalmente injustificada al Sr. Urdangarin y a sus socios a través de este mecanismo".

Y antes de pasar a rechazar la imputación, el auto repite: "No siendo bastante con que aparezcan unos hechos que puedan revestir los caracteres de delito, ni que de una manera más o menos amplia puedan tener alguna relación o conexión con una persona aforada, sino que además es necesario que de la exposición razonada, sobre la base de lo actuado en la causa, se deduzca algún principio de prueba que permita afirmar su participación directa y voluntaria en los hechos, lo que como ya hemos visto, por el momento en el estado procesal que se encuentran las actuaciones no consta".

El auto, según la ley, no puede ser recurrido.

Eso sí, como los magistrados dicen que a día de hoy los indicios no son suficientes, el juez Castro puede volver a intentarlo. Pero quizá sea hasta una liberación para el magistrado...

 Seguirá con la causa en Baleares, ya que la Fiscalía Anticorrupción pedía, caso de ser imputados Camps y Barberá, que el TSJ de la Comunidad Valenciana asumiera toda la causa. Y ello hubiera supuesto para Castro abandonar la instrucción.

 

Comentarios

Una campaña que no deja de ser una parodia. En lugar de tomar medidas de gobierno que modifique la realidad económica sobre la que se puede influir, se dedican a seguir el mensaje neoliberal a la vez que escenifican, para sus creadores, una obra paralela. Mientras el ejecutivo monta la escena nacional sobre la necesidad de los recortes como medio de superar el problema económico –planteamiento cínico que esconde el deseo de derivar la renta del trabajo hacia la del capital de la ideología neoliberal inscrita en el Consenso de Washington-, en el mismo proceso, las agencia de Rating que valoran los bonos del Estado –la capacidad de estos para satisfacer los compromisos adquiridos con ellos-, cambian los parámetros con que lo hacen pasando de las ratio deuda/PIB y déficit presupuestario/PIB, a deuda/ingresos. (Hdez. Vigueras/El Casino que nos gobierna).Es patético el papel de semejante personaje pretendiendo construir con eufemismos, como hace con los ciudadanos a los que representa, frente a las Agencias, el mundo de Yupi. Las exigencias que son válidas para imponerlas al estado y transferirlas a los ciudadanos (bajar los ingresos –salarios- para aumentar el PIB) son contradictorias con la valoración de las garantía del pago de los bonos (la relación ultima de esa garantía es la que hay entre la deuda/y los ingreso del estado). Son geniales, estos parásitos, que se contradicen hasta en el orden puramente técnico a la hora de orientar sus practicas económica. El PIB, que determinaría los ingresos, se reduce por los recortes y la caída de salarios que hunden la demanda interna. Lo que se pretende resolver, en su la relación con el déficit y la austeridad, con medidas de estimulo que no se toman porque que pasarían por el proceso de aumentar los ingresos: que al no aceptar, línea neoliberal, en lugar de resolverse por el lado de los impuestos directos sobre el dinero ocioso agota el circulo cargándolos sobre el IVA y los impuestos indirectos. El gobierno sigue al pie de la letra el fundamentalismo neoliberal que ordena el recorte que acaba en la conclusión del reconocimiento de su fracaso con la necesaria flexibilización del ajuste y las medidas de estímulo que nunca se toman para dar paso a otro bucle y otro nuevo fracaso que hace necesario revisar los ingresos que ya se han subidoa con impuestos indirectos: ¡Genios!, ¡Son unos genios!
No se puede probar documentalmente (¿QUÉ ES ESO DE DOCUMENTALMENTE en el Derecho procesal penal?) que la Sra. Barberá y el Sr. Camps tengan nada que ver con los dineros que pasaron de los bolsillos de los valencianos a los del Sr. Urdangarín SIN QUE MEDIARA VENTAJA O BENEFICIO ALGUNO PARA LOS VALENCIANOS..No existe indicios criminales pero lo que sí es cieerto es que los valencianos han sufrido una merma en sus bienes por culpa de la Sra. Barberá y el Sr. Camps..Aparte de que el juez Castro deba seguir instruyendo para encontrar pruebas penales ¿qué otros procedimientos contemplan las leyes españolas para castigar a los culpables?.. Por otro lado me asalta una duda: la juez Alaya ha impuesto una abultada fianza a uno de los imputados. ¿Será que en este caso hay más indicios? ¿de qué clase?
Impunidad total. Da la impresión de estar viendo un golpe de estado a la Democracia a cámara lenta."Nadie podrá demostrar que __________ no es inocente".
Impunidad total. Da la impresión de estar viendo un golpe de estado a la Democracia a cámara lenta."Nadie podrá demostrar que __________ no es inocente".
¿Y qué será que cuando se dice "a la valenciana" huele a chamusquina? No sé a los de dentro, pero por fuera, creo que se ha instalado en el inconsciente colectivo.Lo siento por los valencianos de pedigrí decente y normal, pero es lo que veo y oigo.Aunque para mí, el problema es:¿Hay o ha habido motivos, indicios o como se les quiera llamar para tener esas percepciones desde fuera y al parecer desde dentro de la comunidad, no?
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