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Los 14 indicios que imputan a la Infanta y el fiscal quiere desbaratar

Horrach desliza que el juez deforma la realidad con sospechas personales

María Fernández
Pedro Horrach, ayer a la salida de la fiscalí.
Pedro Horrach, ayer a la salida de la fiscalí.MONTSERRAT T. DIEZ (EFE) (EF)

En 20 folios, el fiscal Pedro Horrach intenta desbaratar con contundencia el auto del juez Castro para imputar a la infanta Cristina. Cada indicio del juez es contestado minuciosamente para intentar demostrar que en todo este asunto solo hay un hecho incuestionable: que doña Cristina figuraba como vocal del Instituto Nóos y que su nombre aparecía reflejado en el folleto publicitario del mismo, así como que tenía acciones de la sociedad en común con su marido llamada Aizóon. Todo lo demás, dice, son sospechas sin fundamento “de nula relevancia penal”. El fiscal intenta eliminar así la sombra de tráfico de influencias que el juez parece atisbar en el caso.

Lo más llamativo es que la lucha jurídica que mantiene Horrach contra el magistrado utiliza pólvora del propio Castro. Toda la munición que contiene el escrito que el juez de Palma presentó el 5 de marzo de 2012 para rechazar la petición del sindicato ultraderechista Manos Limpias para involucrar a la Infanta. En él el magistrado, que ahora ha cambiado de opinión por la suma de los hechos y la existencia de nuevos correos electrónicos, rechaza señalar a la hija del Rey porque solo cree que se buscaba “publicidad morbosa” y no veía ningún indicio de criminalidad en su conducta. “El hecho de participar en un ente asociativo sin ejercer funciones ejecutivas no genera para el simple partícipe [doña Cristina] responsabilidad criminal por los hipotéticos delitos que pudieran cometer sus directivos”, menciona aquel escrito.

Si Urdangarín y Cristina de Borbón tenían una empresa en común parece poco probable, decía Castro, que celebrasen juntas o algo parecido, y menos aún que “doña Cristina redactara unas actas de lo tratado en las que diera lectura a su esposo”, y que en esas actas figuraran acuerdos delictivos. No había, según el juez, esa confusión entre la contabilidad familiar y la de la empresa del matrimonio en la que Urdangarin volcaba los ingresos supuestamente ilícitos. Y el incremento en el nivel de vida de la pareja “no fue tan sorpresivo”, como “en casos donde se pasa de la modestia a la opulencia sin razones que lo justifiquen”.

Con esos mimbres, Anticorrupción resume su ataque al juez en una frase: “El procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándola”. Alega que por encima de todo un juez tiene que observar “el principio de igualdad ante la ley”, que no se ha respetado en cuanto “la imputación a una persona de hechos que a priori no presentan rasgos delictivos supone, cuando menos un trato discriminatorio”. Son las dos caras de la misma moneda, porque precisamente Castro alude en el auto de imputación al principio de igualdad para decir todo lo contrario.

En su análisis de los 14 indicios que Castro cree relevantes para imputar a la hija del Rey, el fiscal califica la mayoría con “nula relevancia penal”. Como cuando cita las declaraciones de Diego Torres y de su mujer, Ana María Teijeiro (ambos imputados) para intentar acreditar que doña Cristina sabía todo lo que se cocía en el Instituto Nóos. Horrach recuerda que en ese interrogatorio Torres presentó como pruebas un viaje de la pareja a Granollers “para ver un local por si decidían cambiar la sede de las oficinas del Instituto Nóos” y un acto donde la Infanta “presidía la presentación del proyecto 2015, “Un mundo mejor para Joana”, en el que estaba trabajando el Insituto Nóos para Telefónica”. Para el fiscal, esos indicios no son relevantes. También ataca a Castro por unas declaraciones de la mujer de Torres que deslizaban la idea de que la hija del Rey no era imputada “por ser quien es”. “Preguntada si se siente injustamente tratada [Teijeiro] con respecto a Cristina contesta: “no, yo con respecto a nadie, yo soy injustamente tratada con respecto a mí”.

Lo mismo ocurre, según Horrach, con la reunión entre Urdangarín con el expresidente balear Jaume Matas en el Palacio de Marivent. O por el supuesto encuentro celebrado en el Palacio de la Zarzuela entre Jaume Matas, la alcaldesa de Valencia Rita Barberá y Francisco Camps, entonces presidente valenciano. “Afecta a quienes se reunieron, no a quienes ni estaban ni consta que conocieran su existencia”. Y aún en el caso de que la Infanta lo supiera, “se escapa a este fiscal el alcance penal”.

Con respecto a los correos electrónicos aportados por Torres donde Urdangarin pide consejo a su mujer, unas pruebas recientemente aportadas a la causa que han dado un giro a la investigación, el escrito de Anticorrupción zanja el tema: “Inferir algo más que la habitual comunicación entre cónyuges pertenece al ámbito de lo meramente especulativo”.

Después de tomar declaración a todos los empleados del instituto Noos, a los proveedores, asesores fiscales, contables, jurídicos, políticos y practicarse comisiones rogatorias a Andorra, Luxemburgo y Suiza, Horrach concluye que “no hay indicios incriminatorios”, contra la infanta.

Los indicios al completo

El juez Castro presentó 14 indicios que, según él, prueban que la Infanta pudo ser "cooperadora necesaria", en la actividad presuntamente delictiva de su marido. Horrach cree que al menos seis de ellos (relacionados en los números 1, 4, 5, 7, 8 y 12) son "la viva reproducción", de los que el juez descartó "por inconsistentes y débiles", en un auto de marzo de 2012.

Trato privilegiado con la administración. Horrach se detiene en los indicios 2 y 3. En el primero, Castro sostiene que no entiende que el secretario de la Infanta, Carlos García Revenga, no dijese a doña Cristina que su esposo estaba obteniendo un trato privilegiado que podría traducirse "en la liberación del sometimiento a las normas que regían las contrataciones públicas". Contra eso el fiscal dice que no está acreditado que Revenga supiese de ese "trato privilegiado" y en el hipotético caso de que así fuese, no está probado que se lo comunicase a doña Cristina. En el indicio número 3, donde Castro cree sospechoso que Revenga no comunicase al Rey su nombramiento como tesorero del Instituto Nóos, y reflexiona que no tiene sentido que Cristina e Iñaki no se cuestionaran "tal omisión", el fiscal contrapone lo siguiente: "se escapa al entendimiento el alcance penal que pueda tener esta circunstancia".

Las sospechas del Rey. En el indicio número 6, Castro se extraña porque "que El Rey no comentara con su hija las críticas o recomendaciones que había hecho llegar a su marido" (de que abandonase su actividad privada). Contra él Horrach piensa que, de ser esta suposición "cierta, no ofrece relevancia penal alguna. El hecho de que un padre comente o no con su hija las recomendaciones que haya realizado al cónyuge de ésta pertenecen al ámbito estrictamente privado".

¿Tráfico de influencias? El indicio número 10 se refiere a un correo electrónico que Ilaki Urdangarin envía a Diego Torres en el que dice: "Tengo un mensaje del Rey y es que le ha comentado a Cristina para que me lo diga, que le llamará Camps a Pedro para comentarle el tema de la base del Prada y que en principio no habrá problema, que nos ayudarán a tenerla". Horrach recuerda que el proyecto al que hace referencia no está siendo investigado. "Lo único que pone de manifiesto es que doña Cristina transmitió a su cónyuge un mensaje de su padre".

¿Qué sabía Cristina del Instituto Nóos? Torres aseguró que Cristina "tenía en la junta directiva de Noos el mismo conocimiento que todos los demás". Castro añade en su auto los reproches de Ana Teijeiro, mujer de Torres, que dice que Cristina no había sido imputada "por ser quien es". Contra eso Horrach trae a colación el resto del interrogatorio donde Teijeiro acaba respondiendo que no se siente injustamente tratada con respecto a doña Cristina. "yo con respecto a nadie, yo soy injustamente tratada con respecto a mí". Sobre si Cristina intervenía en Nóos, el fiscal asegura que de las declaraciones de Torres solo hay dos relaciones sin relevancia penal: un viaje a Granollers de doña Cristina con Urdangarin para ver un local "por si decidían cambiar la sede de Nóos" y un acto presidido por la Infanta de un proyecto de la fundación para Telefónica.

Reuniones en palacio. Sobre la importancia que da Castro a las reuniones de Urdangarín con el expresidente valenciano Francisco Camps, la alcaldesa Rita Barberá y el expresidente balear Jaume Matas en los palacios de Marivent y La Zarzuela, Anticorrupción considera que los hechos "afectan a quienes se reunieron no a quienes ni estaban (la Infanta) ni consta conocieran su existencia".

Cuentas comunes. El hecho de que Urdangarin facilite a un tercero una cuenta común del matrimonio para actualizar operaciones comerciales con la Fundación Laureus "es un dato irrelevante por no ser dichas transacciones objeto de investigación". Que Cristina estuviese autorizada en esa cuenta "no implica conocimiento por su parte de las supuestas operaciones en que interviene su cónyuge".

Consejos de pareja. Que el esposo de la Infanta le pida consejo a su marido para emitir una comunicación desde Nóos ("Gracias mi amor, a veces por no saber lo que piensas voy más perdido, pero mi reacción no es la de dejarte así […] Léetelo y dime lo que piensas, please"), no significa nada para el fiscal más allá de "la habitual comunicación entre cónyuges".

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Sobre la firma

María Fernández
Redactora del diario EL PAÍS desde 2008. Ha trabajado en la delegación de Galicia, en Nacional y actualmente en la sección de Economía, dentro del suplemento NEGOCIOS. Ha sido durante cinco años profesora de narrativas digitales del Máster que imparte el periódico en colaboración con la UAM y tiene formación de posgrado en economía.

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