El juez Bermúdez se aferra a la investigación del ‘caso Bárcenas’
La fiscalía insiste en que el juez competente en el caso de los papeles de Bárcenas es Ruz
El magistrado Javier Gómez Bermúdez y la Fiscalía Anticorrupción mantienen una compleja esgrima jurídica acerca de la competencia para investigar los papeles de Bárcenas, la supuesta contabilidad B del extesorero del PP Luis Bárcenas. El último movimiento lo ha efectuado esta mañana el magistrado, que ha inadmitido un recurso de apelación en el que la fiscalía pedía que quedaran sin efecto todas las diligencias ordenadas por Bermúdez para investigar la contabilidad manuscrita de Bárcenas. El magistrado actúa después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional vetara la comparecencia de Bárcenas en el juzgado de Gómez Bermúdez a raíz de otro recurso de apelación, elevado directamente por la fiscalía al órgano superior. Mientras, la Fiscalía Anticorrupción insiste en que el juez competente en el caso de los papeles de Bárcenas es Ruz.
El motivo que da Bermúdez para inadmitir —y por lo tanto no elevar a la Sala de lo Penal— el recurso de la Fiscalía es que contra las providencias -resoluciones judiciales de orden menor para la ordenación material del proceso y que no requieren fundamentación jurídica- no caben recursos de apelación. Precisamente, Bermúdez había decretado la citación de Luis Bárcenas el pasado miércoles mediante una providencia. En consecuencia, teóricamente todas las diligencias ordenadas por Bermúdez al margen del interrogatorio de Bárcenas se mantienen en pie. Entre estas pesquisas se encuentran las declaraciones de los 10 empresarios que figuran como supuestos pagadores de hasta 7,5 millones de euros a la contabilidad de Bárcenas y la petición al Ministerio de Hacienda de que envíe la relación de todos los contratos de estas empresas con la administración pública.
El auto de esta mañana de Bermúdez supone de forma implícita un reproche para la Sala de lo Penal, que este jueves decidió atender un recurso de apelación de la Fiscalía contra la providencia en la que el magistrado citaba a Bárcenas. Sobre la base de este recurso sobre la providencia, la Sección Segunda de lo Penal decidió “suspender cautelarmente” la declaración de Bárcenas en el juzgado de Bermúdez.
En su resolución de esta mañana, Bermúdez recuerda el artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que los recursos de apelación solo se pueden interponer contra los autos, y no contra las providencias.
El escrito de la fiscalía que Bermúdez ha rechazado siquiera admitir reprocha al magistrado su “picaresca” para hacerse con la investigación de los papeles de Bárcenas. La Fiscalía Anticorrupción interpuso su recurso de apelación al entender que la “naturaleza” de la providencia de Bermúdez “es de un auto resolutivo de un presupuesto procesal relevante para la tramitación de la causa, como es el acuerdo de practicar diligencias”. Es decir, que para citar a Bárcenas, el magistrado debería haber emitido un auto —forma de resolución judicial, fundada, que decide cuestiones secundarias, previas, incidentales o de ejecución— y no una providencia.
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