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El Supremo absuelve a una 'grapo' condenada a 15 años por un artefacto

Considera “prueba insuficiente” el reconocimiento fotográfico de la terrorista hecho por una empleada la empresa de trabajo temporal 11 años antes del juicio

El Tribunal Supremo ha absuelto a la miembro el GRAPO Gema Belén Rodríguez Miguel de la pena de 15 años de prisión que le impuso la Audiencia Nacional por colocar una bomba en una empresa de trabajo temporal de Vigo (Pontevedra), en septiembre de 2002.

La sentencia del Supremo ha considerado “prueba insuficiente” el reconocimiento fotográfico de la terrorista hecho por una empleada 11 años antes del juicio.

La Audiencia condenó a Gema Belén Rodríguez por la colocación de un artefacto, el 26 de septiembre de 2000, en el lavabo de la empresa de trabajo temporal Ader, de Vigo, tras preguntar a la recepcionista por los trámites para inscribir a una hermana suya y solicitar poder pasar al servicio. El artefacto explotó sobre las tres de la madrugada siguiente, causando daños por valor de 14.3674 euros.

El Supremo ha estimado el recurso de Rodríguez Miguel, puesto que la testigo dijo en el juicio que no recordaba bien los hechos, se remitió a sus declaraciones policiales y ratificó escuetamente el reconocimiento fotográfico hecho 11 años antes sin que se le exhibieran los folios donde consta la diligencia.

Según la sentencia, causa “perplejidad y asombro” que en una instrucción sumarial que duró más de 10 años, ni la testigo fuese llamada a ratificar el reconocimiento ante el juez instructor, ni se adoptase medida alguna contra la acusada e incluso que el sumario se archivase y reabriese tres veces.

Rodríguez Miguel fue condenada en 2006 por la Sala de lo Criminal de París a cinco años de prisión por asociación de malhechores y en 2009 a siete años de prisión por delito contra atentado contra el patrimonio en la banda armada GRAPO.

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