Entrevista con Miguel Ángel Aguilar
Fiscal especial de delitos de odio y discriminación de Barcelona
Miguel Ángel Aguilar es el único fiscal español especializado en perseguir los delitos de odio y discriminación en cualquiera de sus formas: etnia, orientación sexual, discapacidad o edad. Aguilar, que dirige el servicio en la fiscalía de Barcelona, ha abierto investigaciones sobre la propaganda xenófoba de partido Plataforma per Catalunya (PxC) de Josep Anglada y, recientemente, ha llevado el juicio que ha acabado con la condena de un edil de esta formación ultra.
Foto: Joan Sánchez
1Albert23/11/2011 04:42:45
Considera que la legislación española , nos protege suficientemente de la xenofobia y el odio. Que reforma legislativa propondria Ud.?
2Pierre23/11/2011 04:46:15
Estimado Sr. Aguilar: ¿Cree usted que el Ministerio Fiscal debería iniciar de oficio acciones penales contra quienes, de forma genérica, sin interpelar a individuos concretos, desarrollan y exponen públicamente discursos en los que el comportamiento homosexual es tachado como fenómeno intrínsecamente negativo y antisocial? Muchas gracias.
El Fiscal en defensa de los derechos de los cudadanos debe emprender acciones penales cuando se cometen delitos tipificados en el código penal. El problema es que no todos discursos son delictivos aunque puedan resultar ofensivos, hay que analizar cada uno de ellos y ver si encajan en el código penal. Hemos de partir de la base que un estado de derecho la libertad de expresión y la libertad ideológica o de conciencia son un pilar fundamental
3Clara 23/11/2011 04:49:04
Señor Aguilar: ¿No es un delito de discriminación en sí mismo el recurso del PP contra el "matrimonio homosexual"? ¿No lo es sus planes de derogarlo? Gracias
Estimada Clara, no es un delito. Interponer un recurso de inconstitucionalidad es una facultad prevista en la Constitución y por tanto cualquier partido político que reuna la representación exigida puede hacerlo.
4benissa23/11/2011 04:54:08
Es complicado para ud. el poder marcar la linea entre el delito de discriminación y la libertad de expresión, de la que se aprovechan los partidos políticos xenófobos como PxC, España 2000, Alianza Nacional, Democracia Nacional. Muchas gracias
Los límites entre la libertad de expresión o la libertad ideológica o de conciencia no son fáciles de establecer en un estado democrático, y más cuando no disponremos de herramientas adecuada; la Fiscalía está defiendiendo en estos momentos una reforma del art. del código penal que establezca un marco más claro y que evite resoluciones judiciales contrapuestas. Bajo ningún concepto la libertad de expresión debe permitir amparar el discurso del odio, es decir, aquel que encierra un peligro y una hostilidad a las personas por razones de raza, origen, orientación sexual o religión, entre otros motivos
5profesora secundaria23/11/2011 04:57:47
¿Crees que en la actual situación de crisis se incrementan considerablemente todas las "fobias"posibles?. Si crees que sí ¿cómo podría abordarse este conflicto en el ámbito educativo?
Una crisis tan aguda y fragmentadora como la que atravesamos constituye un campo de cultivo propiciatorio para sembrar el odio, el rechazo o la animadversión a los diferentes, particularmente frente a inmigrantes o personas que profesan religonas diferentes a la mayoritaria, sirviéndose para ellos de crear falsos bulos o mitos dirigidos a incrementar los prejuicios ya existentes en nuestra sociedad
6Joan Giralt23/11/2011 05:02:50
¿Ilegalizará Plataforma por Catalunya?
La ilegalización de un partido político es una excepcionalidad en un estado democrático y corresponde hacerla a una sala especial del Tribunal Supremo cuando se dan los extrictos motivos tasados previstos en la ley. Al Fiscal le corresponde investigar y ejercitar las acciones penales cuando existan discursos y mensajes difundidos públicamente que puedan constituir un delito de provocación al odio, la violencia o la discriminación, y eso es lo que estamos haciendo, siempre con profundo respeto al principio de legalidad y bajo la más absoluta imparcialidad, siguiendo la doctrina marcada por nuestro Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
7Joan Giralt23/11/2011 05:05:58
¿Perseguirá también las propagandas que hacen los partidos del entramado de la izquierda radical de odio hacia el resto de españoles?
Le aseguro que la Fiscalía promueve las investigaciones correspondientes cuando tiene conocimiento de aquellos discursos que con arreglo a la ley y la jurisprudencia existente son constitutivos de delito, y ello con independencia del signo político de sus autores. Como decía anteriormente la Fiscalía actúa bajo los principios de legalidad e imparcialidad, ese es el mandato constitucional.
8Marta23/11/2011 05:09:01
Primero querría felicitar al Sr. Aguilar por su labor. Pero quería preguntarle, ¿cómo es que los fiscales no actúan como acusación cuando los denunciados por temas de discriminación son funcionarios públicos o miembros del cuerpo de seguridad?
Le aseguro que los fiscales cuando tenemos conocimiento de un hecho constitutivo de delito y está plenamente acreditado emprendemos las pertienentes acciones penales, sea quien sea su autor, y si se da el caso de que el autor tenga la condición de servidor público lo hacemos con el máximo rigor.
9Helen23/11/2011 05:11:45
Buenas, quería preguntar al fiscal por qué cree que los fiscales, en general, no contemplan en sus denuncias los casos de injúrias? Muchas gracias.
Las injurias contra las personas a título individual son un delito privado, sólo puede ser perseguido por la persona ofendida y ello porque el legislador así lo ha previsto. Diferente es cuando se formulan discursos injuriosos con notable desprecio a la verdad contra colectivos de personas por su raza, origen, orientación sexual, sexo, religión o discapacidad, ya que en ese caso el delito cometido es de naturaleza pública y los fiscales podemos y debemos formular acusación si los hechos quedan probados y sus autores identificados.
10Elena desde Santander 23/11/2011 05:18:07
¿Crees que hay que reformar los tipos penales actuales para perseguir los delitos de odio y discriminacion? ¿La Fiscalia General del Estado da ordenes tajantes en esta cuestion? ¿Como ves reaccionar a los tribunales instructores y sentenciadores en relacion a estos delitos?
La reforma del código penal es indispensable para contar con herramientas legales modernas y ajustadas a las exigencias de una persecución más eficaz de los delitos motivados por el odio y la discriminación. La Fiscalía General del Estado en la labor de modernización y especialización del Ministerio Fiscal emprendida en los últimos años ha creado en la Fiscalía del Tribunal Supremo un Fiscal Delegado para coordinar a fiscales de toda España, lo que redundará en una persucución especializada y por tanto más eficaz de este tipo de delitos. La respuesta de los jueces ante este tipo delitos en general es positiva aunque en ocasiones, de la misma manera que los fiscales, nos falta la adecuada formación especializada.
11Diego J. 23/11/2011 05:21:58
Soy abogado penalista. Saliéndome un poco del tema de esta tarde, ¿no cree que las numerosísimas reformas que ha sufrido nuestro Código Penal en apenas 16 años revelan una errática política criminal en nuestro país?
El código penal no es ni debe ser un texto perenne, debe ajustarse permanentemente a los sucesivos cambios que una sociedad plural, diversa y compleja como la nuestra exige. La lucha contra la discriminación no sólo debe hacerse con el código penal, debe haber otros instrumentos adicionales pero dicho código exige reformas dadas las lagunas que tiene y problemas de intepretación que plantean su artículos.
12Cristobal Becerra23/11/2011 05:26:06
Las agresiones que mas "cante" dan son las de caracter racial, religioso o sexual. En mi provincia los "nazis" raro es el fin de semana que no hacen algo, con casi total impunidad, luego los juicios quedan en simples multas, hasta para casos verdaderamente graves, como un chaval conocido mio que tuvo que retirar su denuncia por acoso. Que haria usted?
Cualquier agresión debe ser investigada adecuadamente pero cuando las agresiones viene motivadas por el odio y el desprecio a la dignidad de las personas, tal y como ocurre en las agresiones que me cuenta de carácter racista, xenófobo u homofóbo, exige de los poderes públicos, entre ellos Jueces y Fiscales, inverstigaciones profundas y una respuesta contundente y rigourosa porque se trata de agresiones que ponen en peligro la convivencia y la paz social.
13Saludos23/11/2011 05:30:17
Buenas tardes, ¿hacer acoso laboral por ideología política es delito?
El acoso laboral es un delito cuando se dan todos los requisitos exigidos por el código penal y si se prueba que se comete por motivo de discriminación ideológica la pena es mayor por concurrir la agravante de discriminación.
14BCR23/11/2011 05:34:47
Buenas tardes fiscal. En estas últimas semanas el descubrimiento de una célula terrorista neonazi que había actuado impunemente durant 14 años ha sacudido la opinión pública alemana, como sabe. La noticia llega pocos meses después de los atentados de Oslo. Cómo valora el peligro de la violencia de corte ultraderechista en España? Y en comparación con el terrorismo islamista, estaríamos hablando de una amenaza de calibre similar?
Las noticias que llegan de Oslo y de Alemania son muy preocupantes y los responsables de nuestros poderes públicos deben tomar debida cuenta. No es exagerado considerar a ciertos grupos neonazis como terroristas y en España el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, preocupado por el peligro que representan para la convivencia y la democracia, nombró un fiscal especial para su investigación y persecución.
15Chapy23/11/2011 05:40:37
Por que no persigue los delitos de odio a lo español? Nunca se le ha visto acudar a esquerra ni ha solidaridad
El odio es un sentimiento que no es delito, afortunadamente. Sólo es delito lo que el legislador ha querido estrictamente que sea delito, y en estos momentos sólo es delito difundir mensajes o discursos entre la población que objetivamente y de forma abstracta pongan en peligro a personas o colectivos por motivos discriminatorios. El pluralismo político y la libertad ideológica y de conciencia es una conquista histórica a la que no debemos renunciar, y la fiscalía en respeto al principio de legalidad sólo actuará ante aquellos comportamientos que sean delictivos, sea quien sea su autor. Hasta la fecha no hemos tenido conocimiento de hechos constitutivos de delito cometidos por representantes de las formaciones a las que usted se refiere.
16Cristina23/11/2011 05:46:01
Como jurista y experto en el ámbito, ¿qué opinión le merece la declaración de inconstitucionalidad del TC del delito de negación del genocidio? ¿Está de acuerdo con que ha de primar la libertad de expresión en este tipo de casos que claramente alimentan el odio y la discriminación? Gracias!
Se trata de una sentencia que respeto y acato como no puede ser de otra manera, pero que no comparto en absoluto. Los artículos de nuestra constitución relativos a la libertad de expresión y a la libertad ideológica o de conciencia son muy parecidos a los existentes en otros estados de la Unión Europea y en ninguno de ellos, hasta donde yo sé, se ha declarado inconstitucional perseguir la negación del genocidio. A nivel internacional y en instituciones de defensa de los derechos humanos tan prestigiosas como la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) o en la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) del Consejo de Europa se entiende que en España no se pueda perseguir penalemente la negación de una de las atrocidades mayores cometidas por el ser humanos como fue el holocausto nazi sobre los judío o "Shoa".
Mensaje de Despedida
Pido disculpas por no haber contestado a todas las preguntasa, lamentablemente el tiempo no da para más, agradezco mucho el elevado nivel de las preguntas formuladas y el alto interés demostrado por un tema como es la lucha en defensa desde el ámbito del derecho penal del principio de igualdad y la lucha contra la discriminación.
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