“El perdón es la única vía para lograr beneficios, aunque ETA se acabe"
El juez sostiene que el camino emprendido por los 24 presos de ETA de la prisión de Álava es el que tienen que seguir los demás
El pasado viernes, en una de sus rondas por las cárceles españolas para conocer de primera mano la situación de los reclusos, el juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis de Castro (1964, Ourense), visitó la prisión de Nanclares de Oca (Álava), donde se encuentran alojados los 24 presos de ETA que han sido expulsados de la organización tras abjurar de la violencia, pedir perdón a las víctimas y comprometerse a resarcir el daño causado por sus delitos. Diez de estos internos, que dieron un paso adelante mucho antes de que la banda decretara el cese definitivo de sus atentados, se encuentran en un régimen de semilibertad que les permite cada día salir del centro para trabajar o estudiar (avalado por el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario). Otros tantos disfrutan de permisos penitenciarios de 36 días al año gracias a su cambio de actitud. De Castro, que controla las condenas de los 559 presos de ETA que cumplen en España, sostiene que la vía que han emprendido es la que tienen que seguir los demás si quieren obtener beneficios y adelantar su salida de prisión.
Pregunta. ¿Cómo han acogido los presos el cese definitivo de la violencia?
Respuesta. La palabra es expectativa. Nos encontramos con un grupo de presos, los de Nanclares de Oca que han dado un paso anticipado respecto al resto, lo que ha supuesto para ellos un coste personal importante porque les ha conducido a la expulsión de la banda. Luego está el resto, los que han firmado el Acuerdo de Gernika, que están impacientes por saber si el cese definitivo de la violencia les supondrá beneficios penitenciarios. En todo caso tendrán que cumplir los requisitos legales para obtenerlos.
Caben los indultos. Nunca se han dado en materia de terrorismo, pero es una decisión política"
P. Pero durante muchos años han rechazado esos beneficios…
R. La actitud general de los presos es la de seguir las directrices de ETA. Se trata de una banda jerarquizada que trata de imponerlas desde su dirección y esto lo vemos de forma muy clara en las negativas a pedir redenciones de condena por el trabajo o el rechazo de beneficios como terceros grados, libertades condicionales e incluso permisos que ETA consideraba prebendas del Estado. El cumplir órdenes de la banda les creaba, además, un problema disciplinario. El hecho de que haya plantes y protestas en todas las cárceles en las que cumplen condena el mismo día por las mismas actitudes supone que hay un organigrama detrás. Se pliegan a las directrices de ETA porque, de lo contrario, pueden ser expulsados del colectivo, lo que puede tener para ellos consecuencias familiares e incluso económicas.
P. ¿Cuál ha sido la consecuencia de esta actitud?
R. Todo eso ha empeorado su situación en prisión. Esos plantes generan sanciones disciplinarias. Solo el año pasado, mi juzgado recibió unos 3.800 recursos de presos, el 99% de ellos de ETA, que habían sido sancionados. En los que tienen derecho a la redención de penas por el trabajo [los condenados por el Código Penal de 1973], esta posibilidad, en muchos casos se corta, porque dos faltas graves en un lapso de tiempo supone perder el derecho a redimir. En los condenados por el Código Penal actual supone la posibilidad de permanecer en un régimen cerrado.
P. Esta situación es la que ha llevado a la dispersión de presos. ¿Es correcta y justa esa medida?
R. Reúne todos los requisitos legales. Se ha llevado a cabo con el amparo de la ley penitenciaria y con la aprobación del Tribunal Constitucional. Fue una medida de política antiterrorista que suponía un mayor control respecto a los presos, sus visitantes y sus comunicaciones. Eso no impide, porque la ley también lo permite, que el Gobierno cuando sea necesario acerque a los presos al País Vasco, como han hecho varios gobiernos. No se hizo en el fallido proceso de paz de 2006, pero nada impediría se hiciese en el futuro.
P. Entonces no es cierto que haya existido un régimen de excepción para los presos terroristas.
R. No es más que una leyenda urbana. Han tenido los mismos requisitos legales que cualquier otro preso. Existe un punto de inflexión, la reforma penal de 2003 que establece el cumplimiento íntegro de las penas para este tipo de delitos. Pero esa reforma no es solo para terrorismo, también para organizaciones criminales. Son dos aspectos criminales muy peligrosos en los que la ley, desde entonces, exige requisitos más rigurosos para obtener beneficios penitenciaros y si se quiere, una mayor dureza.
P. ¿Cuáles son esos requisitos?
R. La ley los presenta como consecuencia del delito cometido que, en estos casos, tiene como objetivo alterar el orden constitucional atacando las instituciones y las infraestructuras del Estado. En estos delitos, la víctima no es un sujeto pasivo concreto, sino más bien un ente que tiene un sentido instrumental para ese fin. Hay que tener en cuenta el posicionamiento del preso ante esa víctima instrumental. De ahí la necesidad de alejarse de la violencia y de manifestarlo pidiendo perdón, mediante el arrepentimiento, y abonando las indemnizaciones. En realidad, esos requisitos se aplican a todos los internos, sean terroristas o no. Todos deben asumir el delito cometido y responsabilizarse de él. En los casos de terrorismo, también de crimen organizado, la única diferencia es que el arrepentimiento debe ser exteriorizado tanto ante las víctimas como ante el resto de la sociedad. La que sí hace la ley es prohibir ciertos beneficios para estos reclusos, como el adelantamiento de la libertad condicional a los dos tercios de condena o el de restarles 90 días por año de pena una vez alcanzada la mitad de esta.
Que los presos sufran un régimen de excepción es una leyenda urbana"
P. El perdón, el arrepentimiento y las indemnizaciones son requisitos para la libertad condicional de estos presos, ¿es lícito que se apliquen a otros beneficios como permisos o al acceso al tercer grado?
R. Es cierto que la ley solo lo prevé de forma expresa para la libertad condicional, pero los permisos de salida son una pauta inicial para acceder a estos otros beneficios, así que lo lógico es que también se exijan para obtenerlo.
P. El requisito de abandono de la violencia, ¿se ha cumplido con el cese de la lucha armada?
R. En parte. El hecho de que ETA desaparezca no afecta a las condenas que se estén ejecutando. Por tanto, lo que establece la ley debe de cumplirse. Es importante además que esto se haga como una forma de respeto a las víctimas. La Unión Europea les ha dado recientemente un papel más importante y ha impuesto que sean informadas ante el levantamiento de un período de seguridad, la obtención de un tercer grado o de una libertad condicional. Tienen por tanto que obtener ese perdón. Es parte del respeto que se les debe. No pueden ser olvidadas.
P. Así pues, el perdón va a seguir siendo necesario.
R. Mientras que no haya una modificación legislativa tenemos que aplicar la ley que tenemos. No hay otra. Imaginemos que mañana hay una organización dedicada al tráfico de armas y que es totalmente desarticulada por la policía y ha desaparecido cualquier resquicio de su actividad delictiva. Eso no impediría que sus miembros presos tuvieran que cumplir los requisitos legales, entre ellos el planteamiento de perdón a la sociedad, el pago de las indemnizaciones que debieran. No entiendo como una disolución de una banda terrorista va a eximir a sus miembros de pedir perdón y asumir el daño causado.
P. Como se manifiesta el arrepentimiento.
R. En el caso de mi juzgado se cumple mediante un escrito en el que se manifiesta expresamente y luego con la propia visita que el juez hace a las cárceles para comprobarlo. Luego hay otros datos que ayudan a comprobar eso. El hecho de que dejen los plantes y protestas del colectivo, que utilicen abogados que no son de la banda, tengan comunicaciones que no tengan relación con ETA… Son todos indicios claros obtenidos a través de la intervención de las comunicaciones. La ley exige también la colaboración con la justicia o las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, pero hay que dejar claro que solo puede colaborar quien tiene datos que aportar. Hay muchos presos que llevan años en la cárcel que, al no estar en primera línea de ETA, no los tienen. Para ellos, este requisito no es exigible.
P. ¿Tienen todos los presos controladas sus comunicaciones?
R. La intervención de comunicaciones y el régimen de Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES) existe para la práctica totalidad de los presos de ETA y de organizaciones criminales. Existe un seguimiento muy importante que da datos muy relevantes para demostrar el paso del distanciamiento.
P. ¿Tienen acceso las víctimas a estas declaraciones de perdón de los presos?
R. En la Audiencia Nacional se ha creado una oficina de víctimas para que, entre otras cosas, el juzgado de vigilancia les diera traslado de ese perdón. Ahora estamos en contacto con la oficina de víctimas del País Vasco para intentar comunicar a las víctimas las excarcelaciones que se produzcan. Hasta el momento ha habido muy pocas. 10 personas están disfrutando de permisos y otras 10 han salido en 100.2.
P. ¿Cuál es la reacción de las víctimas cuando acceden a esas declaraciones de perdón?
Tres disidentes
Esta es la situación en la que se encuentran tres de los 24 presos disidentes de ETA que renunciaron a la violencia, pidieron perdón a las víctimas y se comprometieron a pagar las indemnizaciones derivadas de sus delitos. Los tres fueron acercados a la prisión de Nanclares de Oca (Álava).
Kepa Pikabea. Nacido en Lesaka (Navarra) en 1955, fue dirigente de ETA en los ochenta. Detenido en Francia en 1994, fue condenado en España a 192 años de cárcel por una veintena de asesinatos. Tras denunciar "la inutilidad de la lucha armada" puede disfrutar de permisos de hasta 36 días al año.
José Luis Álvarez Santacristina, Txelis. Año y medio después de ser detenido junto a la cúpula de ETA en Bidart (Francia) en 1992, el exideólogo de la organización empezó a dar muestras de distanciamiento de la banda. Cuatro años después condenó el asesinato de Miguel Ángel Blanco. Desde octubre de 2010 sale cada día de prisión para trabajar gracias al régimen personalizado del 100.2 del Reglamento Penitenciario.
Fernando de Luis Astarloa. Detenido en Francia en 1987, extraditado a España y condenado a 100 años por su participación en dos asesinatos y varios atentados con explosivos. Se le concedió la semilibertad (100.2) hace año y medio y obtuvo el tercer grado la pasada semana. Al haber cumplido tres cuartos de condena en 2009, será, previsiblemente, el primer preso de Nanclares en obtener la libertad condicional.
R. En la mayoría de los casos es una reacción consecuente. Creo que han agradecido que esto se ponga en su conocimiento. Es algo positivo. Luego cada uno es cada uno. A algunos les reaviva el dolor sufrido, otros tienen un interés en conocerlo porque les estimula, porque acorta el daño causado. Debe hacerse con especialistas, con psicólogos y trabajadores sociales, como los que hay en la Audiencia Nacional y en la oficina del País Vasco, que se cercioran antes de que la víctima quiere tener esa información.
P. Entonces, el camino emprendido por los presos de Nanclares es la única vía para lograr beneficios…
R. Desde la perspectiva penitenciaria sí. Puede que desde la vía política haya otras vías como los indultos. Nanclares ha supuesto un proceso muy importante de seguimiento e información de estas personas. También hay un proceso personal de ellos. Por sus planteamientos ideológicos, su edad y el tiempo que llevan en prisión han llegado a la conclusión de que la vía es salir del mundo terrorista, lo que les ha llevado a la expulsión de ETA, y plantear un arrepentimiento, un perdón y el pago de indemnizaciones. Esto también hay que trabajarlo. Hay que poner en marcha tratamientos penitenciarios que ensalcen valores democráticos como la palabra o la discusión. Como la mediación con las víctimas que ya ha comenzado, aunque participar en ella no lleve necesariamente a un tercer grado o una libertad condicional.
P. Algunos de estos presos, los de Nanclares, cumplen las condiciones para la libertad condicional que, sin embargo, no se les ha dado…
R. La mayoría están en segundo grado, luego no pueden acceder a la libertad condicional. Pero están en situación de haber obtenido un tercer grado. No lo han obtenido porque la administración penitenciaria ha actuado de forma muy prudente. El tercer grado supone una serie de beneficios automáticos de los que no puedes privar al preso. El 100.2 del Reglamento Penitenciario [el régimen de semilibertad que tienen 11 de ellos] permite combinar mecanismos de excarcelación que van in crescendo pero al mismo tiempo sistemas de control. La finalidad es que aquellos que cumplen los requisitos de un tercer grado y han sido beneficiados con el 100.2 obtengan el tercer grado. Ya se ha concedido uno. El siguiente paso es que, si cumplen el plus que exige la ley, accedan a la libertad condicional. Tendrán que tener las tres cuartas partes de la condena cumplidas. Hecho esto, no debe haber dificultades para que salgan.
P. ¿Qué otras soluciones se podrían plantear para los presos?
R. Caben los indultos. Nunca se han dado en materia de terrorismo, pero es una decisión política. También se podría aplicar el indulto parcial. Si se cumplen los requisitos de arrepentimiento, perdón, pago de responsabilidad civil, podría reducirse sus condenas hasta en cuatro meses por año siempre que tengan cumplida la mitad de la pena. También hay otra figura: las salidas programadas. Que salgan por razones terapéuticas para realizar actividades que deben estar relacionadas con la actividad delictiva y que nos permitan comprobar que el arrepentimiento es real.
P. Otra de las reclamaciones de la izquierda abertzale es la salida de presos con enfermedades graves. ¿Se está haciendo?
R. En casos de enfermedades graves se trata de que, por un principio humanitario, estas personas no sufran ni la muerte ni las secuelas graves derivadas en centros penitenciarios. En estos casos se ha recurrido también a la figura del 100.2. Se les ha excarcelado estableciendo medidas de control como medios telemáticos o la obligatoriedad de comparecer cada cierto tiempo ante la policía. El año pasado se dieron 10 salidas de este tipo. También se aprobó la libertad condicional de otros dos.
P. De los más de 500 presos de ETA, ¿para cuántos se podrían aplicar estos beneficios penitenciarios?
R. No se puede hacer generalidades. Todo es individualizado. Habrá que pensar en la condena de cada uno y el tiempo que le queda por cumplir. Tampoco se puede pensar que porque ETA haya cesado sus atentados, estos presos, puedan salir así como así. En Nanclares hay personas con condenas muy largas que a pesar de sumarse al perdón y el arrepentimiento no están en condiciones de salir porque queda mucho tiempo de condena por cumplir.
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