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Una única reforma constitucional en 33 años

La Carta Magna fue modificada en 1992 para ser adaptada al Tratado de Maastrich

Desde que la Constitución española se aprobó en 1978 solo ha experimentado una reforma. Se produjo en 1992 y fue necesaria para adaptar la Carta Magna al Tratado de la Unión Europea acordado en Maastrich. En concreto tuvo como objetivo permitir que los ciudadanos de otros países de la UE residentes en España pudieran ir en las listas para las elecciones municipales. Esto se logró incluyendo en el artículo 13.2 la expresión “y pasivo".

Hoy el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha propuesto una modificación constitucional para limitar el techo de gasto y el líder del Partido Popular, Mariano Rajoy, está a favor. De salir adelante, esta será por tanto la segunda reforma que la Constitución experimente en su historia y nuevamente estará muy vinculada a directrices que provienen de la Unión Europea. El pasado 16 de agosto, Alemania y Francia propusieron introducir en las Constituciones de los 17 países de la zona Euro una "regla de oro" de equilibrio presupuestario antes del verano que viene. El compromiso de disciplina fiscal ya está recogido en la Carta Magna germana y Sarkozy prevé someterlo a votación en el Parlamento francés en otoño.

De realizarse una iniciativa de reforma constitucional habrá un pleno extraordinario el 30 de agosto y otro el 1 de septiembre

El presidente del Congreso, José Bono, ha anunciado durante la sesión de esta mañana que en caso de que se lleve a cabo la iniciativa habrá dos plenos de carácter extraordinario, uno el 30 de agosto y otro el 1 de septiembre, siempre y cuando la propuesta esté presentada, a más tardar, el próximo viernes. Bono ha advertido de que de no estar lista esta misma semana no habrá tiempo de aprobarla antes de que se disuelvan las Cortes. Dadas las elecciones del 20-N, dicha disolución está prevista para finales de septiembre. Fuentes de PP y PSOE han confirmado que el acuerdo está muy avanzado, informa Efe.

Arma de doble filo

Expertos en derecho constitucional afirman que el límite de gasto público podría haberse incluido en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Cambiando la Constitución sin embargo se garantiza que la regulación no dependa de mayorías absolutas, dando así mayor sensación de estabilidad. Esa estabilidad, no obstante, puede ser a su vez un elemento que limite el margen de maniobra del sistema político para hacer frente a las crisis, según el catedrático de Derecho Constitucional, Javier Pérez Royo. En su opinión es por tanto una medida que si bien trasmite un mensaje de voluntad de control del déficit y de ajuste fiscal, su ventaja es a corto plazo. “A medio y largo plazo el Gobierno y las Cortes pierden una baza muy importante en momentos de crisis”, añade. La rigidez que se establece es "extraordinaria".

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"El problema es que si en un momento dado es necesario fomentar el gasto para impulsar el crecimiento económico no se va a poder hacer", explica en línea similar Eduardo Vírgala, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco. Vírgala se posiciona en contra de la reforma y se muestra sorprendido de que haya sido lanzada por el PSOE, cuando "es una propuesta que encaja entre las iniciativas de la derecha". Este catedrático indica además que aunque el referéndum no es obligatorio salvo que lo solicite una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras, sería positivo convocarlo. "La corriente surgida a partir del Movimiento 15-M lleva a que se profundice en la participación ciudadana", agrega. De no ser así, considera que se produciría una contradicción con las promesas electorales. Miles de ciudadanos ya están reclamando en Twitter un plebiscito.

Además, aunque PP y PSOE suman los escaños suficientes para sacar adelante el cambio, catedráticos en la materia recuerdan que la medida afectará a todas las Administraciones. Por ello abogan por implicar a más partidos. “Habrá que redactarla con mucho cuidado”, señala Pérez Royo.

Procedimiento

El proceso a seguir para llevar a cabo una reforma constitucional está regulado en la propia Constitución. Para poder modificar su articulado es necesario que el cambio en cuestión sea aprobado por al menos tres quintas partes de los miembros de cada Cámara. Si ambas no se ponen de acuerdo, se intentará obtener el consenso “mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de diputados y senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado”, estipula la norma. Si de esta forma no se logra la aprobación, la Cámara baja podrá sacar la reforma adelante con el voto a favor de dos tercios del hemiciclo, siempre y cuando antes hubiese sido aceptada por mayoría absoluta en la Cámara alta.

Para introducir el techo de gasto, el apartado a reformar es el Título VII

Si la modificación fuese total o afectase al Título preliminar, el referente a los derechos fundamentales y libertades públicas, o el relativo a la Corona, se procedería a la disolución del Parlamento. En el caso expuesto hoy, para introducir el techo de gasto, no se precisaría de dicha disolución ya que el apartado a reformar sería el Título VII. Este es el que hace referencia a la economía y la hacienda.

Iniciativas de Zapatero

Si se materializa, esta será la primera reforma constitucional propuesta por Zapatero que salga adelante. Tras la victoria del PSOE en las elecciones de 2004, el presidente anunció durante su discurso de investidura cuatro reformas constitucionales, pero no prosperaron.

Dos de ellas tenían contenido territorial, al promover cambios en el Senado e incluir en la Carta Magna los nombres de las comunidades autónomas. Otra se refería a la igualdad entre hombres y mujeres en la sucesión a la Corona y la última pretendía incluir una mención a la Constitución Europea. Ante la imposibilidad de llegar al consenso requerido, Zapatero renunció a presentar formalmente sus iniciativas.

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