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El Supremo reduce de 40 a 30 años el límite de cárcel para Txapote

El tribunal ha estimado el recurso de la defensa del ex jefe militar de ETA Sus delitos son anteriores a la reforma del Código Penal de 2003

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha reducido de 40 a 30 años de cárcel el límite de cumplimiento de las penas impuestas por la Audiencia Nacional al ex jefe militar de ETA Javier García Gaztelu, Txapote, al refundir las penas de tres sentencias distintas.

El pasado septiembre, la Audiencia aplicó al dirigente etarra el límite máximo de 40 años de cumplimiento, pero el Supremo ha estimado el recurso de la defensa de Txapote, apoyado por el fiscal, dado que sus delitos terroristas son anteriores a la reforma del Código Penal de 2003, que fue el que introdujo la pena máxima de 40 años de cumplimiento. En consecuencia, no se le puede aplicar retroactivamente el límite de 40 años, sino el anterior a la reforma, que es de 30.

El Supremo señala que en el caso del auto dictado por la Audiencia Nacional sobre la refundición de penas de Txapote no aparecen las fechas de comisión de los delitos, pero sí se reflejan los números registrales de los sumarios incoados en los procesos cuyas condenas se acumulan, y resulta que todos ellos fueron iniciados entre 1995 y 2002, es decir, antes de la reforma penal.

"Siendo una obviedad que los hechos necesariamente eran anteriores a la fecha de incoación de los sumarios, resulta también evidente que todos ellos sucedieron cuando no había entrado en vigor la reforma de la Ley Orgánica 7/2003", añade el tribunal, que ordena a la Audiencia dictar un nuevo auto "en que se fije el límite de cumplimiento de las penas acumuladas en 30 años".

Txapote ha sido condenado, entre otros hechos, por los asesinatos de los concejales del PP en el País Vasco Miguel Ángel Blanco, Gregorio Ordóñez y José Ignacio Iruretagoyena, y por el del dirigente socialista Fernando Buesa.

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