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Los fiscales rebajan el tono del Poder Judicial, pero critican la “ley mordaza”

Los fiscales insisten en que no han podido pronunciarse sobre el proyecto

La comisión permanente del Consejo Fiscal ha manifestado su “gran sorpresa” por las enmiendas de diferentes partidos políticos a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el marco de la tramitación de la Ley de Medidas de Agilización Procesal, que actualmente estudia el Congreso de los Diputados.

La nota mantiene un tono contemporizador y alejado de la andanada que el Poder Judicial descargó el pasado martes contra el fiscal del Estado, Cándido Conde-Pumpido, al que imputó “una gravísima descalificación” del Consejo como “órgano constitucional del Estado”. Incluso lamentan “el clima de tensión generado en los últimos días”, que no coadyuva, dicen, “al entendimiento que debe presidir las relaciones ente instituciones”.

Según el comunicado de los fiscales, la ley de Agilización fue informada por el Consejo Fiscal el pasado febrero y entonces parecía que se renunciaba a la reforma de la Ley de enjuiciamiento Criminal, precisamente porque se iba a reformar por completo esta última.

En consecuencia, el Consejo Fiscal “no tuvo oportunidad de pronunciarse sobre propuesta de reforma alguna de esta norma procesal de enorme relevancia para la organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal”, añade.

Los fiscales señalan que las enmiendas aprobadas, de ser aceptadas, supondrían “modificaciones sustanciales” en el régimen de recursos o el secreto del sumario. En concreto, consigan “especialmente preocupantes” la supresión de los recursos de reforma en la fase de instrucción (los que se interponen ante el mismo juez que dicta una resolución), la supresión del recurso de apelación contra sentencias absolutorias en los juicios de faltas y los que afectan a la facultad de informar a la opinión pública reconocida al Ministerio fiscal en el artículo 4 de su Estatuto orgánico. Esta última limitación es la que se ha conocido como ley mordaza.

Esas modificaciones se revelan como de “dudosa eficacia agilizadora” según el Consejo Fiscal y suponen una nueva reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento “sin una adecuada valoración del conjunto del sistema procesal penal”. Y desde luego, añaden, afectan de manera significativa a la organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal.

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